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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MAYO DEL AÑO 2009 (27/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de mayo de 2009 396526 Informe Nº 060-2008-MPC-GGDU-GPUC-GOF-EEC de fecha 22 de mayo de los corrientes, se da cuenta que los administrados no han presentado Proyecto de Pistas y Veredas, Estudio de Suelos, Estudio de Impacto Vial y Estudio de Impacto Ambiental, por lo que mediante Expediente Nº 10801015 B de fecha 05 de mayo de 2008, han señalado que se encontrarían afectados por la Av. Enrique Meiggs cuya sección transversal de 45.00 ml, por lo que les corresponde una afectación vial de 852.31 m2, siendo el diseño de los módulos de vías principales por tanto no habiendo vía secundaria no se encontrarían obligados a diseñar y ejecutar la vía, solicitando se les exonere de tal presentación; Que, en cuanto a los aportes reglamentarios a que se encuentran obligados los administrados 49.96 m2 (1% ) para Parques Zonales y 99.92 m2 (2%) para Otros Fines, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edifi caciones (aprobado por D.S Nº 011-2006 VIVIENDA) han solicitado la redención en dinero del défi cit de aportes por no cumplirse con el lote mínimo normativo; y que respecto al Estudio de Impacto Ambiental y Vial, indican que el área de 5,848.57 m2, se encuentra desocupada y sin uso, y que la Asociación Peruana de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de Los Últimos Días ( ASPERSUD) propietaria del Sub-lote B ha adquirido el Sub-lote A-2, con el objeto de acumular posteriormente al Sub-lote indicado para implantarse una capilla destinada al culto religioso; asimismo en relación al Sub-lote A-1 y al área que sería destinada a vía local, quedará en poder de sus actuales propietarios, quienes no han decidido qué uso darles por lo que se mantendrá desocupado, y que los administrados han señalado que no les correspondería presentar tales estudios pues los predios serán destinados a proyectos menores, compatibles con la zonifi cación asignada y serán regulados por los trámites para el otorgamiento de licencia de obra y/o funcionamiento; Que, mediante Acuerdo Nº 010-2008 en Sesión Nº 005-2008 de fecha 29 de mayo de 2008, la Comisión Técnica Califi cadora de Habilitaciones Urbanas califi có de observado, señalando que si el uso a establecerse del Sub lote A-1 es de Industrial Elemental y Liviana - IEL, se deberá considerar una vía local secundaría de 7.20 ml, colindante al A.H. 3 de Octubre, hecho que origina la emisión de la Notifi cación Nº 005152 de fecha 30 de mayo de 2008; Que, posteriormente mediante Acuerdo Nº 012-2008 en Sesión Nº 006-2008 de fecha 29 de mayo de 2008, la Comisión Técnica Califi cadora de Habilitaciones Urbanas aprobó la redención en dinero de los aportes, califi cando de favorable la solicitud de aprobación de Habilitación Urbana Nueva, así como aprobó el plano de habilitación urbana en el que se consigna una vía local de mantenerse la actual zonifi cación de Industria Elemental Liviana - IEL la misma que se indica con una sección de 7.20 ml, por lo que se dispone el Sub lote A-1 con un área de 2,585.97 m2 y 410.29 m2, (esta última se considerará como vía local y conformaría la Prolongación de la Calle Morropón) de acuerdo a la zonifi caciòn actual de Industria Elemental y Liviana - IEL, en tanto no cuente con la aprobación respectiva del cambio de zonifi cación, asimismo los administrados se encuentran obligados a presentar la documentación técnica pertinente respecto a los proyectos de pista y veredas. Que, con Informe Nº 100-2008-MPC-GGDU-GPUC- GOF de fecha 18 de septiembre de 2008 se da cuenta que de acuerdo a la Valuación Comercial del área de aportes reglamentarios de la habilitación urbana elaborada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (enviada mediante Ofi cio Nº 1157-2008/ VIVIENDA-VMCS- DNC de fecha 05 de agosto de 2008) el valor comercial es de US$ 60.00 por m2, por lo que se emitió la orden de pago Nº 00805 de fecha 22 de agosto de 2008, por el monto de S/. 29,614.14 (VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS CATORCE CON 14/100 NUEVOS SOLES) la que ha sido cancelada mediante Recibo de Pago Nº 1587115-30063626 de fecha 10 de septiembre de 2008; Que, acorde a lo dispuesto en el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA que Aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, “las Comisiones Técnicas tienen como función la de pronunciarse, mediante dictámenes, sobre el cumplimiento de los requisitos y condiciones que deben cumplir los interesados en el procedimiento de Habilitación Urbana Nueva o de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada”. Solo si este dictamen es favorable la municipalidad emitirá resolución de aprobación, (Artículo 14º); Con el visto bueno de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro; y estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y Ley Nº 27444 - Ley Procedimiento Administrativo General, así como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26878 Ley General de Habilitaciones Urbanas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA, y en uso de la facultades conferidas a este Despacho por la Ordenanza Municipal Nº 038 del 10 de julio de 2008, concordada con la Resolución de Alcaldía Nº 334 del 21 de mayo de 2007; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR EL PROCESO DE HABILITACIÓN URBANA NUEVA para uso Industria Elemental Liviana (IEL), de tipo Convencional con una calidad mínima de obra tipo B, del inmueble denominado Sub Lote A de 5,848.57 m2, ubicado frente a la Av. Enrique Meiggs, Fundo La Chalaca, distrito y Provincia Constitucional del Callao, ubicado en la Provincia Constitucional del Callao, de propiedad de LASTENIA TERESA ALVAREZ MOLTENI DE VILLARREAL y otros debidamente inscrito en la Ficha Nº 53127 del Registro de Predios de la Ofi cina Registral Callao por los considerandos expuestos en la presente resolución. Artículo Segundo.- APROBAR para su inscripción registral el PLANO DE CÓDIGO Nº 013-2008-MPC-GGDU- GPUC que forma parte de la presente Habilitación Urbana, con el cuadro siguiente: ----------------------------------------------------------------------- Denominación Área (m2) ----------------------------------------------------------------------- - Área Total Bruta 5,848.57 - Sub lote A-1 2,585.97 - Area de vía local (solo en caso de mantenerse zonifi cación IEL) 410.29 - Sub lote A-2 2,000.00 - Área de Vía Av. Meiggs 852.31 ----------------------------------------------------------------------- Artículo Tercero.- CONSIDERAR, que el défi cit de los aportes reglamentarios que corresponden a los aportes de Parques Zonales de 49.96 m2 (1%) y Otros Fines de 99.92 m2 (2%) han sido redimidos en dinero, conforme lo señalado en los considerandos de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- DISPONER el cumplimiento de lo señalado en el Acuerdo Nº 012-2008 en Sesión Nº 006- 2008 de fecha 29 de mayo de 2008, por la Comisión Técnica Calificadora de Habilitaciones Urbanas respecto a la obligación de los propietarios de considerar una vía local de mantenerse la actual zonificación de Industria Elemental Liviana - IEL, con una sección de 7.20 ml, por lo que se dispone el Sub lote A-1 con un área de 2,585.97 m2 y 410.29 m2, (esta última se considerará como vía local y conformaría la Prolongación de la Calle Morropón) de acuerdo a la zonificaciòn actual de Industria Elemental y Liviana - IEL, encontrándose obligados a presentar la documentación técnica pertinente respecto a los proyectos de pista y veredas conforme a lo señalado en los considerandos de la presente resolución. Artículo Quinto.- DISPONER que los propietarios del predio presenten el estudio de pavimentos que correspondería a la vía local otorgándole un plazo máximo de 30 días útiles contados a partir de su notifi cación. Artículo sexto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el plazo de 30 días contados a partir de su notifi cación, la cual estará a cargo de los interesados. Artículo Septimo.- TRANSCRIBIR a la Ofi cina Registral de Lima y Callao para su conocimiento e inscripción correspondiente. Artículo Octavo.- CÚMPLASE con notifi car a la administrada conforme lo dispuesto en el Artículo 20º de la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JULIO ECHAZU PERALTA Gerente General de Desarrollo Urbano Gerencia General de Desarrollo Urbano 352313-1