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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de junio de 2009 397831 Mayor General FAP NICANOR ENRIQUE ASIN ARGOTE Mayor FAP SANDRO MANUEL CABREJOS RENGIFO Mayor FAP JULIO WILLIAN MARTIN MORENO GUERRERO Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima- Santiago de Chile - Lima US $ 699,25 x 03 Personas Viáticos US $ 200 x 07 días x 03 Personas Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US $ 31 x 03 Personas Artículo 3º.-El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado personal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.-La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.-La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 363499-21 Autorizan viaje de personal militar a Ecuador para participar en el XXII Campeonato Sudamericano de Pentatlón Militar y Congreso Extraordinario auspiciado por la UDMSA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 207-2009-DE/SG Lima, 19 de junio de 2009 Vista, la invitación cursada por el Ministro de la Defensa Nacional de Ecuador y el Presidente de la Unión Deportiva Militar Sudamericana (UDMSA), para que una delegación de las Fuerzas Armadas del Perú participe en el XXII Campeonato Sudamericano de Pentatlón Militar y Congreso Extraordinario a llevarse a cabo en la ciudad de Quito – ECUADOR del 27 de junio al 07 de julio 2009. CONSIDERANDO: Que, la Federación Deportiva Militar del Perú (FEDEMILPE) es el organismo representativo del deporte de las Fuerzas Armadas del Perú a nivel nacional e internacional y se encuentra afi liado a la Unión Deportiva Militar Sudamericana (UDMSA); Que, el Ministro de la Defensa Nacional y el Presidente de la Unión Deportiva Militar Sudamericana (UDMSA) han formulado una invitación para que una Delegación Militar del Perú participe en el XXII Campeonato Sudamericano de Pentatlón Militar y Congreso Extraordinario; Que, la Federación Deportiva Militar del Perú ha llevado a cabo el Campeonato Nacional de Pentatlón Militar a todo nivel de las FFAA como proceso de selección del personal de las FFAA, para conformar el equipo representativo con miras a participar en el XXII Campeonato Sudamericano de Pentatlón Militar a llevarse a cabo en la ciudad de Quito – ECUADOR del 27 de junio al 07 de julio 2009; Que, dicha participación está considerada en el Presupuesto de la FEDEMILPE aprobado por la Dirección General de Gestión Administrativa para la Defensa del Ministerio de Defensa; Que, el citado viaje se encuentra incluido en el Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa – 2009, Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, item 23 aprobado con Resolución Suprema Nº 028-2009-DE del 19 de enero del 2009; Que, es preciso indicar, que si bien en el citado Plan Anual de Viajes no se ha considerado la asistencia al Congreso Extraordinario a llevarse a cabo en la ciudad de Quito – ECUADOR, este evento coincide con la fecha y lugar donde se realizará el XXII Campeonato Sudamericano de Pentatlón Militar, por lo que resulta pertinente su asistencia, máxime, si no irroga mayor gasto al establecido en el Plan Anual de Viajes; De conformidad con la Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 – Ley que establece la naturaleza Jurídica, Función, Competencias, y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-.2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio del 2004; Estando a lo propuesto por el Presidente de la Federación Deportiva Militar del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicio para que participen en el XXII Campeonato Sudamericano de Pentatlón Militar y Congreso Extraordinario auspiciado por la Unión Deportiva Militar Sudamericana (UDMSA) a realizarse del 27 de junio al 07 de julio 2009 en la ciudad de Quito – ECUADOR, al personal militar que se indica a continuación: - Jefe de Delegación : General de Brigada Juan Abel GUTIERREZ CASTRO - Jefe de Equipo : Mayor EP Fredy VARGAS ORTIZ - Entrenador : Capitán EP José DELGADO HURTADO - Pentatleta : Cadete EMCH Helder BELLIDO TORRES - Pentatleta : Cadete EMCH José SUAREZ CASAS - Pentatleta : Cadete EMCH Richard CENEPO REATEGUI - Pentatleta : Cadete EMCH Carlogiordanni CASANOVA CRUZADO - Pentatleta : Ofi cial de Mar 2º Felix MEZA VALENCIA - Pentatleta : Ofi cial de Mar 3º Dennis PEREZ MORALES Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Federación Deportiva Militar del Perú, efectuará los pagos que corresponde de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Lima – Quito – Lima US$ 340.00 x 09 personas Viáticos US$ 67.35 x 09 personas x 11 días Tarifa Única de Aeropuerto US$ 31.00 x 09 personas. Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la presente Comisión sin exceder el periodo establecido en el Artículo 1º. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la nómina Ofi cial en caso de existir impedimento de alguno de ellos por motivo de fuerza mayor. Artículo 5º.- El citado personal militar deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del DS Nº 047-2002- PCM del 05 de junio 2002 y Cuarta Disposición fi nal del DS Nº 002-2004 DE/SG del 26 de enero 2004. Artículo 6º.- El referido personal militar, al terminar la comisión de servicio o misión de estudios en el extranjero Descargado desde www.elperuano.com.pe