Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2009 (07/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2009

Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 345188-3

aprobada por el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, los Gobiernos Regionales pueden ejecutar proyectos de inversion publica formulados y declarados viables por los Gobiernos Locales o por las empresas pertenecientes a estos, a su solicitud, de acuerdo a lo dispuesto en los numerales 11.2 y 11.4 del articulo 11 de la Ley que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica, Ley Nº 27293 y modificatorias; y siempre que la localizacion geografica del proyecto este ubicada dentro de la circunscripcion territorial del Gobierno Regional respectivo. Articulo 3º.- De los proyectos cofinanciados Dispongase que, en el caso de las solicitudes de financiamiento para la ejecucion de proyectos de inversion en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 040-2009, los cuales requieran ademas de un cofinanciamiento con cargo al presupuesto institucional del Gobierno Regional, el referido Gobierno debe priorizar dicho cofinanciamiento en su Presupuesto Institucional y sus modificatorias del ano fiscal respectivo, segun corresponda. Tal cofinanciamiento solo puede ser efectuado con la fuente de financiamiento Recursos Determinados. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 345188-4

DECRETO DE URGENCIA Nº 058-2009 MODIFICAN EL DECRETO DE URGENCIA Nº 040-2009
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en el contexto de la crisis internacional es necesario que el Gobierno Nacional continue adoptando medidas orientadas a minimizar su impacto y apoyar el dinamismo de la economia nacional, con la finalidad de impulsar la inversion publica, principalmente en proyectos de infraestructura basica a ser ejecutados en todas la Regiones del pais; Que, en el MORDAZA del Plan de Estimulo Economico desarrollado por el Gobierno, se dicto los Decretos de Urgencia Nº 028-2009 y Nº 040-2009, los cuales contienen disposiciones destinadas a simplificar el acceso de los Gobiernos Regionales al financiamiento de proyectos de inversion a traves del endeudamiento publico durante el bienio 2009-2010; Que, a traves del Decreto de Urgencia Nº 040-2009, se aprobo una emision interna de bonos soberanos por el Gobierno Nacional para financiar proyectos de inversion publica, referidos a la ejecucion de obras de infraestructura para saneamiento (agua y desague), irrigacion, salud, transporte y energia, a cargo de los Gobiernos Regionales, estableciendose que tales proyectos deben ser declarados viables por la respectiva Oficina de Programacion e Inversion (OPI) de cada Gobierno Regional; Que, resulta necesario incluir dentro de los alcances del Decreto de Urgencia Nº 040-2009 a los proyectos de inversion de infraestructura para educacion, asi como dictar medidas referidas a los proyectos de inversion publica que pueden acceder al financiamiento con cargo a la emision interna de bonos soberanos aprobada por el Decreto de Urgencia Nº 040-2009; Que, es urgente dictar estas medidas extraordinarias y transitorias de caracter economico­financiero para mantener el dinamismo de la economia, a fin de minimizar el impacto que pueda generar la crisis internacional en el MORDAZA, toda vez que permitira financiar la ejecucion de proyectos de inversion publica cuyo impacto economico y social beneficia el dinamismo de la economia nacional; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Destino de los recursos provenientes de la emision interna de bonos soberanos. Incluyase dentro de los alcances de lo dispuesto en el Articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 040-2009 a los proyectos de inversion publica, referidos a la ejecucion de obras de infraestructura para educacion, a cargo de los Gobiernos Regionales. Articulo 2º.- Ejecucion de Proyectos por los Gobiernos Regionales. Dispongase que, con cargo a los recursos provenientes de la emision interna de bonos soberanos

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en el departamento de Ica, las provincias de Canete y Yauyos en el departamento de MORDAZA y las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y los distritos de Acobambilla y Manta de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica
DECRETO SUPREMO Nº 026-2009-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 076-2007-PCM, se declaro el estado de emergencia en el departamento de Ica y la provincia de Canete del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias naturales, debido a los fuertes sismos registrados en el MORDAZA el dia 15 de agosto de 2007; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 071-2007PCM se amplio la declaracion del estado de emergencia dispuesta por el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, incluyendo a las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y al distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica, y a los distritos de Huanec y Tupe de la provincia de Yauyos del departamento de Lima; Que, asimismo, mediante el Decreto Supremo Nº 0752007-PCM se amplio la declaracion del estado de emergencia,

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