TEXTO PAGINA: 21
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de julio de 2009 399535 orienten y regulen la acción del Estado en lo que se refi ere a objetivos y políticas nacionales, a sus metas de focalización y resultados, así como asegurar estándares y normas mínimas en la calidad de los servicios públicos a nivel nacional y en las decisiones administrativas que se tomen; teniendo en cuenta para ello la adecuada distribución de competencias para cada nivel de Gobierno según lo señalado por el Art 15° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, que distingue para éstos funciones de normatividad, regulación, planeamiento, administración, ejecución, supervisión, control y promoción de las inversiones, de acuerdo a lo precisado en sus leyes orgánicas respectivas. En tal sentido, el desarrollo de la gestión descentralizada debe contribuir al cumplimiento de los principios rectores de las políticas y la gestión regional o local (participación, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, inclusión, efi cacia, efi ciencia, equidad, sostenibilidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiariedad, concurrencia, concordancia de políticas regionales, competitividad e integración). Un claro ejemplo de cómo algunos Ministerios del Gobierno Nacional han iniciado acciones para fortalecer su rol rector, es el realizado por el Ministerio de Salud, quien mediante la Resolución Ministerial N° 757-2008/ MINSA, ha conformado una Comisión Técnica de Rectoría Sectorial encargada de planifi car y conducir los procesos de fortalecimiento de la capacidad rectora del ministerio. Dicha Comisión debe elaborar y conducir la implementación de la Hoja de Ruta para el desarrollo y fortalecimiento de la función de rectoría; así como, proponer los instrumentos normativos y mecanismos para su ejercicio. 2.3 Ejercicio compartido de las funciones (Corresponsabilidad y Complementariedad entre los niveles de gobierno) Con el proceso de descentralización se establecen tres niveles de gobierno, a los cuales la Constitución asigna autonomía en sus ámbitos de competencia y a la vez, les demanda actuar de forma complementaria en la gestión de las competencias compartidas, con la fi nalidad de ampliar las oportunidades de desarrollo local y regional, mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y promover la realización personal y social, desde la óptica de brindar mejores servicios públicos. La Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece la organización y las competencias del Poder Ejecutivo, señalándolas como exclusivas y compartidas. Las competencias compartidas, representan las funciones generales y específi cas en respuesta a una o varias materias (áreas programáticas de la LOPE). Mediante lo establecido en el Artículo 13° de la Ley N° 27783 Ley de Bases de Descentralización, se dispone que las competencias compartidas entre dos o más niveles de gobierno se realiza en fases sucesivas de los procesos implicados. En tal sentido, delimitar competencias y funciones requiere de un elevado ejercicio técnico, administrativo y político; enmarcado bajo el principio de una construcción participativa de los tres niveles de gobierno. Teniendo en cuenta que el Perú es un Estado unitario y descentralizado el ejercicio compartido de las competencias y funciones debe corresponderse con las políticas nacionales y sectoriales; en ese sentido para la formulación de estas últimas los Ministerios deberán establecer los mecanismos de coordinación con los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, según requiera o corresponda la naturaleza de cada política; en cumplimiento de lo establecido en el Art. 4° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. 2.4 Esquema básico para el diseño de la estrategia del desarrollo de la gestión descentralizada que deben adoptar los Sectores del Gobierno Nacional. El Desarrollo de la Gestión Descentralizada se basa en el enfoque del ciclo de producción de bienes y servicios públicos. Está orientado a identifi car, formular, implementar y controlar fases de la gestión técnica y administrativa de las funciones sectoriales transferidas; mediante un enfoque de servicio al ciudadano, sin superposición ni duplicidad de competencias, evitando la inefi ciencia en la utilización de los recursos públicos. Con base en el modelo o diseño de gestión descentralizada, se establece la estrategia para su implementación. Cuando el ciclo de prestación de los bienes y servicios abarca los tres niveles de gobierno, el proceso de descentralización asigna y delimita roles intergubernamentales en el ejercicio de las funciones públicas; preponderantemente al Gobierno Nacional le corresponde el rol orientador, a los Gobiernos Regionales un rol articulador, y a los Gobiernos Locales el rol de proveedor. Para ello, se debe tener una distribución clara y precisa de funciones entre los niveles de gobierno nacional, regional y local, en el marco del cumplimiento de la LOPE (Matriz de Competencias). Dicha esquematización de roles generales para el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales (orientador, articulador y proveedor respectivamente) podrán desarrollarse de manera articulada, concurrente, compartida y complementaria de acuerdo a la necesidad del Desarrollo de la Gestión Descentralizada para atender a los diversos procesos que se establezcan en el ciclo de producción de los bienes y servicios públicos asociados a las diversas materias de competencias; pudiendo ejercerse por dos o tres niveles de Gobierno en cada competencia (competencia compartida o delegada), o por un solo nivel de Gobierno (competencia exclusiva o delegada) según corresponda; en consideración del Art. 15° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, sobre distribución de competencias9. Modelo de Gestión Descentralizada TERRITORIAL GR GL SECTORIAL GN Ejecución territorial Información territorial Evaluación Orientación Políticas Nac / Sect 1 2 3 4 COMPETENCIAS COMPARTIDAS COMPETENCIAS COMPARTIDAS PROCESOS O FASES DE GESTIÓN La delimitación de competencias, mediante la identifi cación de las fases de gestión de los servicios públicos, requiere de un importante grado de consenso, de unos para desprenderse (Gobierno Nacional y Regional) y otros para recibir (Gobiernos Regionales, Gobiernos Provinciales y Distritales) según corresponda para un mejor servicio al ciudadano. En ese sentido, los Ministerios involucrados deben diseñar concertadamente con los niveles de gobierno subnacional, modelos de gestión descentralizada para la transferencia de las funciones inmersas en el proceso de descentralización. El desarrollo de la Gestión Descentralizada busca reformar la manera como el Estado se organiza para acercar la gestión de los bienes y servicios públicos a la población benefi ciaria, y requiere tener en cuenta entre otros aspectos, lo siguiente: • La gestión descentralizada de las funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros se 9 Las competencias exclusivas y compartidas de cada nivel de gobierno son las establecidas en la presente Ley de conformidad con la Constitución Política del Estado. Las funciones y atribuciones se distribuyen y precisan a través de las Leyes Orgánicas del Poder Ejecutivo, de Gobierno Regionales y de Municipalidades, respectivamente, distinguiendo las funciones de normatividad, regulación, planeamiento, administración, ejecución, supervisión y control, y promoción de las inversiones.