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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 2 de marzo de 2009 391685 que hace inviable la comparación con otros potenciales proveedores de dichos servicios; Que, la Gerencia Legal de la Institución a través de su Informe Nº 005-2009/GEL, estima que el Área de Gestión de Calidad ha esbozado los fundamentos necesarios que justifi can la contratación del referido organismo certifi cador, en vista de sus características inherentes y particulares de conformidad con lo señalado en el artículo 132° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, bajo la modalidad de servicios personalísimos; Que, para dicha contratación se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva, según lo expresado por la Jefatura de Contabilidad y Presupuesto, a través del Memorándum Nº 0018-2009/GAF-Con, de fecha 16 de enero de 2009 y del Memorándum Nº 0077-2009/GAF-Con, de fecha 20 de febrero de 2009; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 20º y 21º del Decreto Legislativo Nº 1017, los Artículos 132º, 133º, 134º y 135º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y el inciso h) del Artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1033; SE RESUELVE: Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de selección correspondiente a la contratación de Servicios de Auditoría de Mantenimiento y Auditoría de Renovación de la Certifi cación del Sistema de Gestión de la Calidad del INDECOPI, obtenida en el marco de la norma NTP- ISO 9001:2001 y, consecuentemente, autorizar a la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial de la Institución a contratar dichos servicios con el Organismo Certifi cador Lloyd´s Register Quality Assurance, conforme a la modalidad prevista en el Artículo 132° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, hasta por un valor referencial de S/. 43 109,50 (Cuarenta y tres mil ciento nueve con 50/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas, con cargo a la fuente de fi nanciamiento de recursos directamente recaudados, con sujeción a los montos debidamente presupuestados para la contratación de dicho tipo de servicios y por un plazo de doce meses. Segundo.- Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas remita copia de la presente Resolución y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha se su aprobación, publicando además la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los 10 días hábiles siguientes a su emisión, así como en la página web de la Entidad y en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Presidente del Consejo Directivo 317842-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan realización de la “Encuesta de Remuneraciones por Ocupaciones Específicas (EROE) en Lima Metropolitana”, correspondiente al I Trimestre 2009 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 044-2009-INEI Lima, 13 de febrero del 2009 Visto el Ofi cio Nº 045-2009-MTPE/4/10.3, del Director General de la Ofi cina de Estadística e Informática del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), solicitando autorización para ejecutar la “Encuesta de Remuneraciones por Ocupaciones Específi cas en Lima Metropolitana” del I Trimestre 2009. CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, establece que el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Básicas; Que, la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con la fi nalidad de contar con información estadística sobre las remuneraciones mensuales de los trabajadores en las ocupaciones específi cas más frecuentes inherentes a la actividad económica de las empresas; tiene previsto ejecutar la “Encuesta de Remuneraciones por Ocupaciones Específi cas en Lima Metropolitana” del I Trimestre 2009; Que, en concordancia con la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 29158 (Ley del Poder Ejecutivo), la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, seguirá ejecutando la Encuesta de Remuneraciones por Ocupaciones Específi cas, mientras fi nalice el proceso de transferencia de competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales; Que, es necesario autorizar la ejecución de la “Encuesta de Remuneraciones por Ocupaciones Específi cas en Lima Metropolitana”, correspondiente al I Trimestre 2009, dirigida a las empresas seleccionadas por actividades económicas más importantes en términos de empleo generado de 10 a más trabajadores, así como aprobar el