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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (11/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de noviembre de 2009 405917 instructor, verifi cando, investigando e indagando a fi n de determinar si existen estas prácticas a efectos de eliminarlas y promover la igualdad de las personas, dicha instrucción lo efectuará en el plazo máximo de 5 días hábiles, luego de lo cual elevar el informe respectivo a la Gerencia de Rentas, a fi n de que verifi que la procedencia de iniciar el procedimiento sancionador de acuerdo a lo señalado en la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo. Los casos en que la Municipalidad no sea competente, serán comunicados a INDECOPI dentro del plazo antes señalado. Artículo 6.- REINCIDENCIA Se considera reincidencia, cuando el infractor de la presente ordenanza, cometa nuevo acto discriminatorio, dentro del plazo de doce (12) meses de producida la infracción. DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto pueda dictar el reglamento necesario para la implementación de la presente Ordenanza, pudiendo prorrogar los plazos que esta norma contenga. Segunda.- INCORPÓRESE al Cuadro de Infracciones, Sanciones y Medidas Correctivas del RAS aprobado mediante Ordenanza Nº 189-MVES, las siguientes infracciones: CÓDIGO DESCRIPCIÓN MULTA MEDIDA COMPLEMENTARIA Por incurrir el titular del estable- cimiento comercial, industrial o de servicios en prácticas discri- minatorias. 1ra. vez: 10% de una UIT 2da. vez: 20% de una UIT 3ra. vez: 50% de una UIT. Primera sanción: Clausura temporal de 7 días. Segunda sanción: Sanción de reincidencia clausura tem- poral de 30 días. Tercera vez: Clausura defi niti- va y consecuente revocatoria de la licencia de funciona- miento. Por no colocar el cartel a que se refi ere el artículo 4, inciso b. 0.10% de una UIT Por colocar carteles, anuncios u otros elementos de publicidad en los establecimientos abiertos al público o dentro del ámbito jurisdiccional del distrito de Villa El Salvador, que consignen frases discriminatorias. Comunicación a INDECOPI a fi n de que evalúe la denuncia. Tercera.- La presente norma regirá dentro de sesenta (60) días naturales de publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME ZEA USCA Alcalde 420411-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Autorizan viaje de representantes de la Municipalidad a Argentina para participar en juegos deportivos RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 297-2009-MDB-AL Bellavista, 2 de noviembre de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 039-2009-CDB de fecha 26 de octubre de 2009; CONSIDERANDO: Que, mediante el Acuerdo de visto se autoriza la participación de las señoras Juana Luisa Arce de Herrera y Carmen Rosa Conde Osorio, en representación de la Municipalidad Distrital de Bellavista, en los Juegos Deportivos Bs. As. “La Provincia”, a celebrarse del 18 al 22 de noviembre en la ciudad de Mar del Plata – Argentina; en mérito a la invitación efectuada por la Municipalidad Provincial de Avellaneda. Que, el artículo 2º del mencionado Acuerdo de Concejo autoriza el egreso de los costos de pasajes aéreos, tarifa única por uso de Aeropuerto y parte de los viáticos necesarios para las señoras Juana Luisa Arce de Herrera y Carmen Rosa Conde Osorio, de acuerdo a la evaluación que realice la administración municipal y según la disponibilidad presupuestal y fi nanciera de la entidad. Que, para la Municipalidad Distrital de Bellavista resulta importante la participación en este evento, toda vez que las conclusiones y experiencias obtenidas del mismo pueden contribuir al fortalecimiento institucional de la Entidad, constituyéndose además en una valiosa oportunidad para el establecimiento de alianzas estratégicas con diversas entidades vinculadas al quehacer municipal, especialmente en el campo de la promoción del deporte y el apoyo a las personas adultas mayores. Que, siendo esto así, resulta necesario expedir resolución de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, normas que regulan la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Ofi cina de Administración y Finanzas, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Ofi cina de Asesoría Jurídica, Gerencia Municipal y en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior de las señoras JUANA LUISA ARCE DE HERRERA y CARMEN ROSA CONDE OSORIO, para asistir y representar a esta Corporación Edil en los Juegos Deportivos Bs. As. “La Provincia”, a celebrarse del 18 al 22 de noviembre en la ciudad de Mar del Plata – Argentina; en mérito a la invitación efectuada por la Municipalidad Provincial de Avellaneda. Artículo 2º.- Autorizar el egreso para cubrir los gastos que demande la participación de cada una de las personas mencionadas en el artículo 1º, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US$ 350.00 Tarifa Única por uso de Aeropuerto : US$ 31.00 Viáticos : US$ 150.00 Artículo 3º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución se afectará a las partidas específi cas pertinentes del Presupuesto Municipal vigente, autorizándose a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto efectuar las modifi caciones presupuestales correspondientes, de ser el caso. Artículo 4º.- Las personas en mención deberán presentar un informe escrito y la rendición de cuentas correspondiente, dentro del plazo establecido en la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 5º.- Encargar a la Ofi cina de Administración y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución de Alcaldía. Regístrese y comuníquese. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 421020-1