Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2009 (29/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de noviembre de 2009

PROYECTO
(2) Categoria Comercial c. Aplicacion de Asignacion de Consumo

406967

ESTRUCTURA TARIFARIA QUE APLICARA EPS ILO S.A. PARA LOS SERVICIOS DE AGUA Y ALCANTARILLADO I. Localidad de ILO A.- Por los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado 1.- CARGO FIJO Cargo Fijo (S/. / Mes) 0,80 El cargo fijo se reajusta por efecto de la inflacion de acuerdo a lo establecido en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. 2.- CARGO POR VOLUMEN a) Cargo por Volumen de Agua Potable
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL Social Domestico RANGOS m3/mes 0 a 10 10 a mas 0a8 8 a 20 20 a mas Tarifa (S/./m3) Ano 3 Ano 4 1,145 1,844 1,242 1,512 2,469 2,080 3,267 4,357 6,584 1,512 2,469 1,145 1,844 1,242 1,512 2,469 2,080 3,267 4,357 6,584 1,512 2,469

- Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 15 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 15 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 20 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 20 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 30 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 30 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 50 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 30 m3. d. Vigencia de Asignacion de Consumo - La Asignacion de Consumo de 30 m3 se aplicara hasta el termino del primer ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del MORDAZA ano, sera de aplicacion las asignaciones de consumo de 20m3 y 15 m3. - La Asignacion de Consumo de 20 m3 se aplicara hasta el termino del MORDAZA ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del tercer ano, sera de aplicacion la asignacion de consumo de 15 m3. (3) Categoria Estatal a. Aplicacion de Asignacion de Consumo - Usuarios de Consumo actual de 50 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 40 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 100 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 80 m3. b. Vigencia de Asignacion de Consumo

Ano 1(1) 1,145 1,844 1,242 1,512 2,469 2,080 3,267 4,357 6,584 1,512 2,469

Ano 2 1,145 1,844 1,242 1,512 2,469 2,080 3,267 4,357 6,584 1,512 2,469

Ano 5 1,145 1,844 1,242 1,512 2,469 2,080 3,267 4,357 6,584 1,512 2,469

NO RESIDENCIAL Comercial 0 a 15 15 a mas Industrial 0 a 30 30 a mas Estatal 0 a 30 30 a mas (1)

Estas tarifas incorporan el incremento previstos en la formula tarifaria de 2,6%, correspondiente al ano 1.

b) Cargo por el Servicio de Alcantarillado
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL Social Domestico RANGOS m3/mes 0 a 10 10 a mas 0a8 8 a 20 20 a mas Tarifa (S/./m3) Ano 3 Ano 4 0,433 0,697 0,470 0,572 0,933 0,786 1,235 1,647 2,488 0,572 0,933 0,433 0,697 0,470 0,572 0,933 0,786 1,235 1,647 2,488 0,572 0,933

Ano 1

(2)

Ano 2 0,433 0,697 0,470 0,572 0,933 0,786 1,235 1,647 2,488 0,572 0,933

Ano 5 0,433 0,697 0,470 0,572 0,933 0,786 1,235 1,647 2,488 0,572 0,933

0,433 0,697 0,470 0,572 0,933 0,786 1,235 1,647 2,488 0,572 0,933

- La Asignacion de Consumo de 80 m3 se aplicara hasta el termino del primer ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del MORDAZA ano, sera de aplicacion la asignacion de consumo de 40 m3. B.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Agua Potable 1. El importe a facturar por el servicio de agua potable se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el articulo 90º del "Reglamento de Calidad de la Prestacion de Servicios de Saneamiento", aprobada mediante Resolucion Nº 011-2007SUNASS-CD1, modificada por Resolucion Nº 0882007-SUNASS-CD. 2. Los rangos de consumo respectivos a cada categoria se refieren a rangos continuos. En caso el volumen a facturar sea superior al limite establecido en el primer rango, a la diferencia entre el volumen a facturar y el limite del rango se le aplicara la tarifa del siguiente rango. C.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado 1. El importe a facturar por el servicio de alcantarillado se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el articulo 91º del "Reglamento de Calidad de la Prestacion de Servicios de Saneamiento", aprobada mediante Resolucion Nº 011-2007SUNASS-CD, modificada por Resolucion Nº 0882007-SUNASS-CD. 2. La tarifa por servicio de alcantarillado se aplicara sobre el volumen de agua potable registrado por el medidor de consumo de agua potable o por el volumen de la asignacion de consumo aplicable.

NO RESIDENCIAL Comercial 0 a 15 15 a mas Industrial 0 a 30 30 a mas Estatal 0 a 30 30 a mas

(2) Estas tarifas incorporan el incremento previstos en la formula tarifaria de 1,4%, correspondiente al ano 1.

3.- ASIGNACIONES MAXIMAS DE CONSUMO
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Comercial(2) Industrial Social Domestico (1) 10 15 20 15 20 30 30 Estatal (3) 40 80

(1) Categoria Domestico a. Aplicacion de Asignacion de Consumo - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 15 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 15 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 20 m3 se les aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 20 m3. b. Vigencia de Asignacion de Consumo - La Asignacion de Consumo de 20 m3 se aplicara hasta el termino del MORDAZA ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del tercer ano, sera de aplicacion la asignacion de consumo de 15 m3.

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Publicado el 5 de febrero de 2007 en el Diario Oficial El Peruano.

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