Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2009 (23/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, martes 23 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

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MORDAZA, las funciones de dichas entidades publicas, ni se ha culminado la implementacion en los tres niveles de gobierno del Sistema Integrado de Administracion Financiera del Sector Publico ­ SIAF SP version II, es necesario que la Ley Nº 28716 y la normativa tecnica de control dictada por la Contraloria General de la Republica se apliquen de manera progresiva teniendo en cuenta la naturaleza de las funciones de las entidades; Que, asimismo, por la coyuntura de crisis financiera internacional que afronta el MORDAZA, resulta imprescindible adoptar medidas extraordinarias y urgentes en materia economica y financiera que permitan lograr el objetivo senalado en el considerando anterior, a efectos que la aplicacion de la Ley Nº 28716 y de la normativa tecnica de control dictada por la Contraloria General de la Republica, se apliquen a las entidades en funcion de su disponibilidad de recursos presupuestales, los cuales por ser escasos deben dedicarse, en primer termino, a la ejecucion de proyectos de inversion en obras publicas de infraestructura y de servicios publicos para el desarrollo economico del pais; De conformidad con lo establecido por el inciso 19) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del articulo 10º de la Ley Nº 28716 Incorporese como MORDAZA parrafo del articulo 10º de la Ley Nº 28716 ­ Ley de Control Interno de las entidades del Estado-, lo siguiente: "(...) El MORDAZA normativo y la normativa tecnica de control que dicte la Contraloria General de la Republica a que se refiere el parrafo anterior seran de aplicacion progresiva teniendo en cuenta la naturaleza de las funciones de las entidades asi como la disponibilidad de recursos presupuestales, debiendo entrar en vigencia cuando se culmine la aprobacion de todas las Leyes de Organizacion y Funciones de los diversos Sectores del Gobierno Nacional y de sus respectivos documentos de gestion, asi como cuando el Sistema Integrado de Administracion Financiera del Sector Publico ­ SIAF SP version II, el cual incluira el modulo de evaluacion de Control Interno, este implementado en los tres niveles de gobierno." Articulo 2º.- Adecuacion normativa Las normas tecnicas de control a que se refiere el primer parrafo de la Primera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 28716, seran dictadas por la Contraloria General de la Republica, en concordancia con el MORDAZA texto del articulo 10º de la Ley Nº 28716 aprobado por el presente Decreto de Urgencia. Articulo 3º.- Normas complementarias Facultese a la Presidencia del Consejo de Ministros y al Ministerio de Economia y Finanzas a dictar las normas complementarias que resulten necesarias en el ambito de sus respectivas competencias. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 364028-1

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Declaran Duelo Nacional Laborable el dia 26 de junio de 2009
DECRETO SUPREMO Nº 040-2009-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el dia 19 de junio de 2009, se ha producido el sensible fallecimiento del Congresista de la Republica y ex MORDAZA de MORDAZA, senor MORDAZA MORDAZA Carmona; Que, durante su gestion como MORDAZA de MORDAZA, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA logro la recuperacion del centro historico de la capital de la Republica, devolviendole su esplendor colonial y atractivo turistico, tras decadas de abandono, contaminacion y comercio ambulatorio desordenado; habiendo asimismo realizado MORDAZA obras publicas como la Via Expresa de MORDAZA MORDAZA y la remodelacion de numerosos parques y plazas en toda la ciudad; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA venia realizando una notable labor parlamentaria como Congresista de la Republica, caracterizandose por ser un permanente defensor de la democracia y un politico ejemplar; Que, el Gobierno Constitucional de la Republica del Peru, recogiendo el profundo pesar que embarga al MORDAZA por tan sentida desaparicion, desea honrar y exaltar la memoria de tan ilustre peruano; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Declarese Duelo Nacional laborable el dia 26 de junio de 2009, dia de las exequias del Congresista de la Republica y ex MORDAZA de MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA Carmona. Articulo 2º.- Dispongase que en el dia declarado como Duelo Nacional, el Pabellon Nacional sea izado a media MORDAZA en todos los edificios publicos, instalaciones militares, bases, buques, locales policiales y demas dependencias del Estado en todo el territorio nacional asi como en las misiones diplomaticas, consulares y representaciones permanentes del Peru en el exterior. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 364028-2

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