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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de marzo de 2009 392625 de Amazonas, ante la Asociación Nacional de Gobiernos Regionales. La sola actuación del Vicepresidente hará presumir la ausencia o impedimento del Presidente. Cuarto.- Las facultades señaladas se entienden con carácter enunciativo, no pudiéndose considerar insufi ciente el poder otorgado a los señores OSCAR RAMIRO ALTAMIRANO QUISPE y JULIO DAVID SAGASTEGUI JAUREGUI, para el ejercicio de la representación conferida ante la Asociación Nacional de Gobiernos Regionales. Quinto.-Se deja establecido que los poderes otorgados mantienen vigencia en tanto las personas indicadas ejerzan los cargos de Presidente y Vicepresidente respectivamente, del Gobierno Regional de Amazonas. POR TANTO: Ordeno se registre, publique y cumpla. JOSÉ SANTOS RAMÍREZ ZEGARRA Consejero Delegado Consejo Regional de Amazonas 323814-1 GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos del Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado ORDENANZA REGIONAL Nº 032-2008-GRMDD/CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS POR CUANTO El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaría llevada a cabo el 18 y 19 de noviembre del año 2008, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos es un documento de gestión que uniforma, reduce, simplifi ca y unifi ca la información relativa al trámite de la solicitud que el administrado presenta a la entidad en el ejercicio de su derecho de petición; siendo de carácter descriptivo e informativo, orientador de los agentes económicos y administrados en general, sobre los procedimientos y servicios administrativos que presten los diferentes órganos de la entidad. Que, la Unidad Ejecutora 401 Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado, ha cumplido con remitir su Texto Único de Procedimientos Administrativos al Gobierno Regional de Madre de Dios, para su respectivo trámite de aprobación. Que, mediante el Informe Nº063 – 2008 – GOREMAD/ GRPPYAT – SGDIEI, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática, emite opinión técnica favorable para su aprobación, el mismo que hace suyo la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a través del Memorando Nº304 – A – 2008 – GOREMAD / GRPPYAT. Que, mediante Opinión Legal Nº 042 – A – 2008 – GOREMAD / OAJ, con la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable para la aprobación del presente documento de gestión y remite al Consejo Regional para los fi nes pertinentes. Que, mediante Dictamen Nº 04 – A – 2008 – GOREMAD / CSPDSSCYDC, la Comisión Ordinaria de Salud, Población, Desarrollo Social, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil del Consejo Regional, emite opinión favorable para la correspondiente aprobación. Que, el Consejo Regional, en pleno, en sesión ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio unánime de los Consejeros Regionales ha considerado necesario aprobar el Dictamen referido en el considerando precedente y por ende el documento de gestión denominado Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA 2008), la Unidad Ejecutora 401, Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado. Que, de conformidad con el Art. 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la Organización y la Administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR, el Dictamen Nº 04 – A – 2008 – GOREMAD/CSPDSSCYDC, de la Comisión Ordinaria de Salud, Población, Desarrollo Social, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil. Consecuentemente, APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA 2008) de la Unidad Ejecutora 401 Hospital Santa Rosa de Puerto Maldonado, el mismo que en anexo forma parte de la siguiente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DEJAR, sin efecto alguno toda disposición o norma legal en cuanto se contraponga a lo dispuesto a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios, para su promulgación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil ocho. SANTOS KAWAY KOMORI Presidente Regional 324189-1 Declaran en situación de emergencia la Región Madre de Dios ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 02-2009-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo el 19 de enero del 2009, aprobó el siguiente Acuerdo Regional. CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo 15º, inciso a) y artículo 39º de la precitada ley. Que, mediante Ofi cio Nº 001-2009-CRDC/P, el Ing. Ángel Víctor Trigoso Vásquez, Vicepresidente del Gobierno Regional de Madre de Dios y Presidente del Comité Regional de Defensa Civil, comunica a la Presidencia