Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2009 (10/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 10 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

392087

la importacion de Semen de Bovino congelado, siendo su origen y procedencia Mexico; Que, el Informe Nº 121-2009-AG-SENASA-SCA-DSA, emitido por la Direcccion de Sanidad Animal del SENASA en la cual recomienda se publiquen los requisitos zoosanitarios para la importacion de Semen de Bovino congelado, siendo su origen y procedencia Mexico; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059 y el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG; y con la visacion del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE:

TUBERCULOSIS, PARATUBERCULOSIS, LEUCOSIS BOVINA ENZOOTICA, BRUCELOSIS, VIBRIOSIS, TRICOMONIASIS, LEPTOSPIROSIS, DIARREA VIRAL BOVINA (BVD), CAMPILOBACTERIOSIS GENITAL BOVINA. 8. En Mexico es de notificacion obligatoria la enfermedad de DERMATOSIS NODULAR CONTAGIOSA. 9. El genitor o genitores presentan condiciones normales de salud en los 60 dias previos y 30 posteriores al dia de la coleccion del semen, de acuerdo con certificacion del Medico Veterinario del centro. 10. LENGUA AZUL.a. El genitor o los genitores han resultado negativos a:

Articulo 1°.- Establecer los requisitos zoosanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de Semen de Bovino congelado, teniendo como origen y procedencia Mexico, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Disponer la emision de los Permisos Zoosanitarios de Importacion a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. Articulo 3°.- El Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­SENASA, a traves de la Direccion de Sanidad Animal, podra adoptar las medidas sanitarias complementarias a fin de garantizar el cumplimiento de la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Agraria ANEXO REQUISITOS ZOOSANITARIOS PARA LA IMPORTACION DE SEMEN CONGELADO DE BOVINO PROCEDENTE DE MEXICO El semen de bovino estara amparado por un Certificado Zoosanitario, expedido por la Autoridad Oficial de Sanidad Animal de Mexico, en el que conste el cumplimiento de los siguientes requisitos: Que: 1. El Centro de Inseminacion Artificial donde se hayan alojados el genitor o los genitores esta debidamente autorizado por el SENASICA-SAGARPA y cumple con las normas sanitarias recomendadas por la O.I.E. para la exportacion. 2. Mexico es libre de FIEBRE AFTOSA sin vacunacion, PESTE BOVINA, DERMATOSIS NODULAR CONTAGIOSA, FIEBRE DEL MORDAZA DEL RIFT y ENFERMEDAD DE IBARAKI. 3. El semen de bovino proviene de un Centro de Inseminacion habilitado por el SENASA-Peru, que hubiere sido tomado, manipulado y almacenado conforme a lo dispuesto en el Codigo Sanitario para los Animales Terrestres de la OIE vigente; y que los bovinos donantes hayan permanecido al menos seis (6) meses en la MORDAZA de ubicacion del centro de inseminacion. 4. El centro de inseminacion de los cuales proviene el semen, es supervisado por el SENASICA-SAGARPA. 5. Los bovinos reproductores donantes, han permanecido en un Centro de Inseminacion Artificial en el que todos los animales esten oficialmente libres de TUBERCULOSIS BOVINA, LEUCOSIS BOVINA ENZOOTICA. 6. Todos los genitores del Centro de Inseminacion Artificial han resultado negativos a las pruebas diagnosticas realizadas cada 12 meses, por lo menos, para las siguientes enfermedades: TUBERCULOSIS BOVINA : Intradermorreaccion con tuberculina bovina PPD en la tabla del cuello : Prueba del Antigeno Brucella Tamponado o MORDAZA Competitiva.

- Una (01) prueba serologica de MORDAZA competitiva; o - Una (01) prueba de Inmunodifusion en MORDAZA Gel Realizada entre los veintiocho (28) y sesenta dias posteriores a la toma de semen para exportacion. O b. El genitor o los genitores han resultado negativos a: - Dos (2) pruebas de Aislamiento del virus, tomadas al MORDAZA y al final del periodo de la toma del semen, con intervalos no menores de siete (7) dias; o - Dos (2) pruebas de PCR, realizadas a partir de sangre, tomadas al MORDAZA y al final del periodo de la toma del semen cada veintiocho (28) dias. 11. LEUCOSIS BOVINA ENZOOTICA. a) Los bovinos reproductores han resultado negativo a: - Dos (2) pruebas de Inmunodifusion en Gel Agar; o - Dos (2) pruebas de MORDAZA indirecta; o - Dos (2) pruebas de MORDAZA de bloqueo o Competitiva. Tomadas a partir de muestras sanguineas, la primera no menor a treinta dias anteriores a la fecha de la toma de semen y la MORDAZA no menor a los 90 dias siguientes a la fecha senalada; O b) Si el MORDAZA que proporciono el semen tiene menos de dos (2) anos de edad, su MORDAZA uterina debio ser serologicamente negativa a: - Inmunodifusion en Gel Agar; o - MORDAZA indirecta; o - MORDAZA de bloqueo o Competitiva. 12. RINOTRAQUEITIS BOVINA INFECCIOSA/VULVO VAGINITIS BOVINA PUSTULOSA a. Si se desconoce la condicion serologica del donador o si el reproductor donante fue seropositivo, una parte alicuota de cada toma de semen MORDAZA de congelarlo, han resultado negativos a: - Una (1) prueba de Aislamiento mediante dos (2) pasajes de huevos embrionados de pollo o de oveja; o - Identificacion del virus por PCR; o - Aislamiento mediante linea celular de bovino (3) pasajes O b. Los bovinos reproductores donantes han resultado negativos a: - Una (01) prueba de Neutralizacion del virus con un periodo de incubacion de la mezcla suero-virus por veinticuatro (24) horas; o - Una (01) prueba de MORDAZA de bloqueo; o - Una (01) prueba gE ELISAs para bovinos vacunados con vacuna marcadora. Efectuadas a partir de una muestra sanguinea tomada con un plazo minimo de veintiun (21) dias despues de la toma de semen. 13. DIARRREA VIRAL BOVINA: Dentro de los veintiocho (28) MORDAZA de la toma de semen, dieron resultado negativo a:

BRUCELOSIS

CAMPILOBACTERIOSIS GENITAL y TRICOMONIASIS : Cultivo de semen y muestras prepuciales 7. En el momento de la coleccion del semen, los toros donadores se encontraban libres de evidencia de alguna enfermedad infectocontagiosa y parasitaria, incluyendo RINOTRAQUEITIS INFECCIOSA BOVINA (IBR),

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