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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (28/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de noviembre de 2009 406855 departamento de Ica, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Nazca. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 428143-2 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 274-2009/SBN-GO-JAR San Isidro, 25 de noviembre de 2009 Visto el Expediente Nº 219-2009/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 4 431,73 m², ubicado frente a la avenida Almirante Grau y la Calle Loreto, a la altura de la calle Estados Unidos del Barrio de Chucuito del distrito del Callao de la Provincia Constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 4 431,73 m², ubicado frente a la avenida Almirante Grau y la calle Loreto, a la altura de la Calle Estados Unidos del Barrio de Chucuito del distrito del Callao de la Provincia Constitucional del Callao, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, realizada la inspección técnica con fecha 08 de setiembre de 2009, se verifi có que el terreno de naturaleza urbana es de topografía plana con presencia de gravas y canto rodado, encontrándose ocupado por la Flota Pesada de la Marina de Guerra del Perú; Que, la Ofi cina Callao de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima mediante Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 22 de setiembre de 2009 sobre la base del Informe Técnico Nº 80472-2009-SUNARP-Z.R.NºIX/OC, de fecha 18 de setiembre de 2009, informa que el terreno materia de consulta se ubica en ámbito donde no es posible determinar si existe inscripción registral; Que, el tercer párrafo del Artículo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 4 431,73 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001- 2002/SBN, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN; Que, los incisos i) y s) del Artículo 39º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Resolución Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones a promover la inmatriculación de predios a favor del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, “Estatuto de la SBN” y Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0622-2009/SBN-GO-JAR, de fecha 12 de noviembre de 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 4 431,73 m², ubicado frente a la avenida Almirante Grau y la calle Loreto, a la altura de la Calle Estados Unidos del Barrio de Chucuito del distrito del Callao de la Provincia Constitucional del Callao, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios del Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 428143-3 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 275-2009/SBN-GO-JAR San Isidro, 25 de noviembre de 2009 Visto el Expediente Nº 211-2009/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 713 760,53 m², ubicado al Noroeste del Asentamiento Humano Marginal La Victoria, a la altura del kilómetro 296 de la carretera Panamericana Norte, distrito y provincia de Huarmey y departamento de Ancash; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 713 760,53 m², ubicado al Noroeste del Asentamiento Humano Marginal La Victoria, a la altura del kilómetro 296 de la carretera Panamericana Norte, distrito y provincia de Huarmey y departamento de Ancash, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, mediante Certifi cado Catastral de fecha 05 de agosto de 2009, cuyo sustento es el Informe Técnico