Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2009 (07/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2009

EDUCACION
Crean el Comite Central de Control Interno del Sector
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0126-2009-ED MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2009 Vistos, el Memorandum Nº 138-2009-ME/SG, el Oficio Nº 194-2009-OCI, con el que se solicita adoptar acciones para la Implementacion del Sistema de Control Interno en el Ministerio de Educacion; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28716, "Ley de Control Interno de las Entidades del Estado", tiene por objeto establecer las normas para regular la elaboracion, aprobacion, implementacion funcionamiento, perfeccionamiento y evaluacion del control Interno en las entidades del Estado; Que, el Sistema de Control Interno es el conjunto de acciones, actividades, planes, politicas, normas registros, organizacion, procedimientos y metodos incluyendo la actitud de la autoridad y el personal organizado e instituido en cada entidad del Estado, para la consecucion de los objetivos determinados en el articulo 4º de la Ley Nº 28716; Que, mediante Resolucion de Contraloria General Nº 458-2008.CG, se aprobo la "Guia para la Implementacion del Sistema de Control Interno de las Entidades del Estado", como documento orientador para la gestion publica y control gubernamental; Que, la citada Resolucion de Contraloria, establece un plazo MORDAZA de veinticuatro (24) meses para la implementacion del Sistema de Control Interno a partir del dia siguiente de su publicacion, la que se dio el 30 de octubre del ano proximo pasado, e impone la emision de 2 informes, el primero al termino de los doce meses, el cual debera senalar los avances logrados y el MORDAZA se emitira al termino de los siguientes 24 meses; ambos informes deberan ser remitidos al Organo de Control Institucional de la entidad o a la Contraloria General de la Republica en caso de no contar con OCI; Que, igualmente, se dispone en el numeral 1.1 de la normativa acotada, que "es importante que el Titular y la Alta Direccion se comprometan formalmente en la implementacion del Sistema de Control Interno, asi como velar por su eficaz funcionamiento, para ello se sugiere que las entidades cuenten con un documento que evidencie dicho compromiso en relacion con el MORDAZA de implementacion, para lo cual se sugiere elaborar un Acta de Compromiso, asi como la designacion formal de los responsables; acto seguido en el numeral 1.1.1 se senala que la Alta Direccion debera suscribir y difundir en toda la entidad el Acta de Compromiso (...) El Acta debera incluir la conformacion de un Comite encargado de dirigir la adecuada implementacion del Sistema de Control Interno; Que, dicho Comite estara encargado de la implementacion del Sistema de Control Interno que asegure razonablemente su efectivo funcionamiento conforme a los parametros establecidos en la Guia para la Implementacion del Sistema de Control Interno de las entidades del Estado; Que, para el logro de los objetivos funcionales de nuestra entidad se hace necesario constituir el Comite indicado para el cumplimiento de las labores de implementacion del sistema de control interno; Por las consideraciones expuestas y actuando de conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y por la facultad conferida por el inciso r) del Articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modificatorias; asi como por la Ley Nº 28716 y la Resolucion de Contraloria General Nº 4582008-CG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Crear en el Ministerio de Educacion el Comite Central de Control Interno del Sector, que tendra la funcion de supervisar y regular las acciones y actividades de los Comites a los que se refiere el siguiente articulo,

para la adecuada implementacion del Sistema de Control Interno y su eficaz funcionamiento, cuyos integrantes seran los siguientes funcionarios: El Viceministro de Gestion Institucional, quien la presidira. El Viceministro de Gestion Pedagogica. El Secretario General. El Jefe del Organo de Control Institucional, como veedor. El Comite tendra como funciones fundamentales las siguientes: 1. Desarrollar el diagnostico actual del Control Interno dentro de la entidad. 2. Desarrollar el cuadro de necesidades propuesto dentro del diagnostico de control interno. 3. Proponer la estimacion de los recursos necesarios para la implementacion del cuadro de necesidades. 4. Informar a la Alta Direccion sobre los avances realizados en materia de implementacion de control interno. 5. Coordinar con todas las areas de la Entidad aspectos pertinentes a la implementacion del control interno Articulo 2º.- Disponer que los titulares de las Unidades Ejecutoras 001 UGEL 01 San MORDAZA de Miraflores, 002 UGEL MORDAZA, 003 UGEL 03 Cercado, 004 UGEL 04 Comas, 005 UGEL 05 San MORDAZA de Lurigancho, 006 UGEL 06 Vitarte, 007 UGEL 07 San MORDAZA, 017 Direccion Regional de Educacion de MORDAZA Metropolitana, 020 Conservatorio Nacional de Musica, 021 Escuela Nacional de Bellas Artes, 022 Instituto Pedagogico Nacional de Monterrico, 023 Escuela Nacional Superior de Folklore "Jose MORDAZA Arguedas", 024 Ministerio de Educacion ­ Sede Central, 026 Programa Educacion Basica para Todos, 108 Programa Nacional de Infraestructura Educativa, 109 Programa de Movilizacion Nacional para la Alfabetizacion, 110 Complejo Arqueologico de Chan Chan, 111 Naylamp ­ MORDAZA, 112 Programa Nacional de Formacion y Capacitacion Permanente, 113 APROLAB II y Organismos Publicos Descentralizados, a mas tardar a los 15 dias calendario de expedida la presente Resolucion Ministerial con sus funcionarios de mayor nivel jerarquico crearan su Comite de Control Interno de cuatro integrantes y como veedor al OCI, que se encargara de ejecutar las acciones necesarias para la adecuada implementacion del Sistema de Control interno y su eficaz funcionamiento en su ambito. Articulo 3º.- Disponer que los Comites a los que se refiere el articulo precedente reporten al Comite Central de Control Interno, el resultado de todas las acciones, hasta 30 dias calendario, MORDAZA de los plazos a los que se refiere el articulo 2º de la Resolucion de Contraloria Nº 458-2008-CG. El Comite Central a su vez, se encargara de consolidar y sistematizar la informacion recibida, para informar al Despacho Ministerial, con 15 dias de anticipacion al vencimiento de los plazos senalados. Articulo 4º.- Disponer que todos los Comites dentro del plazo de 15 dias calendario de creados, remitan al Despacho Ministerial, con MORDAZA al OCI del Ministerio de Educacion, el cronograma de sus acciones, que comprendera las fases de planificacion, ejecucion y evaluacion, para implementar el Sistema de Control Interno en su correspondiente ambito. Articulo 5º.- Disponer que el Comite Central de Control Interno en coordinacion con el Organo de Control Institucional del Ministerio de Educacion, se encarguen de verificar el cumplimiento de la presente Resolucion en el ambito del Sector Educacion, para lo cual estan autorizados de efectuar las acciones y emitir los documentos que permitan realizar dicha verificacion. Los Organos que conforman el Ministerio de Educacion, quedan obligados a prestar las facilidades, informacion y documentos que le MORDAZA requeridos por el Comite Central de Control Interno, el Comite de Control Interno de su Entidad, el OCI del Ministerio de Educacion y de su Entidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 345151-1

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