Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2009 (27/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES
POR TANTO:

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de MORDAZA de 2009

inadecuada, por lo que se hace necesario dictar las normas urbanisticas dentro de la Modificacion del Planeamiento Integral del sector, que permita adoptar la estrategia que permita insertar los sectores normativos dentro del MORDAZA territorial existente determinando una estructura basica, promoviendo las gestiones de desarrollo y la promocion de la inversion asi como las directrices normativas que permitan implementar las politicas urbanas y las acciones municipales para elevar las condiciones de calidad de MORDAZA de los habitantes del sector. Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, es la encargada de ejecutar la Modificacion del Planeamiento Integral, en atencion al requerimiento de las necesidades urbanas de la MORDAZA y a pedido de los interesados que conforman parte del Sector Catastral Nº 23 y 28 por lo que se requiere mediante la presente ordenanza la definicion de modulos viales locales, asi como proponer la anulacion de la MORDAZA 5, en el tramo correspondiente entre la Av. MORDAZA Ugarte y la Av. MORDAZA, asimismo, anular parte de la MORDAZA 1 por no adecuarse a la caracteristica del terreno, adecuandola a la realidad fisica existente, del mismo modo modificar la MORDAZA 8 de Octubre y su prolongacion plasmandolo adecuadamente segun su estudio de Habilitacion MORDAZA, de igual forma se propone modificar las coordenadas del Planeamiento Integral aprobado ya que no se ajustan a la base de datos del distrito. Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y el Decreto Supremo N° 0112006-VIVIENDA que aprobo el Reglamento Nacional de Edificaciones. Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores asistentes a la Sesion de Concejo de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas se ha dado la siguiente: ORDENANZA APROBATORIA DE LA MODIFICACION DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL DE PARTE DEL SECTOR CATASTRAL Nº 23 Y 28 ­ EX FUNDO LA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA DE LOS MODULOS VIALES Y EL DISENO MORDAZA QUE ORDENA LAS AREAS DE RECREACION PUBLICA (DEL SECTOR CATASTRAL 23 Y 28) Articulo 1°.- APROBAR la Modificacion del Planeamiento Integral de parte del Sector Catastral 23 y 28 ­ Ex Fundo La MORDAZA de MORDAZA MORDAZA del distrito de Ate, que comprende el diseno de las redes y sus componentes viales, en base a las actividades que se desarrollan en la MORDAZA, las que deberan de garantizar su optimo funcionamiento mediante una adecuada infraestructura que facilitara la realizacion correcta de dichas actividades, conforme al Plano Signado N° 003-2009-PI-SGPUC-GDU/MDA, el mismo que es parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2°.- ESTABLECER que la modificacion del Planeamiento Integral define los modulos de los componentes viales y las secciones transversales de las calzadas, veredas y bermas de estacionamiento, asi como el Diseno MORDAZA para las futuras edificaciones sobre areas con fines de Recreacion Publica. Correspondiendole las normas para el diseno de vias locales en Habilitaciones Urbanas y el Reglamento Nacional de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo II ­ Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y el Diseno de Vias (Capitulo I y II). Articulo 3°.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, para que a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA se cumpla con la inscripcion de la presente modificacion del Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y en coordinacion con la Gerencia de Servicios Sociales y la Secretaria de Imagen Institucional se difunda la presente Ordenanza y el plano que forma parte de ella. Articulo 4°.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los interesados, a la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Sub Gerencia de Fiscalizacion Municipal de la Gerencia de Seguridad y Fiscalizacion, para su conocimiento y fines. Articulo 5°.- ESTABLECER que el presente diseno de las redes viales y sus usos respecto al diseno MORDAZA de las Areas de Recreacion Publica, que se desarrolla en la modificacion del Planeamiento Integral de parte del sector catastral Nº 23 y 28 ­ Ex Fundo La MORDAZA de MORDAZA MORDAZA en el distrito de Ate, tendra una vigencia de 10 anos, debiendo de tomarse en cuenta que los planeamientos integrales vigentes una vez aprobados tendra caracter obligatorio, debiendo de inscribirse en los Registros Publicos. Articulo 6°.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA

352172-1

Aprueban Planeamiento Integral de parte del Sector Catastral 23 Huanchihuaylas, de los modulos viales y del diseno MORDAZA que ordena las areas de recreacion publica
ORDENANZA N° 213-MDA Ate, 21 de MORDAZA del 2009 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 21 de MORDAZA del 2009, visto el Dictamen N° 016-2009-MDA/CDUyOP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194° (modificado por la Ley N° 27680), establece que las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, establece en su articulo N° 79° inciso 3) numeral 3.6; que las Municipalidades Distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, tienen la funcion de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de Habilitaciones Urbanas; construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratoria de fabrica de acuerdo a los planes y normas sobre la materia (acapite 3.6.1 y 3.6.2 del numeral 3.6 del inciso 3, del articulo 79º de la Ley Nº 27972). Que, el Reglamento Nacional de Edificaciones, Titulo II, Capitulo V, articulos 37º al 42º establece que el Planeamiento Integral comprende la definicion de vias y los usos de la totalidad del predio asi como la propuesta de integracion a la trama MORDAZA mas cercana en funcion de los lineamientos establecidos en el Plan de Desarrollo MORDAZA correspondiente. El Planeamiento Integral aprobado tendra una vigencia de 10 anos. Las modificaciones al Plan de Desarrollo MORDAZA deberan tomar en cuenta los planeamientos integrales vigentes y una vez aprobado tendra caracter obligatorio para las habilitaciones futuras, debiendo ser inscrito obligatoriamente en Registros Publicos. Asimismo, la MORDAZA GH 20 Capitulo I y II aprueba los componentes de diseno establecidos en la MORDAZA A 120 de accesibilidad para personas discapacitadas. Que, la Ordenanza Metropolitana Nº 341-MML de fecha 6 de diciembre del 2001, aprueba la actualizacion del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, indica que el sector materia de planificacion se encuentra limitado por las vias metropolitanas: La Carretera Central clasificada como via arterial con 45.00 ml; Av. MORDAZA de Pierola (Peri Urbana) clasificada como semi ­ expresa con 30.00 ml; Av. MORDAZA MORDAZA Mariategui y la Av. La MORDAZA calificadas como vias colectoras con 15.00 y 20.00 ml respectivamente. Que, la jurisdiccion del distrito de Ate, tiene por objetivo atender las necesidades de las ocupaciones informales tomando conocimiento de la realidad y reconocimiento del espacio fisico del sector, poniendo a disposicion un instrumento de gestion de ordenamiento del territorio mediante Planeamientos Integrales por sectores, motivo por el cual se intervienen en terrenos que forman parte del Sector Catastral Nº 23 - Huanchihuaylas, cuya finalidad es el acondicionamiento progresivo en donde se han detectado terrenos rusticos, asi como ocupaciones y construcciones irregulares, debido al crecimiento desordenado de la poblacion, lo cual viene provocando una dinamica MORDAZA inadecuada, por lo que se hace necesario dictar las normas urbanisticas dentro del Planeamiento Integral del sector, que permita adoptar la estrategia a fin de insertar los sectores normativos dentro del MORDAZA territorial existente determinando una estructura basica, promoviendo las gestiones de desarrollo y la promocion de la inversion, asi como las directrices normativas que permitan implementar

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