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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (15/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 2

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 15 de junio de 2009 397596 Inv. ODICMA Nº 343-2007-LIMA.- Imponen medida de destitución a servidor por su actuación como Asistente de Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Villa María del Triunfo, Corte Superior de Justicia de Lima 397614 ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Res. Nº 269-2009-CONAFU.- Autorizan cambio de denominación de la Universidad Privada Abraham Valdelomar S.A. por el de Universidad Privada de Ica S.A. 397618 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Res. Nº 645-2009-ANR.- Delegan facultades al Director General de Administración de la ANR para designar miembros del Comité Especial, aprobar Bases de Procesos de Selección y fi rma de contratos, bajo los alcances de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento 397619 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 5247-2009.- Autorizan a la Caja Municipal de Piura la apertura de agencia en la provincia de Maynas, departamento de Loreto 397619 Res. Nº 5587-2009.- Modifi can el Reglamento de Clasifi cación y Valorización de las Inversiones de las Empresas de Seguros 397620 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Res. Nº 072-2009-MML-GDU-SPHU.- Establecen conformidad de resolución que aprobó proyecto de regularización de habilitación urbana ejecutada denominada Urbanización “Las Casuarinas de Ate - Vitarte” 397621 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Acuerdo Nº 062-2009/MDB.- Fijan montos de ingreso mensual del Alcalde y de dietas de Regidores 397622 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China referente a la Cooperación y Asistencia Administrativa Mutua en Asuntos Aduaneros 397622 Entrada en vigencia del “Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT)” 397622 PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS Establecen monto, fechas en que se colocará cada tramo y características especiales de los bonos soberanos autorizados mediante los DD.SS. Nºs. 113, 129, 126 y 127-2009-EF, para financiar proyectos de inversión pública de los Gobiernos Regionales de los departamentos de Cajamarca, Loreto, San Martín y Ucayali RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 05-2009-EF/75.01 Lima, 11 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Urgencia Nº 040-2009, y su modifi catoria, se aprobó la emisión interna de bonos soberanos hasta por S/. 2 600 000 000,00 (DOS MIL SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), a ser efectuada en uno o varios tramos, durante el bienio 2009-2010 y cuyo destino es fi nanciar proyectos de inversión pública a cargo de los Gobiernos Regionales; Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 1.3 del Artículo 1º del mencionado Decreto de Urgencia, mediante los Decretos Supremos Nos. 113, 129,126 y 127- 2009-EF, se autorizó el primer, segundo, tercer y cuarto tramo de la citada emisión interna de bonos soberanos, para fi nanciar los proyectos de inversión pública a cargo de los Gobiernos Regionales de los Departamentos de Cajamarca, Loreto, San Martín y Ucayali, respectivamente; Que, asimismo, el acotado Decreto de Urgencia dispone que, mediante resolución directoral de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas, se fi jarán el monto y las fechas en que se colocará cada tramo, así como las características especiales de los bonos soberanos que serán materia de colocación; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y su modifi catoria, el Decreto de Urgencia Nº 040-2009 y su modifi catoria y los Decretos Supremos Nos. 113, 129, 126 y 127- 2009-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- La colocación a ser efectuada con cargo al primer, segundo, tercer y cuarto tramo de la emisión interna de Bonos Soberanos autorizados mediante los Decretos Supremos Nos. 113, 129, 126 y 127- 2009-EF, para fi nanciar los proyectos de inversión pública de los Gobiernos Regionales de los Departamentos de Cajamarca, Loreto, San Martín y Ucayali, respectivamente, será hasta por la suma de S/. 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES). Para la colocación de los tramos que se indica en el párrafo precedente, se aplicará lo establecido en el “Reglamento de la Emisión y Colocación de Bonos Soberanos en el Mercado Interno”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 193-2004-EF, excepto por lo establecido en los ítems i), ii) y iii) de los literales b) y e) del numeral 3 de dicho Reglamento, conforme lo establece el Artículo 3º de los Decreto Supremos Nºs 113, 129, 126 y 127- 2009-EF . Artículo 2º.- La colocación a que se refi ere el artículo precedente, se instrumentará a través de la reapertura de la serie de los bonos denominados Bonos Soberanos 12AGO2031, cuyas características serán las siguientes: - Emisor : La República del Perú - Moneda : Nuevos Soles - Valor nominal de cada bono : S/. 1 000,00 ( Un Mil y 00/100 Nuevos Soles) - Mecanismo de colocación : Subasta única a través del sistema DATATEC - Participantes de la subasta : Creadores de Mercado y Aspirante a Creador de Mercado designados por la Resolución Ministerial Nº 042-2009-EF/75 - Modalidad de subasta : Holandesa - Variable a subastar : Precio del bono