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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de junio de 2009 397462 DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIAR la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 003-2009-MPH “Campaña Predial y Vehicular 2009”, establecida mediante Decreto de Alcaldía Nº 003-2009-MPH, hasta el 31 de Julio del 2009. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Sistemas y Cooperación Internacional el cumplimiento del presente Decreto; a Secretaria General su publicación y a Imagen Institucional la difusión correspondiente. Artículo Tercero.- ENCOMENDAR a la Sub Gerencia de Sistemas y Cooperación Internacional, la publicación de la presente Ordenanza en la página Web de esta Corporación Edil (www.munihuaral.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME C. URIBE OCHOA Alcalde 359051-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURIMANA Modifican Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2009-MDC. Curimaná, 4 de junio del 2009. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURIMANA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesión Extraordinaria de fecha 4 de junio del 2009, mediante Acuerdo de Concejo Nº 007-2009, aprobó la inclusión de la Unidad de Maestranza como órgano dependiente de la Sub Gerencia de Servicios Públicos, Sociales y Comunales; y por ende en la Estructura Orgánica de la Municipalidad y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Curimaná; CONSIDERANDO: Que el Artículo 9° numeral 3), de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que el Concejo Municipal aprueba su Régimen de Organización Interior y Funcionamiento; Que, el artículo 26° de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades señala que la Administración Municipal adopta una Estructura Gerencial, que las facultades y funciones de la misma se establecen en los instrumentos de gestión; Que, asimismo el último párrafo del artículo 5° de la referida Ley señala que corresponde al Concejo Municipal las funciones normativas permitiéndole dictar, modifi car o derogar Ordenanzas, y adoptar Acuerdos conforme a Ley, consecuentemente corresponde al Concejo aprobar la modifi cación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la entidad; Que, los documentos normativos mencionados constituyen Instrumentos de Gestión Administrativa y que se utilizan como normas para el cumplimiento de la función municipal orientadas a optimizar los servicios hacia la comunidad; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto mayoritario de los miembros del Concejo Municipal se ha emitido la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA ENTIDAD Y DEL ROF DE LA ENTIDAD POR INCLUSIÓN DE LA UNIDAD DE MAESTRANZA Y SUS FUNCIONES. Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación de la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Curimaná, para incluir la Unidad de Maestranza como órgano dependiente de la Sub Gerencia de Asuntos Públicos, Sociales y Comunales de la Municipalidad Distrital de Curimaná. Artículo Segundo.- APROBAR la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Curimaná, mediante la cual se incluye las funciones de la Unidad de Maestranza, modifi catorias que como anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER que la Sub Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización, en un plazo no mayor de 30 días, a partir de la vigencia de la presente ordenanza elabore el reordenamiento de los artículos 86º al 90º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), atendiendo a lo dispuesto en el artículo primero de la presente ordenanza; Artículo Cuarto.- ENCARGAR que el área de Secretaria General la publicación y distribución de la presente norma. Artículo Quinto.- DISPONER que Gerencia Municipal proceda a la aplicación de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LOIBER ROCHA PINEDO Alcalde UNIDAD DE MAESTRANZA Artículo 86º: La Unidad de maestranza depende jerárquicamente de la Sub Gerencia de Servicios Públicos, Sociales y Comunales, y esta a cargo de un Jefe de Unidad. Artículo 87º: La Unidad de Maestranza tiene las siguientes funciones específi cas y compartidas: a) Ejecutar el mantenimiento de las maquinarias, vehículos y equipos de la Municipalidad, manteniéndolas operativas. b) Programar, solicitar y hacer el seguimiento para el oportuno abastecimiento de combustible, lubricantes, neumáticos, repuestos y otros para asegurar la operatividad de las maquinarias, vehículos y equipos de la Municipalidad. c) Atender los requerimientos de la Sub Gerencia de Servicios Públicos, Sociales y Comunales, y del Área de Limpieza Pública, Parques y Jardines, con maquinarias, vehículos y equipos, para cuyo fi n deberá contar como mínimo con la asignación de las siguientes unidades: un cargador frontal, una moto niveladora, un rodillo vibrador, dos volquetes, una camioneta doble cabina y una motocicleta. d) Atender los requerimientos de la población, con las unidades descritas en el inciso anterior, previo pago de los derechos establecidos en el TUPA, priorizando las solicitudes que tenga con objeto la rehabilitación de caminos en zonas productivas. e) Otras funciones asignadas por la Sub Gerencia de Servicios Públicos, Sociales y comunales, y/o la Gerencia Municipal. 358926-1