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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2009 (18/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de marzo de 2009 392612 Delegan a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país la facultad de celebrar convenios de cooperación interinstitucional con entidades públicas y privadas, a fin de recibir donaciones o cesiones de uso de bienes muebles e inmuebles RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 062-2009-CE-PJ Lima, 03 de marzo de 2009 VISTO: El Ofi cio N° 041-2009-ERR-CE/PJ, cursado por el señor Consejero Enrique Rodas Ramírez; y; CONSIDERANDO: Primero: Que, conforme lo establece el artículo 82°, inciso 21, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, este Órgano de Gobierno está facultado para celebrar toda clase de convenios de cooperación con entidades nacionales o extranjeras, para asegurar el fi nanciamiento de sus programas y el cumplimiento de sus fi nes; Segundo: Es así que se viene aprobando convenios interinstitucionales con diversas instituciones públicas y privadas, nacionales e internacionales, dentro de los cuales se han incluido la cesión en uso o donación de terrenos a favor del Poder Judicial; Tercero: La Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, en su Quincuagésima Sétima Disposición Final autoriza a los Gobiernos Regionales y Locales a transferir partidas presupuestales, así como bienes muebles e inmuebles, a título gratuito u oneroso a favor del Poder Judicial y a celebrar Convenios de Cooperación Interinstitucional; Cuarto: En tal sentido, en aras de propiciar la donación de bienes muebles e inmuebles en las Cortes Superiores de Justicia del país, con la fi nalidad de brindar cada vez un mejor servicio de impartición de justicia, resulta pertinente dictar las medidas orientadas a la desconcentración administrativa, en esta materia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención de los señores Consejeros Antonio Pajares Paredes y Javier Román Santisteban por encontrarse de vacaciones y haberse excusado de asistir, respectivamente, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Delegar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país la facultad de celebrar convenios de cooperación interinstitucional con entidades públicas y privadas, con la fi nalidad de recibir donaciones o cesiones de uso de bienes muebles e inmuebles por parte de Gobiernos Regionales y Locales. Para tal efecto se deberá observar la normatividad legal pertinente, así como las prohibiciones a que hubiere lugar. Artículo Segundo.- Los convenios sucritos serán puestos en conocimiento inmediatamente al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; así como a la Gerencia General, para su registro y demás fines pertinentes. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, cuando sea requerida, brinde asesoramiento legal y técnico respectivo. Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Ofi cina de Inspectoría General y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes.- Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.- SS. JAVIER VILLA STEIN SONIA TORRE MUÑOZ WALTER COTRINA MIÑANO ENRIQUE RODAS RAMIREZ 324792-2 Prorrogan funcionamiento del Primer, Segundo y Tercer Juzgados Especializados en lo Penal Transitorio, ubicados en la sede de la Corte Superior de Justicia de Arequipa RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 069-2009-CE-PJ Lima, 3 de marzo de 2009 VISTO: El Ofi cio N° 131-2009-P-CSJA (D13-CE), cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, este Órgano de Gobierno mediante Resolución Administrativa N° 208-2008-CE-PJ dispuso la creación, entre otros órganos jurisdiccionales, del Primer, Segundo y Tercer Juzgados Especializados en lo Penal Transitorio, por el plazo de seis meses, dentro del marco de implementación del Código Procesal Penal; Segundo: Al respecto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa hace de conocimiento que la Comisión Distrital de Descarga Procesal, acordó solicitar la prórroga del funcionamiento de los referidos órganos jurisdiccionales ubicados en la sede de dicho Distrito Judicial; Tercero: Que, la carga procesal de los mencionados juzgados penales a diciembre del año 2008, conforme al informe de la Sub Gerencia de Estadística del Poder Judicial, ha sido de 1,957, 495 y 2,413 expedientes, respectivamente; y su nivel de producción fue de 177, 198 y 215 procesos, respectivamente; de lo que se infiere existir aún procesos en trámite pendientes de resolver; Cuarto: De conformidad con lo previsto en el artículo 82º, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial está facultado para adoptar y demás medidas necesarias para que funcionen los órganos del Poder Judicial con celeridad y efi ciencia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del señor Consejero Walter Cotrina Miñano, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención de los señores Consejeros Antonio Pajares Paredes y Javier Román Santisteban por encontrarse de vacaciones y haberse escusado de asistir, respectivamente, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 30 de junio de 2009, el funcionamiento del Primer, Segundo y Tercer Juzgados Especializados en lo Penal Transitorio, ubicados en la sede de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, encargados de la liquidación de expedientes tramitados bajo el régimen procesal anterior.