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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (20/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de junio de 2009 397835 Ratifican Acuerdos de PROINVERSIÓN mediante los cuales se determinó modalidad bajo la cual se promoverá la inversión privada en el Proyecto “Banda Ancha para el Desarrollo de las Comunidades de Camisea (Camisea - Lurín)” y se aprobó modificaciones al Plan de Promoción del Proyecto “Banda Ancha para el desarrollo del Valle de los ríos Apurímac - Ene” - VRAE RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 062-2009-EF Lima, 19 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 12º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, señala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones promoverá y desarrollará proyectos de telecomunicaciones, incluyendo proyectos piloto, especialmente aquellos dirigidos a cumplir con los fi nes del acceso universal y que tengan como fi nalidad impulsar el acceso a las Tecnologías de la Información y Comunicación (TICs) y el desarrollo de la Sociedad Global de la Información y el Conocimiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 680-2008- MTC/03, publicada con fecha 10 de setiembre de 2008, se encargó a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, la conducción del proceso de selección para elegir al operador que tendrá a su cargo la implementación del Proyecto “Banda Ancha para el desarrollo del Valle de los ríos Apurímac y Ene” – VRAE, según lo dispuesto por el Directorio del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL mediante el Acuerdo de Directorio Nº 020-2008/FITEL, de fecha 14 de agosto de 2008; Que, mediante Resolución Suprema Nº 093-2008-EF, publicada con fecha 30 de noviembre de 2008, se ratifi có el acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en sesión de fecha 16 de setiembre de 2008, por el cual se acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada del Proyecto “Banda Ancha para el desarrollo del Valle de los ríos Apurímac y Ene” – VRAE, bajos los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 674, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas; encargándole la conducción del mismo al Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado; Que, mediante Resolución Suprema Nº039-2009-EF, publicada con fecha 31 de marzo de 2009, se ratifi có el acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en sesión de fecha 16 de diciembre de 2008, por el cual se adoptó que la modalidad bajo la cual se promoverá la inversión privada en el Proyecto “Banda Ancha para el desarrollo del Valle de los ríos Apurímac y Ene” – VRAE, será la prevista en el literal a) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 674; Que, mediante la referida norma se ratifi có el acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en sesión de fecha 16 de diciembre de 2008, por el cual se aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto “Banda Ancha para el desarrollo del Valle de los ríos Apurímac y Ene” – VRAE, conforme a lo establecido en el inciso 3 del Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 944-2008- MTC/03, publicada con fecha 6 de enero de 2009, se encargó a PROINVERSIÓN la conducción del proceso de selección para elegir al operador que tendrá a su cargo la implementación del Proyecto “Banda Ancha para el Desarrollo de las Comunidades de Camisea (Camisea – Lurín)”, según lo dispuesto por el Directorio del FITEL mediante el Acuerdo de Directorio Nº 033-2008/FITEL, de fecha 18 de diciembre de 2008; Que, mediante Resolución Suprema Nº 006-2009- EF, publicada con fecha 11 de enero de 2009, se ratifi có el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en sesión de fecha 9 de enero de 2009, por el cual se acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada del Proyecto “Banda Ancha para el Desarrollo de las Comunidades de Camisea (Camisea – Lurín)”, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 674, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas; encargándole la conducción del mismo al Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado; Que, mediante sesión de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN de fecha 25 de marzo de 2009, se aprobó que la modalidad bajo la cual se promueva la inversión privada, en el Proyecto “Banda Ancha para el Desarrollo de las Comunidades de Camisea (Camisea – Lurín)”, sea la establecida en el literal a) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 674; Que, asimismo en la sesión antes indicada se aprobó las modifi caciones al Plan de Promoción del Proyecto “Banda Ancha para el desarrollo del Valle de los ríos Apurímac y Ene” – VRAE, incorporando en él al Proyecto “Banda Ancha para el Desarrollo de las Comunidades de Camisea (Camisea – Lurín)”, de manera que ambos proyectos se lleven a cabo en un solo concurso para adjudicar a un solo postor, conforme a lo establecido en el inciso 3 del Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674; De conformidad con lo establecido en el Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674 y la Ley Nº 26440; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 25 de marzo de 2009, mediante el cual se determinó que la modalidad bajo la cual se promoverá la inversión privada, en el Proyecto “Banda Ancha para el Desarrollo de las Comunidades de Camisea (Camisea – Lurín)”, será la establecida en el literal a) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 674. Artículo 2º.- Ratifi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 25 de marzo de 2009, mediante el cual se aprobó las modifi caciones al Plan de Promoción del Proyecto “Banda Ancha para el desarrollo del Valle de los ríos Apurímac y Ene” – VRAE, incorporando en él al Proyecto “Banda Ancha para el Desarrollo de las Comunidades de Camisea (Camisea – Lurín)”, conforme a lo establecido en el inciso 3 del Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674. Artículo 3º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 363499-15 Autorizan viaje de funcionarios de la SUNAT a Bélgica para participar en sesiones del Consejo de Cooperación Aduanera y del Foro Interinstitucional sobre Gestión de las Fronteras en la Sede de la OMA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 063-2009-EF Lima, 19 de junio de 2009 Descargado desde www.elperuano.com.pe