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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2009 (06/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de marzo de 2009 391894 Aprueban transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Chupaca para financiar la ejecución de proyecto de inversión pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 096-2009-VIVIENDA Lima, 6 de marzo de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 919-2008- VIVIENDA de fecha 13 de diciembre de 2008, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2009 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del Sector en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento, así como ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2007- VIVIENDA se crea el“Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos”, bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, y asimismo, se aprobó la fusión de diversos Programas y Proyectos, entre ellos, el Proyecto Piloto“La Calle de Mi Barrio” con el Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, correspondiéndole a este último la calidad de programa absorbente; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se aprueban por Resolución Ministerial del titular del Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, las transferencias fi nancieras para actividades y proyectos de inversión de saneamiento, vivienda y urbanismo, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento Municipales - EPS, SENCICO, SEDAPAL y BANMAT; Que, conforme al artículo 2 del Apéndice“Lineamientos para la aplicación de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 - Ley Nº 29289”, aprobado por Resolución Directoral Nº 061-2008-EF-76.01, establece que para efecto de las transferencias fi nancieras que se efectúen en el caso de los proyectos a ser ejecutados por Administración Directa, a que hace mención el último párrafo del artículo mencionado, no es de aplicación el requisito de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras, dada la naturaleza de los proyectos que se ejecutan a través de Administración Directa; dichas transferencias se sujetan a lo dispuesto en el Convenio respectivo suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 061-2009- VIVIENDA, se aprobó la selección de 338 (Trescientos treinta y ocho) proyectos de inversión pública, en los cuales se realizarán intervenciones a través del componente“La Calle de Mi Barrio”, del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos; entre los que se encuentra el proyecto denominado “Construcción de Pistas y Veredas del Jr. San Martín (Jr. Gamarra a Jr. R. Echenique), Jr. Echenique (Jr. San Martín a Jr. P. Apolaya), Jr. Bartolomé Guerra y Jr. D. Maraví (Jr. San Martín a Jr. A. Marro)”, ubicado en la Provincia de Chupaca, Departamento de Junín, con Código SNIP Nº 89594, así como los porcentajes de los aportes de fi nanciamiento de los proyectos a ejecutarse en las referidas Municipalidades, de los cuales corresponden 82% al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, 16% a la Municipalidad, y 2% a la población benefi ciaria, entre otros; Que, mediante Informe Técnico Nº 043-2009- VIVIENDA/VMVU-PIMBP-LCMB, de fecha 06 de febrero de 2009, la Dirección Ejecutiva del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, emite opinión técnica favorable para aprobar la transferencia de recursos a favor de la Municipalidad Provincial de Chupaca, Departamento de Junín, hasta por la suma de S/. 979 610,05 (Novecientos Setenta y Nueve Mil Seiscientos Diez y 05/100 Nuevos Soles), para co-fi nanciar la ejecución del Proyecto con Código SNIP Nº 89594; monto equivalente al 82%; del valor de inversión del Proyecto, incluido el costo de supervisión de la misma, de acuerdo a los porcentajes de aportes establecidos en la Resolución Ministerial Nº 061-2009- VIVIENDA; Que, con fecha 02 de marzo de 2009, se suscribió el Convenio Específi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y la Municipalidad Provincial de Chupaca, Provincia de Chupaca, Departamento de Junín, con el objeto de cofi nanciar la ejecución del Proyecto con Código SNIP Nº 89594, detallado en el Anexo Nº 1 del citado Convenio; Con la visación de las Directoras Generales de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, a favor de la Municipalidad Provincial de Chupaca, Provincia de Chupaca, Departamento de Junín, hasta por la suma de S/. 979 610,05 (Novecientos Setenta y Nueve Mil Seiscientos Diez y 05/100 Nuevos Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la ejecución del Proyecto de Inversión Pública“Construcción de Pistas y Veredas del Jr. San Martín (Jr. Gamarra a Jr. R. Echenique), Jr. Echenique (Jr. San Martín a Jr. P. Apolaya), Jr. Bartolomé Guerra y Jr. D. Maraví (Jr. San Martín a Jr. A. Marro), Distrito y Provincia de Chupaca - Junín”, con Código SNIP Nº 89594, detallado en el Anexo 1, cuyos desembolsos se realizarán conforme al cronograma de desembolso establecido en el Anexo 2, los que forman parte de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución del citado Proyecto, quedando la Municipalidad Provincial de Chupaca, prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. ANEXO VII GOBIERNO REGIONAL LORETO Nº U.E. CODIGO DESCRIPCION ESTADO MARCA MODELO SERIE COLOR MEDIDAS CUENTA FECHA ADQUISICION VALOR HISTORICO 31/01/2009 S/. 1 001 002 UNIDAD CENTRAL DE PROCESO-CPU B COMPATIBLE S/S NEGRO 336.03.02 31/10/2008 1,976.07 2 001 002 MONITOR PLANO B VIEWSONIC VA1716W QRQ081744105 NEGRO 17” 336.03.02 31/10/2008 519.34 3 001 002 TECLADO B CYBERLINK K778 S/S NEGRO 336.03.02 31/10/2008 7.79 4 001 002 IMPRESORA LASER B BROTHER HL 2040 C7J399582 PLOMO CLARO 336.03.02 29/08/2008 547.31 TOTAL GENERAL S/. 3,050.51 319629-1