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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (28/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de noviembre de 2009 406865 solución de sus confl ictos judicializados, debido a falencias de orden meramente formal. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONCEDER a la doctora Lucía María La Rosa Guillen, Juez Superior Titular de la Primera Sala Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima, licencia con goce de haber por motivo de salud del 24 al 27 de noviembre del presente año. Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora ROSE MARY PARRA RIVERA, Juez Titular del Segundo Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima, como Juez Superior Provisional de la Primera Sala Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima, mientras dure la licencia por motivo de salud de la doctora Lucía María La Rosa Guillen, a partir del 24 al 27 de noviembre del presente año, quedando conformado este Colegiado de la siguiente manera: Primera Sala Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima: Dr. Jesús Manuel Soller Rodríguez Presidente Dra. María Leticia Niño Neira Ramos (T) Dra. Rose Mary Parra Rivera (P) Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 429054-1 ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Aclaran que el número de vacantes aprobadas en las Carreras Profesionales del Proyecto de la Universidad Peruana Austral del Cusco, son por semestre académico RESOLUCIÓN Nº 531-2009-CONAFU Lima, 23 de octubre de 2009 VISTOS: La Resolución Nº 268-2006-CONAFU de fecha 21 de agosto de 2006 y Resolución Nº 466-2009- CONAFU de fecha 25 de setiembre de 2009; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verifi cación de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el Artículo 3° Inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución N° 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006; Que, en el artículo 10º del Estatuto, se establece que: “Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades:… inciso c) Aprobar o denegar los proyectos de desarrollo institucional de las nuevas universidades; y en el inciso t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU”; Que, por Resolución Nº 466-2009-CONAFU de fecha 25 de setiembre de 2009, se resuelve aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Peruana Austral del Cusco, presentado por la señora Karito Milagros Figueroa Solís y Ubelina Solís Villafuerte de Figueroa, en nombre de la Promotora “Empresa Educativa Peruana Austral del Cusco”, Promotora de la Universidad Peruana Austral del Cusco; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ciencias Contables y Finanzas Corporativas (60 vacantes), 2) Economía y Negocios Internacionales (60 vacantes), 3) Turismo con las especialidades de: Gestión Turística y Medio Ambiente, y Conducción de Grupos (30 vacantes cada uno), 4) Ingeniería de Sistemas y Seguridad Informática (60 vacantes); bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; y requerir a la Promotora presentar una nueva propuesta del responsable de Carrera de Ingeniería de Sistemas y Seguridad Informática; Que, en el artículo IV numeral 1.3 del Título Preliminar de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444 establece que: “Las autoridades deben dirigir e impulsar de ofi cio el procedimiento y ordenar la realización o práctica de los actos que resulten convenientes para el esclarecimiento y resolución de las cuestiones necesarias”; asimismo en el artículo 201º numeral 201.1 indica que: “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. 201.2 La rectifi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original”; Que, de conformidad con la Resolución Nº 268-2006- CONAFU de fecha 21 de agosto de 2006, el Pleno del CONAFU autoriza al Presidente, a expedir Resoluciones de trámite, dentro de sus atribuciones, y con cargo a dar cuenta al Pleno del CONAFU, a efectos de agilizar los procedimientos administrativos en curso; y en mérito a tales atribuciones, el Presidente del CONAFU, procede a aclarar que el numero de vacantes aprobadas en las Carreras Profesionales del Proyecto de Universidad Peruana Austral del Cusco, son por Semestre Académico; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del artículo 38º inciso d) y e) de Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Único.- ACLARAR que el número de vacantes aprobadas en las Carreras Profesionales del Proyecto de Universidad Peruana Austral del Cusco, son por Semestre Académico. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS ENRIQUE CARPIO ASCUÑA Presidente KARINA LUZ MAÑANO PAREDES Secretaria General 428022-1