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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de marzo de 2009 391902 Modifi car la Resolución Directoral Nacional Nº 417/INC, de fecha 30 de marzo de 2005, en el artículo 1º en cuanto a la clasifi cación y ubicación política del mencionado sitio, donde se declara como patrimonio cultural de la Nación al sitio arqueológico “Complejo arqueológico Cerro Macatón” ubicado en el distrito de Chancay, provincia Huaral, departamento Lima, debiendo decir: Declarar patrimonio cultural de la Nación al sitio arqueológico Cerro Macatón, ubicado en el distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima. Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y ficha técnica) del sitio arqueológico Cerro Macatón Sector I y Cerro Macatón Sector II, ubicado en el distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes: Nombre del Sitio Arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Cerro Macatón Sector I 01 01 B 64231.67 6.4231 1308.57 Cerro Macatón Sector II 01-A 01-C 8285.08 0.8285 429.74 Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000- ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modificada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Directoral Nacional Nº 417/INC, de fecha 30 de marzo de 2005, en el artículo 1º en cuanto a la clasificación y ubicación política del mencionado sitio, donde se declara como patrimonio cultural de la Nación al sitio arqueológico “Complejo arqueológico Cerro Macatón”, ubicado en el distrito de Chancay, provincia Huaral, departamento Lima, debiendo decir: “Declarar patrimonio cultural de la Nación al sitio arqueológico Cerro Macatón, ubicado en el distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima”. Artículo 2º.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del sitio arqueológico Cerro Macatón Sector I y Cerro Macatón Sector II, ubicado en el distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes: Nombre del Sitio Arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Cerro Macatón Sector I 01 01 B 64231.67 6.4231 1308.57 Cerro Macatón Sector II 01-A 01-C 8285.08 0.8285 429.74 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación del sitio arqueológico mencionado en el artículo 1º y de los planos señalados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 319423-2 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban transferencias para las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron a beneficiarios del Seguro Integral de Salud, correspondientes al mes de marzo 2009 RESOLUCION JEFATURAL Nº 059-2009/SIS Lima, 4 de marzo de 2009 VISTO: El Informe Nº 044-2009-SIS-GF de la Gerencia de Financiamiento sobre la Programación de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los benefi ciarios del Seguro Integral de Salud y el Informe N° 070-2009-SIS/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11° de la Ley N° 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Perú; Que, el Artículo 30º de la Ley Nº 28411, establece que el Calendario de Compromisos constituye la autorización para la ejecución de los créditos presupuestarios, en función del cual se establece el monto máximo para comprometer gastos a ser devengados, con sujeción a la percepción efectiva de los ingresos que constituyen su fi nanciamiento; Que, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Ofi cial El Peruano, la distribución de los recursos que en el marco de la Resolución Ministerial Nº 422-2007/MINSA se transfi eren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiéndoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporación de los recursos transferidos, dentro de su marco presupuestal; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 057-2009/SIS de fecha 04 de marzo del 2009, se aprueba el Calendario de Compromisos inicial del mes de marzo del Año Fiscal 2009, del Pliego Presupuestal 135: Seguro Integral de Salud, Genérica del Gasto y Fuente de Financiamiento 00: RO-Recursos Ordinarios y Fuente de Financiamiento 09: RDR-Recursos Directamente Recaudados, autorizado por la Dirección Nacional del Presupuesto Público; Que, las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios sólo se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, incluyéndose las transferencias del Seguro Integral de Salud – SIS, en concordancia con lo establecido en el numeral 75.4 del artículo 75° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus modifi catorias; Que, con el visto bueno de la Subjefatura del SIS, la Secretaría General, la Gerencia de Financiamiento, la Gerencia de Operaciones, la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo, la Ofi cina de Administración y la opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el literal i) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Transferencia para las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por la suma de TREINTITRES MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 33’000,000.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, Calendario de Compromisos Inicial correspondiente al mes de marzo 2009 detallado en el Anexo 01 y que forma parte integrante de la presente Resolución.