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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de junio de 2009 397341 Acceden a pedidos de extradición activa de procesados por diversos delitos y disponen su presentación a Colombia, EE.UU., Argentina y Chile RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 123-2009-JUS Lima, 10 de junio de 2009 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 004-2009/ COE-TC del 19 de enero de 2009, sobre la solicitud de extradición activa del procesado CARLOS ENRIQUE CÁRDENAS GUZMÁN, formulada por la Segunda Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima (Exp. Nº 1826-2000); CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 13 de noviembre de 2008, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de extradición activa del procesado CARLOS ENRIQUE CÁRDENAS GUZMÁN, por el delito contra la salud pública –tráfi co ilícito de drogas, en agravio del Estado (Ext. Nº 93-2008); Que, mediante el Informe Nº 004-2009/COE-TC del 19 de enero de 2009, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados emitió su informe correspondiente; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el D. Leg. Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Acuerdo sobre Extradición –Congreso Bolivariano de Caracas-, suscrito en Caracas el 18 de julio de 1911 y la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfi co Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas suscrita en Viena, el 20 de diciembre de 1988; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado CARLOS ENRIQUE CÁRDENAS GUZMÁN, formulado por la Segunda Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, y declarado procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el Delito contra la Salud Pública –Tráfi co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado; y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Colombia, de conformidad con los Tratados de Extradición vigentes, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 359343-8 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 124-2009-JUS Lima, 10 de junio de 2009 Visto; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 28-2009/COE-TC del 23 de marzo de 2009, sobre la solicitud de extradición activa del procesado ELIYAHU NINIO, formulada por el Décimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao (Exp. Nº 2967-2004); CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 3 de junio de 2008, integrada por Resolución de fecha 6 de marzo de 2009, la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de extradición activa del procesado ELIYAHU NINIO, por el delito contra los derechos intelectuales – contra la propiedad industrial, en agravio de Tabacalera Nacional S.A.A. y Productora Tabacalera de Colombia S.A. –Protabaco S.A. (Exp. Nº 63-2008); Que, mediante el Informe Nº 28-2009/COE-TC del 23 de marzo de 2009, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradición activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el D. Leg. Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición vigente entre la República del Perú y los Estados Unidos de América, suscrito en Lima el 25 de julio del 2001, vigente desde el 25 de agosto del 2003; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado ELIYAHU NINIO, formulado por el Décimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, y declarado procedente por la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el delito contra los derechos intelectuales –contra la propiedad industrial, en agravio de Tabacalera Nacional S.A.A. y Productora Tabacalera de Colombia S.A.–Protabaco S.A.; y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de los Estados Unidos de América, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 359343-9 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 125-2009-JUS Lima, 10 de junio de 2009 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 054-2009/ COE-TC del 04 de junio de 2009, sobre la solicitud de extradición activa del procesado SAMUEL FERNÁNDEZ HUAMAN, formulada por el Vigésimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva del 27 de mayo de 2009, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de extradición activa del procesado SAMUEL FERNÁNDEZ HUAMAN, por la presunta comisión del