Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2009 (19/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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que consta de dos volumenes de ciento veintiseis (126) y veintiocho (28) folios, respectivamente, los cuales forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Encargar la supervision y cumplimiento del mismo a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de acuerdo a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Tecnologia de la informacion realizar las acciones que correspondan a su competencia respecto a la presente ordenanza, debiendo publicar el texto completo de la misma en el MORDAZA institucional de la Municipalidad de La MORDAZA www.munilavictoria.gob.pe . Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA

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Aprueban inicio del MORDAZA del Presupuesto Participativo 2010 de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 076-2009/MLV
La MORDAZA, 27 de febrero de 2009 El CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: VISTO; en sesion extraordinaria de la fecha el Dictamen Nº 002-CPDSC-CPAFSFC-CPPPAL/MDLV, emitido por las Comisiones Permanentes de Desarrollo Social y Cultura, de Administracion, Finanzas, Sistemas, Fiscalizacion y Control, y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y ; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 27680 "Ley de Reforma Constitucional" las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion ­ en su Articulo 17.1 dispone que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos en la Gestion Publica; Que, el articulo 53º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­, establece que las Municipalidades se rigen por Presupuestos Participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados de su jurisdiccion; Que, en concordancia con lo indicado el articulo 37º de la citada ley establece que los presupuestos participativos tienen caracter orientador de la inversion, asignacion y ejecucion de los recursos municipales, debiendo ser aprobados por el Concejo Municipal; Que, la Decimo Sexta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, prescribe que las Municipalidades regulan mediante Ordenanza los mecanismos de aprobacion de sus Presupuestos Participativos; Que, la Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo ­, reglamentada por Decreto Supremo Nº 171-2003EF, establece disposiciones para asegurar la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de Programacion Participativa del Presupuesto, el cual se desarrolla en MORDAZA con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Locales; Que, el "Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 para el MORDAZA del Presupuesto Participativo" aprobado por Resolucion Directoral Nº 021-2008-EF/76.01, establece disposiciones en MORDAZA con la MORDAZA Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 171-2003-EF ­ Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo ­; y que cuenta con vigencia permanente de acuerdo al comunicado Nº 026-2008-EF/76.01; Que, de conformidad con las disposiciones contenidas en el articulo 7º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los Consejos de Coordinacion Local Distrital, son organos de coordinacion y concertacion de las Municipalidades Distritales, estableciendo en el articulo 104º de la misma MORDAZA, las funciones de coordinacion y

participacion en la Programacion del Presupuesto Participativo y la Planificacion del Desarrollo Concertado, rigiendose por Reglamento aprobado por Ordenanza Municipal segun lo establece el Articulo 105º de la misma Ley; Que, conforme a lo senalado en el Articulo 9º numeral 14) de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal tiene la atribucion de aprobar normas que garanticen una efectiva participacion vecinal; Que, en este contexto, resulta necesario reglamentar la participacion de los representantes de la Sociedad Civil, sus responsabilidades, obligaciones y derechos, para el desarrollo de las acciones del MORDAZA del Presupuesto Participativo para los anos siguientes. Que el Equipo Tecnico de la Municipalidad de La MORDAZA estara conformado por el Gerente de Planeamiento y Presupuesto quien lo preside y profesionales de distintas areas de la corporacion que brindaran soporte tecnico al MORDAZA del Presupuesto Participativo. Contando con la visacion de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto asi como de la Gerencia de Asesoria Juridica y estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º y del articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972 ­, el Concejo Distrital de La MORDAZA con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, por unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL INICIO DEL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2010 DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA Articulo Primero.- Dar por iniciado el MORDAZA del Presupuesto Participativo de la Municipalidad de La Victoria. Articulo Segundo.- Aprobar el Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo, que consta de siete (7) capitulos, dieciocho (18) articulos y dos (2) disposiciones finales, el mismo que en Anexos 1, 2 y 3 forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Tecnologia de la informacion realizar las actividades que correspondan de acuerdo a su competencia respecto a la presente Ordenanza, debiendo publicar el texto completo de la misma en el MORDAZA institucional de la Municipalidad de La MORDAZA www.munilavictoria.gob.pe. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano. Articulo Sexto.- Deroguese todo dispositivo que se oponga a la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA

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Delegan en el Gerente Municipal la facultad en materia presupuestal para aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico
RESOLUCION Nº 079-2009-ALC/MLV
La MORDAZA, 25 de febrero de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28112 ­ Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico ­ a traves del articulo 11º establece que el Sistema Nacional de Presupuesto es el conjunto de organos, normas y procedimientos que conducen el MORDAZA presupuestario de todas las entidades y organismos del Sector Publico en sus fases de programacion, formulacion, aprobacion, ejecucion y evaluacion, en concordancia con el articulo 77º de la Constitucion Politica del Peru, y en los cuales se MORDAZA la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto ­; Que, la Ley Nº 29289 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 2009 ­ y la Directiva para la Ejecucion del MORDAZA Presupuestario para el ano 2009 y sus modificatorias, estipulan los lineamientos que deben seguir los organismos del sector publico para estos efectos;

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