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El Peruano Lima, domingo 29 de noviembre de 2009 406964 mediano y largo plazo, los requerimientos del Sistema Portuario Nacional para cumplir los lineamientos de la política portuaria nacional, en cuanto a su desarrollo y promoción, definiendo las áreas de desarrollo portuario, la infraestructura, accesos e interconexiones con la red nacional de transporte y con el entorno urbano y territorial, así como con otros puertos nacionales y del extranjero, planteando objetivos, estrategias, metas y acciones para su concreción; Que, el literal a) del artículo 24 de la Ley, establece como una de las competencias de la Autoridad Portuaria Nacional la de elaborar y proponer al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Plan Nacional de Desarrollo Portuario, compatible con objetivos y estrategias de desarrollo autosostenible; Que, mediante Decreto Supremo No. 006-2005-MTC se aprobó el Plan Nacional de Desarrollo Portuario, el mismo que fue posteriormente modifi cado a través de los Decretos Supremos Nos. 011, 014 y 046-2008-MTC, y Nos. 004, 018, 019 y 021-2009-MTC; Que, mediante Acuerdos de Directorio Nos. 531- 122-09/09/2008/D y 671-150-05/06/2009/D, adoptados en sesiones de fechas 09 de septiembre de 2008 y 05 de junio de 2009, respectivamente, el Directorio de la APN aprobó modificar el Plan Nacional de Desarrollo Portuario, en cuanto a la inclusión de áreas de desarrollo portuario en las bahías de Sechura, San Juan de Marcona, Ilo, zona cerro El Perro – Ventanilla – Callao, y localidades de Yurimaguas y Nueva Reforma; Que, con Oficio No. 263-2009-APN/PD, recibido con fecha 12 de junio de 2009, la APN manifestó que de acuerdo a lo establecido en la Ley, se han realizado estudios y evaluaciones sobre áreas acuáticas, costeras, y fluviales, así como en las franjas ribereñas de las bahías de Sechura, San Juan de Marcona, Ilo, zona cerro El Perro – Ventanilla – Callao, y localidades de Yurimaguas y Nueva Reforma, para la determinación de las áreas de desarrollo portuario, los que han tomado en cuenta el abrigo natural, acceso terrestre, profundidad para la navegación de naves mercantes entre otros aspectos técnicos especificados en los Informes Nos. 087 y 089-2009-APN/DIPLA de fechas 13 de mayo de 2009 y 15 de mayo de 2009, respectivamente, emitidos por la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos de dicha entidad; por lo cual, se estima conveniente actualizar el Plan Nacional de Desarrollo Portuario incluyendo las áreas de desarrollo portuario que se han delimitado en los citados informes; Que, la Dirección General de Transporte Acuático mediante Memorándum Nos. 415 y 606-2009-MTC/13 y la Dirección General de Concesiones en Transportes mediante Informe No. 535-2009-MTC/25, han emitido su opinión favorable respecto a la necesidad de incorporar en el numeral 4.2.1.1 del Plan Nacional de Desarrollo Portuario, las áreas de desarrollo portuario en las bahías de Sechura, San Juan de Marcona, Ilo, zona cerro El Perro – Ventanilla – Callao, y localidades de Yurimaguas y Nueva Reforma, aprobadas por el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional en base a los estudios técnicos elaborados para tal fin; Que, el Decreto Supremo No. 001-2009-JUS – Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, señala en su artículo 14 que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor a treinta (30) días, a la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, a través del Memorándum No. 606-2009- MTC/13 de la Dirección General de Transporte Acuático, y del Informe No. 535-2009-MTC/25 de la Dirección General de Concesiones en Transportes, se ha señalado que la prepublicación del proyecto de Decreto Supremo que modifi ca el Plan Nacional de Desarrollo Portuario en cuanto a la inclusión de áreas de desarrollo portuario en las bahías de Sechura, San Juan de Marcona, Ilo, zona cerro El Perro – Ventanilla – Callao, y localidades de Yurimaguas y Nueva Reforma, debe efectuarse por un plazo de treinta (30) días; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo No. 001-2009-JUS, y la Directiva No. 003-2008- MTC/01 aprobada por Resolución Ministerial No. 191- 2008-MTC/01 y modifi cada por Resolución Ministerial No. 342-2008-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo destinado a incorporar en el numeral 4.2.1.1 del Plan Nacional de Desarrollo Portuario, las áreas de desarrollo portuario ubicadas en las bahías de C. Sechura, D. San Juan de Marcona, E. Ilo, F. Zona cerro El Perro – Ventanilla – Callao, G. Localidad de Yurimaguas y H. Localidad de Nueva Reforma, así como de su exposición de motivos y de la transcripción de los temas que involucra, en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe, con el objeto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Transporte Acuático la recepción, procesamiento, sistematización y atención de los comentarios que se presenten al mencionado proyecto. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Proyecto de Modifi cación del Plan Nacional de Desarrollo Portuario en cuanto a la inclusión de áreas de desarrollo portuario en las bahías de Sechura, San Juan de Marcona, Ilo, zona cerro El Perro – Ventanilla – Callao y las localidades de Yurimaguas y Nueva Reforma El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, pone a consideración del público interesado el contenido del proyecto destinado a modificar el Plan Nacional de Desarrollo Portuario en cuanto a la inclusión de áreas de desarrollo portuario en las bahías de Sechura, San Juan de Marcona, Ilo, zona cerro El Perro – Ventanilla – Callao y las localidades de Yurimaguas y Nueva Reforma, a fin que remitan sus opiniones y sugerencias por correo electrónico a dgta_naviera@mtc.gob.pe., o por escrito a Jr. Zorritos No. 1203, dentro del plazo de treinta (30) días calendario, de acuerdo al formato siguiente: Formato para la presentación de comentarios al Proyecto de Modifi cación del Plan Nacional de Desarrollo Portuario Artículo del Proyecto Comentarios 1º. 2º. 3º. Comentarios Generales 429211-1 PROYECTO