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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (28/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de noviembre de 2009 406866 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Modifican la Res. Nº 1196-2009-ANR, sobre designación de miembros de la Comisión Informante fuera de proceso para la Universidad Científica del Perú de Iquitos COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1238-2009-ANR Lima, 10 de noviembre del 2009 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: La Resolución Nº 1196-ANR de fecha 04 de noviembre del 2009 y Memorando Nº 1028-2009-SE de fecha 06 de noviembre 2009; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de Vistos se designa una Comisión Informante fuera de proceso, a fi n de que verifi que in situ el contenido y veracidad de las denuncias sobre la legalidad de la elección del Rector de la Universidad Científi ca del Perú de Iquitos y la emisión de los grados y títulos que confi ere la misma casa de estudios; Que, la comisión se encuentra conformada por el Dr. Jesús Rivera Oré Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega y el Ing. Estanislao Bellodas Arboleda, Profesor Principal de la Universidad Nacional del Callao; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo dispone la elaboración de una resolución que designe al Dr. Marco Antonio Cabrera Vásquez, Profesor Principal de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos como miembro de la precitada Comisión, en reemplazo del Dr. Jesús Rivera Oré; Estando a la autorización de la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733, Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, y en uso de las atribuciones conferidas al presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Nº 1196-2009-ANR de fecha 04 de noviembre del 2009, que designa los miembros de la Comisión Informante fuera de proceso para la Universidad Científi ca del Perú de Iquitos en el extremo del nombre de los que la integran, quedando conformada de la siguiente manera: - Dr. Marco Antonio Cabrera Vásquez Profesor Principal de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos - Ing. Estanislao Bellodas Arboleda Profesor Principal de la Universidad Nacional del Callao Ex Decano de la Facultad de Ingeniería Química UNC Artículo Segundo.- Declarar que los demás extremos de la Resolución Nº 1196-2009-ANR quedan subsistentes, debiendo publicarse la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 428020-1 Declaran que la creación de las Escuelas Académico Profesionales de Ingeniería Agrónoma y de Ingeniería Industrial de la Universidad San Pedro, cumple con lo dispuesto en el Art. 92º, Inc. e) de la Ley Universitaria COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1255-2009-ANR Lima, 10 de noviembre del 2009 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El Ofi cio Nº 514-2009-USP/R de fecha 12 de octubre del 2009, Informe Nº 114-2009-DGDAC de fecha 29 de octubre del 2009 y Memorando Nº 1009-2009-SE de fecha 03 de noviembre del 2009; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, la creación de carreras, programas académicos y de segunda especialidad acordados por una Universidad, requieren de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, dando cumplimiento a lo previsto en el considerando anterior, el Rector de la Universidad San Pedro con sede en Chimbote, mediante ofi cio de vistos, hace llegar los proyectos de creación de las nuevas Escuelas Académico Profesionales, adscritas a la Facultad de Ingeniería y aprobadas por Resolución de su Asamblea Universitaria Nº 002-2009-UPSP/AU de fecha 21 de enero del año 2008, para lo cual acompaña los respectivos proyectos de creación que comprende los planes de estudios; Que, del Informe de vistos de la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, se desprende que revisada la documentación sobre el contenido del plan de estudios de cada una de las carreras, infraestructura, personal docente y recursos académicos, se aprecia que la organización se encuentra acorde con las exigencias académicas y formales, de acuerdo a la Ley Universitaria Nº 23733; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo dispone la elaboración de una resolución, de acuerdo a los fundamentos expresados en el Informe de la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, sobre la creación de las Escuelas Académico Profesionales en la Universidad de San Pedro con sede en Chimbote; Estando a lo autorizado por la Alta Dirección; y, En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733 y del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar que la creación de la Escuela Académico Profesional de Ingeniería Agrónoma y Escuela Académico Profesional de Ingeniería Industrial, de la Facultad de Ingeniería de la Universidad San Pedro, ha sido efectuada conforme a lo previsto por el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733. Artículo Segundo.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 428015-1