Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2009 (23/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 23 de junio de 2009

(...) 3. Los proveedores cuyo tramite se MORDAZA cancelado por no haber presentado la documentacion en el plazo a que se refiere los articulos 255º, 265º y 272º. El impedimento de acceso al RNP sera por el periodo de un (1) ano, contado a partir del vencimiento de los treinta (30) dias habiles a que se refieren los articulos 255º, 265º y 272º." "Articulo 265º.- Inscripcion en el Registro de Consultores de Obras (...) 3. Tener solvencia economica: Los lineamientos para la evaluacion de la solvencia economica seran establecidos por el OSCE mediante directivas, considerando la calificacion de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones y los indicadores que se establezcan para tal efecto. El cumplimiento de los requisitos que establezcan los referidos lineamientos podra acreditarse mediante una declaracion jurada. En un plazo no mayor de treinta (30) dias habiles, computados a partir del dia siguiente de la aprobacion del respectivo tramite, las personas naturales o juridicas, nacionales o extranjeras deberan presentar ante el RNP los documentos que sustentan el cumplimiento de los requisitos establecidos en los lineamientos. En caso que dichos documentos no se presenten, la inscripcion ante el RNP sera cancelada de oficio. Dentro del referido plazo de (30) dias habiles, las personas podran participar en los procesos de seleccion que se convoquen. Asimismo, estas podran suscribir contratos con las entidades siempre que el OSCE acredite que cumplieron con los requisitos establecidos en los lineamientos." "Articulo 272º.- Inscripcion en el Registro de Ejecutores de Obras (...) 3. Tener solvencia economica: Los lineamientos para la evaluacion de la solvencia economica seran establecidos por el OSCE mediante directivas, considerando la calificacion de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones y los indicadores que se establezcan para tal efecto. El cumplimiento de los requisitos que establezcan los referidos lineamientos podra acreditarse mediante una declaracion jurada. En un plazo no mayor de treinta (30) dias habiles, computados a partir del dia siguiente de la aprobacion del respectivo tramite, las personas naturales o juridicas, nacionales o extranjeras deberan presentar ante el RNP los documentos que sustentan el cumplimiento de los requisitos establecidos en los lineamientos. En caso que dichos documentos no se presenten, la inscripcion ante el RNP sera cancelada de oficio. Dentro del referido plazo de treinta (30) dias habiles, las personas podran participar en los procesos de seleccion que se convoquen. Asimismo, estas podran suscribir contratos con las entidades siempre que el OSCE acredite que cumplieron con los requisitos establecidos en los lineamientos." Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de junio del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 364028-3

Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE
RESOLUCION SUPREMA Nº 065-2009-EF MORDAZA, 22 de junio de 2009 Visto, el oficio Nº 186-2009/PRE del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, sobre aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal. CONSIDERANDO: Que, el articulo 57º del Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, es un Organismo Publico adscrito al Ministerio de Economia y Finanzas, con personeria Juridica de derecho publico, que goza de autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2009-EF se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, el cual califica al OSCE como un organismo publico tecnico especializado y establece la nueva estructura organica de la entidad; Que, la Tercera Disposicion Complementaria Transitoria del citado Decreto Supremo faculta al OSCE a realizar las gestiones necesarias a fin de adecuar su Cuadro para Asignacion de Personal -CAP en concordancia con su Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2004PCM, se aprobo los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de las entidades de la Administracion Publica, precisando que en su articulo 15º que la aprobacion del CAP, se efectua por Resolucion Suprema refrendada por el Titular del Sector; asimismo, los literales a) y c) del articulo 16º de los citados Lineamientos, preven que las Entidades de la Administracion Publica deberan modificar el CAP cuando la Entidad MORDAZA sufrido modificaciones en su Reglamento de Organizacion y Funciones que conlleven cambios en sus funciones o en su estructura organizacional o por motivo de una accion de racionalizacion o mejoramiento de procesos, asi como por motivo de un reordenamiento de cargos que conlleve a una afectacion de su Presupuesto Analitico de Personal - PAP; Que, la Secretaria de Gestion Publica teniendo en cuenta los terminos en que ha sido propuesto el CAP del OSCE, que contiene un total de 206 cargos estructurales que requiere la entidad para cumplir adecuadamente sus funciones, recomienda continuar con el tramite de aprobacion correspondiente, por lo que resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado y modificatorias; la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado; el Decreto Supremo Nº 0062009-EF que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE y el Decreto Supremo Nº 043-2004PCM que aprueban lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal CAP de las Entidades de la Administracion Publica; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP. Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion.

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