Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2009 (14/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

406031

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean Juzgados de Paz en los Distritos Judiciales de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 315-2009-CE-PJ
MORDAZA, 28 de setiembre de 2009 VISTOS: El Oficio N° 1471-2009-PJ/CSJLO-P, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y el Informe N° 145-2009-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en el Caserio de Varillal, Distrito de San MORDAZA MORDAZA, Provincia de Maynas, Departamento de MORDAZA, a solicitud del Juez de Paz del Centro Poblado 13 de Febrero; Segundo: La propuesta presentada se sustenta en tener poblacion aproximada de 818 habitantes; asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial que resuelva los conflictos que se presentan de naturaleza civil, penal, de familia y laboral; Tercero: Los pobladores del referido caserio para acceder al Juzgado de Paz mas cercano ubicado en la localidad de 13 de Febrero, emplean en su desplazamiento una hora, por carretera, siendo el costo del pasaje S/. 20.00 nuevos soles; asimismo, para acceder a los Juzgados de Paz Letrado con sede en Iquitos - Maynas, emplean una hora por carretera, con un costo del pasaje de S/. 20.00 nuevos soles; Cuarto: Que, el Informe N° 145-2009-SEP-GP-GGPJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye en la factibilidad de la creacion del Juzgado de Paz en el Caserio Varillal, Distrito de San MORDAZA MORDAZA, Provincia de Maynas, Departamento y Distrito Judicial de Loreto; Quinto: Que, por el numero de habitantes del caserio a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, teniendo en cuenta las dificultades de acceso y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el articulo 82°, numeral 24, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por unanimidad: RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Caserio Varillal, Distrito de San MORDAZA MORDAZA, Provincia de Maynas, Departamento y Distrito Judicial de Loreto. Articulo Segundo.- Los limites geograficos del mencionado organo jurisdiccional son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y a la Gerencia

General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

422998-1 RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 316-2009-CE-PJ
MORDAZA, 28 de setiembre de 2009 VISTOS: El Oficio N° 1468-2009-PJ/CSJLO-P, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y el Informe N° 151-2009-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado MORDAZA Andoas, Distrito de Andoas, Provincia del Datem del Maranon, Departamento de MORDAZA, a solicitud de las autoridades de la referida localidad; Segundo: La propuesta presentada se sustenta en tener poblacion aproximada de 1,698 habitantes, conjuntamente con los Centros Poblados Los Jardines y Andoas; los Caserios Aimitsa, MORDAZA Porvenir, Tiyacu, Alianza Topal, Alianza Capahuari, Panayacu y los Puestos de Vigilancia de Bombonaza y Turigrama; asi como, en la necesidad de contar con una autoridad judicial que resuelva los conflictos que se presentan de naturaleza civil, penal, de familia y laboral, y asuntos de caracter notarial; Tercero: Los pobladores del referido centro poblado para acceder al Juzgado de Paz mas cercano ubicado en la localidad de Alianza MORDAZA, emplean en su desplazamiento tres dias, por via fluvial, con un costo de S/. 80.00 nuevos soles; ademas, en su desplazamiento al Juzgado Mixto del Datem del Maranon emplean cuatro dias por la misma via; Cuarto: Que, el Informe N° 151-2009-SEP-GP-GGPJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye en la factibilidad de la creacion del Juzgado de Paz en el Centro Poblado MORDAZA Andoas, Distrito de Andoas, Provincia del Datem del Maranon, Departamento y Distrito Judicial de Loreto; Quinto: Que, por el numero de habitantes del caserio a los que beneficiaria el Juzgado de Paz; teniendo en cuenta las dificultades de acceso y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el articulo 82°, numeral 24, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por unanimidad, RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado MORDAZA Andoas, Distrito de Andoas, Provincia del Datem del Maranon, Departamento y Distrito Judicial de MORDAZA, con competencia ademas en los Centros Poblados Los Jardines y Andoas; los Caserios Aitmitsa, MORDAZA Porvenir, Tiyacu, Alianza Topal, Alianza Capahuari,

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