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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de mayo de 2009 395512 Subsecretaría de Servicios de Asesoramiento de la JID por dos años; Que, con Ofi cio Nº 2878 VPD /B /01.a del 09 de Setiembre de 2008, la Dirección General de Asuntos Internacionales del Ministerio de Defensa propuso ante el Consejo de Delegados de la JID, como candidato al precitado cargo al Coronel EP Walter Octavio SUAREZ GOMEZ; y con Informe Nº 116 DP-JID del 18 de Septiembre de 2008, el General Jefe de la Delegación del Perú ante la JID, comunicó que el mencionado Ofi cial Superior había sido elegido como producto de Acto Electoral en el que participaron los Jefes de Delegación de los países acreditados ante la JID; Que, en el orden de ideas antes expuesto, en atención a Políticas de Estado relacionadas con la Seguridad y Defensa, así como los compromisos asumidos por nuestro país; resulta conveniente autorizar el viaje en Comisión de Servicio del Crl EP Walter Octavio SUAREZ GOMEZ, para que asuma el cargo de Sub Director de la Subsecretaría de Servicios de Asesoramiento de la JID (Estado Mayor JID), del 8 de mayo de 2009 al 7 de Mayo de 2011, por cuanto las experiencias a adquirirse en esta institución del más alto nivel hemisférico redundarán en benefi cio de la seguridad nacional; Que, el citado Viaje se encuentra considerado en el Anexo 1 del Plan Anual de Viajes del Sector Defensa AF-2009, Rubro 3.- Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento), Item Nº 11, aprobado con Resolución Suprema Nº 028-2009 DE/SG del 19 de enero de 2009; Que, el período de duración de la citada Comisión es de 24 meses, que incluyen los Años fi scales 2009, 2010 y 2011, por lo que el pago correspondiente al período comprendido entre el 08 de mayo al 31 de diciembre de 2009, se efectuará con cargo al presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, para el pago en los períodos fi scales subsiguientes se emitirán las resoluciones correspondientes, con cargo a los respectivos presupuestos fi scales; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004 - DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicio, a la ciudad de Washington DC - Estados Unidos de América, al Coronel EP Walter Octavio SUAREZ GOMEZ, con DNI 44358469 y CIP 109882900, del 8 de mayo 2009 al 7 de Mayo de 2011, para desempeñar las funciones de Sub Director de la Subsecretaría de Servicios de Asesoramiento de la Junta Interamericana de Defensa (Estado Mayor JID). Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, realizará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes Aéreos (ida)Lima – Washington DC-EEUU (Clase Económica) US$ 1,437.00 x 4 personas - Compensación Extraordinaria por servicio en el extranjero: Año fi scal 2009 US$ 3.050.00 / 31 x 24 días x 1 persona (8 – 31 Mayo 2009) US$ 3.050.00 x 7 meses x 1 persona (Junio – Diciembre 2009) - Gastos de traslado (ida): US$ 3,050.00 x 2 compensaciones extraordinarias - Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 31.00 x 4 personas Para los gastos que se irroguen en el ejercicio fi scal 2010 y 2011, la Unidad Ejecutora 003 Ejército del Perú, tomará las previsiones respectivas con cargo a sus partidas presupuestales. Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 5º.- El mencionado personal militar revistará en la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, por el período que dure la Comisión de Servicio. Artículo 6º.- El citado personal militar deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004 – DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 345188-12 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 a favor de los Gobiernos Regionales que culminaron el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de población, desarrollo social e igualdad de oportunidades durante el Año Fiscal 2008 DECRETO SUPREMO Nº 102-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 188º de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una política permanente del Estado, de carácter obligatorio, cuyo proceso se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que las transferencias de funciones, programas y organismos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales, comprenden el personal, el acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad o dominio de los bienes correspondientes; asimismo, establece que las transferencias de recursos serán aprobadas por Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, la Septuagésima Primera Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, precisa que los créditos presupuestarios que no hayan sido programados en el Presupuesto del Año 2009 en los pliegos de destino de