Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2009 (11/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

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del Centro de Innovacion Tecnologica de la MORDAZA ­ CITEmadera, en representacion del Ministerio de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Produccion 358754-2

aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PE y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE; y, Con el visado del Viceministro de Pesqueria, de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE:

Prorrogan vigencia del Regimen Provisional para la extraccion comercial del calamar gigante o pota, establecido por R.M. Nº 571-2008-PRODUCE
RESOLUCION MINISTERIAL N° 240-2009-PRODUCE MORDAZA, 9 de junio de 2009 Vistos: el Oficio Nº DE-100-113-2009-PRODUCE/ IMP por el que el Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE remite el Informe Tecnico "Perspectivas de explotacion del calamar gigante para el 2009", el Informe Nº 3012009-PRODUCE/DGEPP-Dch de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y el Informe Nº 041-2009-PRODUCE/OGAJ-cfva de la Oficina General de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º del Decreto Ley Nº 25977 Ley General de Pesca, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos; Que, el articulo 9° de citada Ley dispone que sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socio-economicos, la autoridad pesquera determinara segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 5712008-PRODUCE de fecha 27 de junio de 2008, se establecio el Regimen Provisional para la extraccion comercial del recurso hidrobiologico calamar gigante o pota (Dosidicus gigas), por embarcaciones pesqueras de bandera extranjera desde el 1 de MORDAZA de 2008 hasta el 30 de junio de 2009, con la finalidad de aprovechar el excedente de la captura permisible no aprovechada por la flota nacional y obtener beneficios socio economicos, en concordancia con los objetivos establecidos en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del citado recurso, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE; Que, el Instituto MORDAZA del Peru ­IMARPE, mediante el Oficio de vistos, presento el Informe Tecnico "Perspectivas de explotacion del calamar gigante para el 2009", mediante el cual recomienda una cuota de captura de 230 mil toneladas de calamar gigante para el periodo 2009, que podria ser modificada de acuerdo a la evolucion de los indicadores de abundancia y ambiente marino; Que, con el Informe de vistos la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero recomienda prorrogar hasta el 30 de junio de 2010 la vigencia del Regimen Provisional para la extraccion comercial del calamar gigante o pota establecida por Resolucion Ministerial Nº 571-2008-PRODUCE, al encontrarse disponibilidad de este recurso frente a la costa peruana y con indices de abundancia relativa para su captura por la flota nacional y extranjera; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25977- Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota,

Articulo 1°.- Prorrogar hasta el 30 de junio de 2010, la vigencia del Regimen Provisional para la extraccion comercial del calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) establecido por la Resolucion Ministerial Nº 571-2008PRODUCE. Articulo 2º.- Mantener la vigencia de las demas disposiciones contenidas en la Resolucion Ministerial Nº 571-2008-PRODUCE. Articulo 3º.- La Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, velara por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Produccion 358754-3

RELACIONES EXTERIORES
Modifican el articulo primero de la R.S. Nº 016-2009-RE que designo a Consejero para Asuntos de Seguridad en la Embajada del Peru en los EE.UU.
RESOLUCION SUPREMA Nº 185-2009-RE MORDAZA, 10 de junio de 2009 VISTA: La Resolucion Suprema Nº 016-2009-RE, que designo en Mision Diplomatica al MORDAZA General de la Policia Nacional del Peru, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza, Nivel F-4, como Consejero para Asuntos de Seguridad en la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA, a ordenes del Ministerio de Relaciones exteriores; CONSIDERANDO: Que, para el ejercicio de ciertas funciones especializadas el Ministerio de Relaciones Exteriores puede designar agregados a las Misiones Diplomaticas dentro de los limites que establece el Decreto Ley Nº 25957; Que, los agregados y consejeros, cualquiera sea su naturaleza, dependeran del Jefe de Mision y deben cumplir las instrucciones que este les imparta; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el articulo 6º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Decreto Ley Nº 25957, que establece el porcentaje limite del cual no podra exceder el personal de confianza; la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y la Ley 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo primero de la Resolucion Suprema Nº 016-2009-RE, en los siguientes terminos: "Articulo 1º.- Designar en Mision Diplomatica al MORDAZA General de la Policia Nacional del Peru,

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