Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2009 (20/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de junio de 2009

NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

397833

Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de la Fuerza Aerea Brasilena para participar en curso superior de inteligencia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 560-2009-DE/SG MORDAZA, 19 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 627 de fecha 10 de junio de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa de Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, dentro del MORDAZA de la "XI Conferencia Bilateral de Inteligencia entre las Fuerzas Aereas del Peru y Brasil", realizada en la MORDAZA de MORDAZA entre el 05 y 09 de noviembre de 2006, la Fuerza Aerea del Peru se comprometia a realizar a mas tardar en el mes de junio 2007, la invitacion a los cursos a desarrollarse en la Escuela de Inteligencia FAP para el ano 2009, dirigido al personal de Oficiales, Tecnicos y Suboficiales FABR; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las FuerzasArmadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la Fuerza Aerea del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica del senor Maj Av CLOVIS TAKEKAWA de la Fuerza Aerea Brasilena, del 20 de junio al 15 de diciembre de 2009, para participar en el "Curso Superior de Inteligencia" ofrecido por la Fuerza Aerea del Peru. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 363460-3

Que, mediante las Leyes Nºs. 23630 y 23871, sus normas modificatorias y complementarias, se establecio una participacion del 10% y 2.5% en la renta por la explotacion de los recursos naturales de petroleo y gas en los departamentos de MORDAZA y Tumbes, como Canon y Sobrecanon, respectivamente; Que, posteriormente la Ley Nº 27763, Ley complementaria de legislacion del Canon y Sobrecanon para petroleo y gas en MORDAZA y Tumbes, modificada por la Ley Nº 28277, establece los porcentajes y criterios de distribucion del Canon y Sobrecanon por la explotacion de petroleo y gas en los departamentos de MORDAZA y Tumbes; Que, la Ley Nº 29345, Ley de distribucion del Sobrecanon para petroleo y gas de los departamentos de Tumbes y MORDAZA, dispone que en el MORDAZA de la Ley Nº 23871, la participacion en la renta por la explotacion de petroleo y gas en el departamento de Tumbes como Sobrecanon sera destinado al departamento de Piura; estableciendo, los porcentajes y criterios de distribucion del Sobrecanon a ser aplicados en ambos departamentos, entre otros; Que, de acuerdo a la Cuarta Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 28277 y la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 29345, el Poder Ejecutivo dictara las normas reglamentarias para la aplicacion de lo dispuesto en estas Leyes; Que, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan una adecuada aplicacion de las normas que regulan los porcentajes y criterios de distribucion del Canon y Sobrecanon por la explotacion de petroleo y gas en los departamentos de MORDAZA y Tumbes a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales, universidades nacionales e institutos superiores pedagogicos y tecnologicos estatales de los citados departamentos; De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y las Leyes Nºs. 28277 y 29345; DECRETA: Articulo 1º.- Normas reglamentarias Apruebese las normas reglamentarias para la distribucion del Canon y Sobrecanon por la explotacion de petroleo y gas en los departamentos de MORDAZA y Tumbes, las que forman parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas NORMAS REGLAMENTARIAS PARA LA DISTRIBUCION DEL CANON Y SOBRECANON POR LA EXPLOTACION DE PETROLEO Y GAS EN LOS DEPARTAMENTOS DE MORDAZA Y TUMBES Articulo 1º.- Objeto La presente MORDAZA establece las disposiciones reglamentarias para la distribucion del Canon y Sobrecanon por la explotacion de petroleo y gas en los departamentos de MORDAZA y Tumbes, correspondiente a los gobiernos regionales, gobiernos locales, universidades nacionales e institutos superiores pedagogicos y tecnologicos estatales de los citados departamentos.

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Normas Reglamentarias para la Distribucion del Canon y Sobrecanon por la explotacion del Petroleo y Gas en los departamentos de MORDAZA y Tumbes
DECRETO SUPREMO Nº 138-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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