Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2009 (30/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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Articulo 5° y el Inciso "h" del Numeral II del Articulo 8° de la Ordenanza MORDAZA citada; Que, de acuerdo con el estudio "Propuesta de una solucion integral para la problematica existente de estacionamientos en el distrito de San Isidro" de noviembre de 2008, elaborado por el Instituto de Economia MORDAZA de la Universidad ESAN (INEUR ­ ESAN), en el distrito de San MORDAZA existe un desbalance significativo entre la demanda y oferta actual de estacionamientos, lo que impacta negativamente en la calidad de MORDAZA y tranquilidad de los vecinos y la zonas residenciales, creando ademas congestion del MORDAZA en las vias y atentando contra la competitividad de los negocios establecidos en San Isidro; Que, el estudio realizado ha permitido dimensionar la magnitud del problema del deficit de estacionamientos en el distrito, que compromete la circulacion vial e impacta sobre el normal desenvolvimiento de las actividades urbanas; Que, el deficit de estacionamiento existente en el distrito afecta dos servicios esenciales que la municipalidad debe brindar: (i) adecuada movilidad para los residentes y usuarios; y (ii) propiciar la competitividad para los negocios y/o servicios establecidos en el distrito; Que, el vinculo entre la problematica de estacionamientos y estos dos importantes servicios a la sociedad es la MORDAZA de congestion en las vias del distrito; Que, en tal sentido, resulta necesario que la Municipalidad de San MORDAZA genere los mecanismos e incentivos que contribuyan a mejorar la movilidad y la competitividad del distrito; Que, mediante Informe Nº 11-2009-1300-GDU/MSI, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad de San MORDAZA, luego de evaluar el estudio MORDAZA mencionado, sugiere que se declare de interes local la promocion de la inversion privada en proyectos de estacionamientos; Que, en dicho contexto, se considera de suma importancia afrontar de manera prioritaria el deficit de estacionamientos en forma integral, con el proposito de mejorar la oferta existente, mediante la promocion de la inversion privada en proyectos de infraestructura publica para estacionamientos y, de ser el caso, mediante el otorgamiento de incentivos y/o facilidades tributarias y administrativas para la creacion de estacionamientos en predios publicos y/o privados; Que, es interes de la Municipalidad de San MORDAZA, preservar el medio ambiente y cumplir con la normatividad vigente sobre la materia, por lo que, la creacion de estacionamientos para vehiculos debera tener en consideracion tales disposiciones; Que, de conformidad con el Articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, las Ordenanzas de las municipalidades distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueban las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9°, Numeral 8 y 40° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por mayoria y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA DE INTERES DISTRITAL LA PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA PARA LA IMPLEMENTACION Y OPERACION DE INFRAESTRUCTURA EN MATERIA DE ESTACIONAMIENTOS COLECTIVOS DE VEHICULOS Y OTRAS SOLUCIONES SOBRE LA PRESTACION DEL MENCIONADO SERVICIO Articulo Primero.- Declarese de interes distrital la promocion de la inversion privada en el distrito de San MORDAZA para la implementacion y operacion de infraestructura en predios publicos como privados en materia de estacionamientos colectivos de vehiculos y otras soluciones sobre la prestacion del mencionado servicio; debiendose preservar el medio ambiente y cumplir con la normatividad vigente sobre la materia. Articulo Segundo.- Determinar a los estacionamientos colectivos de vehiculos en predios publicos, como proyecto municipal, cuya ejecucion se efectuara de acuerdo a la modalidad de Asociacion Publico Privada, de conformidad

con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1012, Ley MORDAZA de Asociaciones Publico Privadas y el literal "a" del Articulo 4°, literal "b" del Articulo 12° y Articulo 15° del Reglamento para la Promocion de la Inversion Privada en MORDAZA Metropolitana, aprobado por el Articulo 2° de la Ordenanza Nº 867 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Tercero.- El MORDAZA normativo para el otorgamiento y regulacion de las Asociaciones Publico Privadas para la promocion de la inversion privada en estacionamientos colectivos de vehiculos en predios publicos, se encuentra compuesto por el Decreto Legislativo Nº 1012, Decreto Supremo Nº 146-2008-EF, normas ampliatorias y modificatorias, asi como, el Reglamento para la Promocion de la Inversion Privada en MORDAZA Metropolitana, las normas vigentes en materia de promocion de la inversion privada contempladas en el inciso e) del Articulo 4° del Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM, Reglamento de la Ley Nº 28059, y sus normas reglamentarias, ampliatorias y modificatorias, en tanto no se opongan a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1012. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal para que, en coordinacion con la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, la Gerencia de Autorizaciones y Control MORDAZA, la Gerencia de Administracion Tributaria, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y la Gerencia de Asesoria Juridica, en un plazo de 60 dias naturales, presente a este Concejo una propuesta de regimen extraordinario de incentivos y facilidades tributarias y administrativas para la creacion de estacionamientos en predios privados previo pronunciamiento de las Comisiones de Regidores competentes al tema materia de la Ordenanza. La Gerencia Municipal podra contar con el apoyo de asesoramiento externo. POR TANTO: Mando, se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San MORDAZA a los 26 dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA 354186-2

Establecen disposiciones generales que regulan el tratamiento de la promocion de la inversion privada en materia de infraestructura publica o la prestacion de servicios publicos
ORDENANZA Nº 271-MSI EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA, Visto, en Sesion Ordinaria de fecha 26 de MORDAZA de 2009, los Dictamenes Nº 27-2009-CAJ-LS de la Comision de Asuntos Juridicos, Laborales y Sociales y Nº 08-2009ADM-FIN-SIS-FIS/MSI de la Comision de Administracion, Finanzas, Sistemas y Fiscalizacion; y, CONSIDERANDO: Que, segun el Articulo 194° de la Constitucion Politica, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomia que la Constitucion Politica establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante la Ley Nº 28059, se aprobo el MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada, cuyo objeto es establecer el MORDAZA normativo para que el Estado, en sus tres niveles de gobierno, promueva la

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