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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (06/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de noviembre de 2009 405655 Los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior aplican la Escala del Beneficio de Recompensas, hasta un monto total que no excederá a S/. 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), en el marco de sus presupuestos institucionales. Artículo 17º.- Disposición derogatoria. Deróguese el Decreto Supremo Nº 004-2002-IN de fecha 10 de abril de 2002, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 009-2002-IN de fecha 25 de julio de 2002, y demás normas que se opongan a lo establecido en el presente Decreto Supremo.” Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Defensa y del Interior. DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- En el caso de trámites iniciados con anterioridad a la vigencia de la presente norma, el pago se efectuará conforme al siguiente procedimiento: 1.- Evaluado el expediente sobre otorgamiento del Benefi cio de Recompensa, la Comisión emitirá el Acta correspondiente, en la que se consignará los fundamentos y el pronunciamiento de la Comisión sobre la procedencia o no del otorgamiento de dicho benefi cio. 2.- La Comisión remitirá al Ministro del Interior o al Ministro de Defensa, según sea el caso, el Ofi cio correspondiente, suscrito por el Presidente de la Comisión o quien haga sus veces, acompañando copia del Acta a que se refi ere el inciso 1 del presente artículo, certifi cada por el Presidente de la Comisión, para la tramitación del pago de la recompensa o, de no proceder ésta, para el archivamiento del caso. 3.- Corresponde al Ministerio del Interior o al Ministerio de Defensa, según sea el caso, gestionar el pago al Ciudadano Colaborador siempre que haya sido la entidad que tramitó el expediente de otorgamiento de benefi cio de recompensa, aun cuando no haya sido la receptora inicial de la información. Para el efecto, el Ministerio del Interior o el Ministerio de Defensa, según corresponda, realizará las gestiones de carácter presupuestario y de tesorería respectivos; debiendo realizarse el pago al Ciudadano Colaborador exclusivamente a través del Banco de la Nación, mediante entrega directa a éste o a su representante, o mediante depósito en cuenta cuyo titular sea el Ciudadano Colaborador, en el Perú o en el extranjero. 4.- Los Acuerdos adoptados por la Comisión Califi cadora de Recompensas, hasta antes de la vigencia de presente norma modifi catoria, mantendrán su validez. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Deróguese el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 033-2009-PCM y las demás normas que se opongan al presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa OCTAVIO SALAZAR MIRANDA Ministro del Interior 419136-2 Encargan el Despacho de la Presidencia de la República al Primer Vicepresidente RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 288-2009-PCM Lima, 5 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el señor Presidente Constitucional de la República, doctor Alan García Pérez, viajará entre los días 9 y 16 de noviembre del presente año, a las ciudades de Tokio, Japón y Seúl, República de Corea, donde efectuará visitas oficiales en el marco de la profundización de las relaciones con esos países, en especial en el ámbito político, comercial y de inversiones; así como a la ciudad de Singapur, República de Singapur, donde participará en la XVII Reunión de Líderes del APEC; Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho de la Presidencia de la República al señor Luis Giampietri Rojas, Primer Vicepresidente de la República, en tanto dure la ausencia del señor Presidente de la República; De conformidad con el Artículo 115º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar el Despacho de la Presidencia de la República al señor Luis Giampietri Rojas, Primer Vicepresidente de la República, a partir del día 9 de noviembre del 2009 y en tanto dure la ausencia del señor Presidente de la República. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 419137-2 Autorizan viaje de Ministro de Comercio Exterior y Turismo a México y encargan su Despacho a la Ministra de la Producción RESOLUCIÓN SUPREMA N° 289-2009-PCM Lima, 5 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, señor MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE, viajará a la ciudad de Puerto Vallarta, Estados Unidos Mexicanos, para participar en la V Reunión Ministerial del Foro sobre la Iniciativa de la Cuenca del Pacífico Latinoamericano (ARCO), evento que congrega a los Ministros responsables de Comercio Exterior y de Relaciones Exteriores de los países integrantes de dicha Iniciativa, que se realizará los días 23 y 24 de noviembre de 2009; Que, es necesario otorgar la autorización de viaje correspondiente y encargar el Despacho Ministerial de Comercio Exterior y Turismo, en tanto dure la ausencia del Titular; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127° de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, la Ley N° 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM;