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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 23 de junio de 2009 397970 Que, el citado viaje se encuentra incluido en el Anexo 1 del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Año 2009, Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, Ítem 99, aprobado por Resolución Suprema Nº 028-2009-DE de fecha 19 de enero de 2009; Que, en el orden de ideas antes expuesto, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata SGC. Edson Javier FANO Espinoza, para que participe en la Primera Reunión de Capitanes de Puerto de Leticia (Colombia), Iquitos (Perú) y Tabatinga (Brasil), a realizarse en la ciudad de Leticia - COLOMBIA, a partir del 25 al 27 de junio de 2009, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional e Institucional; De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley N° 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata SGC. Edson Javier FANO Espinoza, CIP. 01801843, DNI. 43419524, para que participe en la Primera Reunión de Capitanes de Puerto de Leticia (Colombia), Iquitos (Perú) y Tabatinga (Brasil), a realizarse en la ciudad de Leticia - COLOMBIA, a partir del 25 al 27 de junio de 2009. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a las disposiciones vigentes: Pasaje Aéreo: Iquitos - Leticia (COLOMBIA) - Iquitos US$. 180.00 x 1 Persona Viáticos: US$. 200.00 x 3 Días x 1 Persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$. 31 x 1 Persona Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4°.- El mencionado Ofi cial Superior deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 364028-9 Autorizan viaje de personal militar para asistir a la Segunda Reunión de Planeamiento del Ejercicio “Hermandad 2009” que se llevará a cabo en Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 216-2009-DE/EP Lima, 22 de junio de 2009 Visto, el Entendimiento Tercero del Acta de la VII Ronda de Conversaciones entre el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República Argentina y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República del Perú y el Acta de la Primera Reunión de Planeamiento del Ejercicio “Hermandad 2009” de fecha 16 de abril de 2009. CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º del Reglamento de Cooperación en Materia de Desastres entre las Fuerzas Armadas de Argentina y del Perú, establece que la Cooperación en Materia de Desastres entre las Fuerzas Armadas de la Argentina y Perú, tiene por fi nalidad contribuir al fortalecimiento del espíritu de solidaridad existente entre ambos países, mediante la implementación de acciones a ejecutar en el marco del “Acuerdo entre la República Argentina y la República del Perú sobre Cooperación en materia de Desastres”, fi rmado en junio de 2004, y de normas jurídicas vigentes en ambos países; asimismo, su artículo 5º indica que el Organismo Coordinador del Apoyo (ORCAP) estará constituida por representantes permanentes de cada uno de los organismos, en este caso por el Perú, de TRES (3) representantes de la Secretaría Permanente del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, UN (1) representante de la Agregaduría de Defensa como asesor y enlace, así como, representantes de las Fuerzas Armadas en función de las características de la situación existente; Que, mediante Acta de la Primera Reunión de Planeamiento del Visto, el Organismo Coordinador del Apoyo (ORCAP) de la República de Argentina y Perú, acuerdan realizar la Segunda Reunión de Planeamiento del Ejercicio “Hermandad 2009”, en la ciudad de Buenos Aires - Argentina, del 30 de Junio al 03 de Julio de 2009; Que, es conveniente por ser interés del Estado asegurar la permanencia y continuidad de las Reuniones de Planeamiento entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas de Argentina y las Fuerzas Armadas del Perú, teniendo por fi nalidad el fomento de la confi anza mutua y el desarrollo de una concepción de seguridad integral, dentro de un marco regional sudamericano que propicie una estrecha amistad y creciente cooperación entre ambas naciones, siendo necesario por ello autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al personal militar, para que participen en la citada Segunda Reunión de Planeamiento; Que, el referido viaje se encuentra incluido en el Rubro 5.-Medidas de Confi anza Mutua, Ítem 25 del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Año 2009, aprobado por Resolución Suprema Nº 028-2009-DE de fecha 19 de enero de 2009, que fue modifi cado mediante Resolución Suprema N° 183-2009-DE de fecha 29 de mayo de 2009; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencias y estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con los Decretos Supremos Nº 008-2004-DE/SG y Nº 028-2006- DE/SG de fechas 30 de junio de 2004 y 13 de diciembre de 2006, respectivamente;