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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2009 (24/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de julio de 2009 399537 2.6 Desafíos y retos para el Desarrollo de la Gestión Descentralizada Los desafíos para desarrollar y consolidar la Gestión Descentralizada, debe considerar principalmente los siguientes aspectos: • Desarrollo de un modelo de enfoque territorial; lo que antes se articulaba por criterios sectoriales ahora debe realizarse con enfoque territorial e integral. • Costeo del ejercicio de las funciones sectoriales transferidas, tanto en recursos humanos como de los demás recursos asociados, con sus respectivas fuentes de fi nanciamiento, que sea de utilidad para avanzar también en términos de Descentralización Fiscal. • Fortalecimiento de capacidades regionales y locales para adquirir conocimientos, habilidades y actitudes requeridas en cada una de las fases de la gestión descentralizada. Sin perjuicio de ello, existen aspectos concurrentes a la gestión descentralizada que se vienen desarrollando en la gestión pública que también debemos considerar, como los siguientes: • Incorporación de la Gestión por Resultados como uno de los más importante cambios en curso, en la gestión pública. • La aprobación pendiente de las leyes de organización y funciones de los ministerios de competencias compartidas y sus respectivas matrices de competencias. • El necesario diálogo y entendimiento político entre los tres niveles de gobierno, que podrá ser refl ejado principalmente, en el Consejo de Coordinación Intergubernamental. • La consolidación de las Comisiones Intergubernamentales para el cierre del proceso de transferencia de los ciclos 2007 y 2008, constituidas por los Ministerios y los Gobiernos Regionales, como una vía que contribuya a fortalecer el desarrollo de la gestión descentralizada. En ese sentido, la Secretaria de Descentralización, los Ministerios y los Gobiernos subnacionales deberán tener en cuenta los aprendizajes del desarrollo de la Gestión Descentralizada, de tal forma que dichos entes puedan recoger los aspectos que permitan adecuar con precisión la delimitación de roles entre niveles de gobierno para el ejercicio respectivo de las competencias y funciones; a fin de fortalecer los diversos modelos de gestión descentralizada que se generen, los cuales deberán estar organizados en función del bien y servicio público que presta el Estado al ciudadano, en el marco de lo dispuesto en la Política Nacional en materia de Descentralización establecida en el numeral 1.2 del Art. 2° del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM. CAPÍTULO III. TRANSFERENCIA PARA EL CICLO 2009. 3.1 Transferencias programadas por los Ministerios para los Gobiernos Regionales y Locales Las transferencias programadas por los ministerios, deberán tener en cuenta los siguientes lineamientos: - Solo se transferirán competencias a los Gobiernos Regionales siempre que se estipule claramente los recursos (presupuesto, activos, personal) asociados a dicha transferencia. - Siempre que se transfi era un fondo, programa, proyectos de inversión y fondos (sociales y productivos), estará asociado a las funciones específi cas de los gobiernos receptores, previstas en sus leyes orgánicas (LOGR o LOM). - De similar forma, las empresas y activos del ámbito regional y/o local que se programen transferirse, estarán asociadas a las funciones específi cas de GRs y GLs (LOGR y LOM). - Se podrá utilizar el mecanismo de Delegación de Funciones (Art. 52° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización); para fortalecer y mejorar los procesos de transferencia de funciones, ensayando modelos de gestión descentralizada que mejoren los resultados del servicio y provean información sobre requerimientos y costos; principalmente en casos sensibles como educación y salud, justifi cados por el sector y aceptados por el Gobierno Regional y/o Local. Los siguientes Sectores del Gobierno Nacional, han programado transferir en sus respectivos planes sectoriales de transferencia, los siguientes activos, infraestructuras, programas y proyectos: Ministerio de Agricultura El Ministerio de Agricultura propone la transferencia de activos como son los Tractores de Oruga Tipo Bulldozer – D375A-3 a seis (06) Gobiernos Regionales, los cuales estarían enmarcados en la función específi ca del literal “f” del artículo 51° de la LOGR que ya fue transferida. Cuadro Nº 12: Distribución de los equipos a ser transferidos a los Gobiernos Regionales Gobierno Regional Nº de Equipos Valor en libros Nuevos soles Ica 2 5`203,488.55 Lima 5 13`008,721.30 Ancash 2 5`042,607.06 Lambayeque 2 5`203,488.52 La Libertad 1 2`521,303.53 Tumbes 1 2`601,744.26 TOTAL 13 33`581,353.22 Cabe señalar, que debido a la promulgación del Decreto Supremo Nº 074-2007-PCM, se estableció la responsabilidad al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento de la transferencia de la función específi ca del literal “n” del artículo 51° de la LOGR a los Gobiernos Regionales, pero debido a la promulgación del Decreto Supremo Nº 088-2008-PCM se modifi có la anterior disposición determinando que la responsabilidad de la mencionada transferencia sea compartida con el Ministerio de Agricultura, por lo que la Secretaría de Descentralización ha dispuesto el procedimiento a seguir por ambos Sectores para culminar con la transferencia de la referida función. Asimismo, dentro del marco de la implementación del Acuerdo de Promoción Comercial Perú – EEUU, se han promulgado los Decretos Legislativos Nºs 1085 y 1090 y sus Reglamentos, uno de los cuales crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, adscrito a la PCM, que tiene la función de: “supervisar las concesiones forestales”. En tal sentido, la Matriz de Delimitación de Competencias y Distribución de Funciones seria el instrumento principal que permitirá hacer precisiones sobre el alcance de las competencias al respecto. Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social Transferencia del Programa Integral de Nutrición y Servicios de Protección Social Mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 023-2009-PCM/SD, a propuesta del MIMDES, se aprobó la Directiva N°002-2009- PCM/SD “Normas específi cas para la efectivización del proceso de transferencia del Programa Integral de Nutrición y Servicios de Protección Social del MIMDES”, como resultado de los productos entregados por las Comisiones Especiales de Transferencia de ambos programas. Los procedimientos, plazos y demás condiciones deberán ser ejecutados por los Gobiernos Regionales y Locales en estricto cumplimiento de los mandatos señalados en la mencionada directiva, con el debido