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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de junio de 2009 397458 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 017-2009-INICTEL- UNI-DIDT-ATAR-VCO el Ing. Víctor Cruz Ornetta, Investigador del Área de Tecnología de Acceso y Radiopropagación de la Dirección de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL-UNI, informa que del 14 al 19 de junio de 2009; se realizará el encuentro BioEM2009 en la ciudad de Davos-Suiza, organizado por la Sociedad de Bioelectromagnetismo (BEMS) y la Asociación Europea de Bioelectromagnetismo (EBEA), solicitando que los gastos de alojamiento y alimentación sean cubiertos por el INICTEL-UNI, debido a que en las fechas antes señaladas se encontrará en Suiza en un evento internacional, por lo que no es necesario ningún gasto por concepto de pasajes internacionales; Que, asimismo, en el anexo al Informe antes indicado, se ha establecido el costo de los gastos de participación en el Encuentro Bio EM2009, ascendentes a S/. 3 410.00 (Tres mil cuatrocientos diez y 00/100 nuevos soles); Que, mediante Informe Nº 266-2009-INICTEL-UNI- OPP de 02 de junio de 2009, el Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del INICTEL-UNI, informa que la participación del Ing. Víctor Cruz Ornetta, se encuentra enmarcada dentro de la actividad DIDT-ATAR- 2009-01: Diagnóstico de Radiaciones No Ionizantes en la Región Lima” de la Dirección de Investigación y Desarrollo Tecnológico y que la participación del referido profesional permitirá mantener el posicionamiento del INICTEL-UNI, como entidad líder en temas de campos electromagnéticos; Que, la Ley N° 27619 regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, dispositivo legal que se encuentra regulado por el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM del 5 de junio de 2002; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 52°, Inc. c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios del Ing. Víctor Cruz Ornetta, Investigador del Área de Tecnología de Acceso y Radiopropagación de la Dirección de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL-UNI, a la ciudad de Davos - Suiza, para que participe en el encuentro BioEM2009 del 14 al 19 de junio de 2009. Artículo Segundo.- Otorgar al Ing. Víctor Cruz Ornetta, el equivalente en nuevos soles del total de los montos que correspondan, para sufragar los gastos que por dichos conceptos irroguen su participación en la Comisión de Servicios, señalada en los considerandos de la presente Resolución, debiendo rendir cuenta documentada de lo gastado en un plazo no mayor de ocho (08) días, al término de la referida misión. Inscripción S/. 1 054.00 Alojamiento 1 860.00 Alimentación 496.00 Total S/. 3 410.00 Artículo Tercero.- Los gastos señalados en el artículo anterior serán fi nanciados a través de los Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL-UNI. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el Ing. Víctor Cruz Ornetta deberá presentar ante el Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL-UNI, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Artículo Quinto.- Disponer que la Ofi cina Central de Logística publique la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, de conformidad a lo establecido por el artículo 3° de la Ley N° 27619, con cargo a los Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL-UNI. Artículo Sexto.- Dar cuenta al Consejo Universitario. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO PADILLA RIOS Rector 358910-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Aprueban Reglamento para el Desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2010 ORDENANZA Nº 157-2009-MDPH Punta Hermosa, 15 de Mayo de 2009 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de Mayo de 2009, el Informe Nº 101-2009-MDPH- OAJ, de fecha 12 de Mayo de 2009, emitido por el Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, respecto del Proyecto de Ordenanza que regula el Proceso del Presupuesto Participativo 2010, y ; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los numerales 1 y 2 del Artículo 195º, 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modifi cada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente, bajo responsabilidad conforme a ley. Que, según lo dispuesto en el Artículo 20º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a ley, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados. Que, los Artículos 53º y 104º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales, como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertado de su jurisdicción. Que, el artículo 73° numeral 5 de la misma Ley, señala que las Municipalidades asumen competencias y ejercen las funciones específi cas en materia de participación vecinal, debiendo promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local, y organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales de su jurisdicción.