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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 10 de marzo de 2009 392094 a la adquisición y/o expropiación de los terrenos necesarios para la ampliación del citado aeropuerto internacional y al cofi nanciamiento por parte del Estado en la concesión de los aeropuertos de provincia, constituyéndose el Contrato de Fideicomiso correspondiente el 5 de enero de 2007; Que, el 11 de diciembre de 2006 se suscribió el Contrato de Concesión del Primer Grupo de Aeropuertos de Provincia entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en calidad de Concedente y la empresa Aeropuertos del Perú S.A. en calidad de Concesionario; el mismo que establece la obligación del concedente de pagar a favor del concesionario un monto trimestral denominado Cofi nanciamiento a través del fi deicomiso constituido entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en calidad de Fideicomitente y la Corporación Financiera de Desarrollo S.A (COFIDE) en calidad de Fiduciario; Que, la Corporación Financiera de Desarrollo S.A (COFIDE) ha reportado un saldo en el Fideicomiso de administración de recursos concertado con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, al cierre del año 2008, por CIEN MILLONES SESENTA Y TRES MIL SEIS CIENTOS SESENTA Y 00/100 Dólares Americanos (U.S. $ 100 063 660,00); Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones continuará durante el año 2009: i) con la ejecución de acciones de expropiación de terrenos adyacentes al Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez” y ii) con el cofi nanciamiento de la concesión del Primer Grupo de Aeropuertos de Provincia; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final, de la Ley Nº 29291 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, establece que los recursos provenientes de concesiones que se orienten a fi nanciar obligaciones previstas en los contratos de concesión o gastos imputables, directa o indirectamente a la ejecución de los mismos, se incorporan en los presupuestos institucionales respectivos, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector respectivo; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la incorporación en el Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2009, vía Crédito Suplementario, de una parte del saldo de la retribución del concesionario del Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez” que existe en el Fideicomiso MTC-COFIDE, los que serán destinados a la ejecución de acciones de expropiación de los terrenos adyacentes al Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez” y al cofi nanciamiento de la concesión del Primer Grupo de Aeropuertos de Provincia; De conformidad con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final, de la Ley Nº 29291 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; DECRETA: Artículo 1º.- Autoriza incorporación de recursos Incorpórese, vía Crédito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 289 550 461,00), para la ejecución de acciones de expropiación de los terrenos adyacentes al Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez” y el cofi nanciamiento de la concesión del Primer Grupo de Aeropuertos de Provincia, de acuerdo al siguiente detalle: (En Nuevos Soles) INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS 289 550 461,00 TOTAL INGRESOS 289 550 461,00 =========== (En Nuevos Soles) EGRESOS SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCIÓN 15 : Transporte PROGRAMA FUNCIONAL 032 : Transporte Aéreo SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0061 : Infraestructura Aeroportuaria ACTIVIDAD 1041603 : Concesiones Aeroportuarias FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS CATEGORIA DEL GASTO GASTO CORRIENTE 3.BIENES Y SERVICIOS 30 225 000,00 PROYECTO 2044721 : Concesiones Aeroportuarias FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS CATEGORIA DEL GASTO GASTO DE CAPITAL 6.ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 259 325 461,00 TOTAL EGRESOS 289 550 461,00 ============ Artículo 2º.- Codifi caciones La Ofi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces del Pliego comprendido en el presente Crédito Suplementario, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 3º.- Notas de Modifi cación Presupuestaria La Ofi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces del Pliego instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de marzo del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 321263-3 Autorizan viaje de funcionario del OSCE a la República de Corea para participar en la Primera Ronda de Negociaciones para un Tratado de Libre Comercio RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 030-2009-EF Lima, 9 de marzo de 2009 Visto el Ofi cio Nº 20-2009/PRE-SGE, del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado - OSCE -, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, del 16 al 20 de marzo de 2009, se desarrollará en la ciudad de Seúl, República de Corea, la Primera Ronda de Negociaciones para un Tratado de Libre Comercio entre Perú y Corea; Que, mediante Facsímil Circular Nº 010-2009- MINCETUR/VMCE, el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, solicita la participación de funcionarios del OSCE, en la mesa de negociación que corresponde al Capítulo de Contratación Pública, a llevarse a cabo los días 19 y 20 de marzo de 2009; Que, en tal sentido, el OSCE ha designado al señor Mario Fabricio Arteaga Zegarra, Coordinador de Asuntos Internacionales, para que participe en la mencionada mesa de negociación; Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, es necesario autorizar el viaje del referido funcionario, debiendo el OSCE asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes, viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto (TUUA);