Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2009 (18/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de marzo de 2009

Igualdad de Hombres y mujeres: "Impulsar en la sociedad, en sus acciones y comunicaciones, la adopcion de valores, practicas, actitudes y comportamientos equitativos..."; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2006MIMDES se aprueba el Plan Nacional de Igualdades de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006-2010, cuyo objetivo es promover el desarrollo del MORDAZA mediante la participacion equitativa de varones y mujeres eliminando las brechas de genero mediante acciones afirmativas en la salud, educacion, empleo, participacion politica, en un MORDAZA de respeto por los derechos humanos; Que, el Articulo 5 de la Convencion sobre la Eliminacion de todas las Formas de Discriminacion contra la Mujer ­ CEDAW, hace alusion a la necesidad de tomar medidas para modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres con miras de alcanzar la eliminacion de los prejuicios, practicas consuetudinarias y de cualquier otra indole que esten basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres; Que, el Articulo 6 Inciso a) de la Convencion para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer ­ Convencion Belem Do Para, establece el derecho de toda mujer a una MORDAZA libre de violencia, incluye entre otros el derecho a ser libre de toda forma de discriminacion y el derecho de la mujer a ser valorada y educada libre de patrones estereotipados de comportamiento, de practicas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad y subordinacion; Que, el Articulo 43 de la Carta MORDAZA de la OEA plantea como tema prioritario la proteccion de las mujeres contra la discriminacion, tanto en la esfera publica como la privada, con miras a garantizar sus derechos humanos y de manera particular los derechos a la MORDAZA, la integridad y la seguridad personal, la MORDAZA personal, la participacion politica, el trabajo, la salud y el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos, la seguridad social, la vivienda adecuada, la educacion, la propiedad y la participacion la MORDAZA economica de la sociedad y el acceso a recursos legales y administrativos frente a la violacion de sus derechos; Que, de conformidad con lo dispuesto con los literales c, f y g del articulo 60 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales son funciones de los Gobiernos Regionales en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades; "Formular politicas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevencion de la violencia politica, familiar y sexual; promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades", "formalizar y ejecutar politicas orientadas a la ejecucion en el ambito de su jurisdiccion"; Que, de conformidad con lo establecido en el Art. 29-A, Inc. 2 de la Ley MORDAZA referida, son funciones especificas de la Gerencia Regional de Desarrollo Social de los Gobiernos Regionales "ejercer las funciones especificas regionales de educacion, cultura, ciencia y tecnologia, recreacion, deportes, salud, vivienda, trabajo, promocion del empleo, pequena y microempresa, poblacion, saneamiento, desarrollo social e igualdad de oportunidades"; Que, en ocasion de celebrarse el 08 de Marzo el Dia Internacional de la Mujer, es necesario establecer las disposiciones especificas en cuyo MORDAZA deberan implementarse las actividades orientadas a sensibilizar a la poblacion en general sobre la importancia de promover acciones a favor de la igualdad entre mujeres y varones, en el MORDAZA de los derechos humanos que la Constitucion del Peru confiere. Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas mediante Acuerdo Nº 023 de Sesion Ordinaria de fecha 12 de Febrero del 2009; y estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 28º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales: Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.Aprobar la Directiva que IMPLEMENTA LAS ACTIVIDADES CELEBRATORIAS EN EL MES DE MARZO POR EL DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER, en la Region Amazonas. Articulo Segundo.- Constituir una Comision Multisectorial Regional, integrada por representantes

del Sector Publico, Sector Privado y representantes de la Sociedad Civil organizada, encargada de proponer, coordinar y ejecutar la implementacion de las actividades celebratorias a desarrollarse durante el mes de Marzo de cada ano. La Comision debera informar a la Presidencia del Gobierno Regional y al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, la programacion y cumplimiento de las actividades celebratorias, al finalizar las mismas. Articulo Tercero.- La Comision Multisectorial Regional, estara conformada por: - Un/a representante del Gobierno Regional, quien la presidira; - Un/a representante del Gobierno Local, quien ejercera la Secretaria Tecnica. - Un/a representante del MIMDES en la Region. - Un/a representante del Sector Publico (Ministerio de Salud, Educacion, Trabajo, etc.). - Un/a representante del Sector Privado. - Un/a representante de la Sociedad Civil organizada. - Un/a representante de las OSB´s. Articulo Cuarto.- Disponer que, a partir del Ejercicio Presupuestal 2009, el Gobierno Regional de Amazonas, a traves de todos sus organos, incorporen en la planificacion y ejecucion de sus Planes Operativos Institucionales, acciones o medidas que contribuyan a garantizar la promocion a la igualdad de oportunidades con equidad de genero. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Amazonas, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Articulo Sexto.- Recomendar a los Gobiernos Locales, de acuerdo a sus funciones y competencias exclusivas, compartidas y delegadas conforme a ley, la implementacion de la presente Ordenanza Regional, en sus respectivas jurisdicciones. Articulo Septimo.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y la Pagina Web del Gobierno Regional Amazonas.. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 12 dias del mes de Febrero del ano 2009. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZEGARRA. Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Amazonas, a los 12 dias del mes de Febrero del 2009. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de Amazonas 323812-1

Declaran de interes regional la promocion, desarrollo y puesta en valor del Circuito Integral Turistico Kuelap
ORDENANZA REGIONAL Nº 229 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional de la Region Amazonas, de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru del 1993 modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV

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