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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (29/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de noviembre de 2009 406956 Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) de la Aprobación del Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización como Lote Único para uso de Industria Liviana I2, del terreno de 12,792.10 m2, ubicado en la Av. Lurigancho Nº 1124, Mz. M Lote 04 de la Lotización Semirústica de la Urbanización Zarate, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Liquidación de Pago Nº 011-2009- SGHU-GDU/MDSJL de fecha 14 de julio del 2009, se realizó la liquidación de los derechos respectivos a la valorización de défi cit de aportes correspondientes a la Municipalidad Distrital, de conformidad con el Articulo 40º del Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA, y que dicha valorización ha sido cancelada en la Tesorería de esta corporación municipal. Que, el administrado ha cumplido con acompañar los documentos establecidos en el TUPA vigente para el presente procedimiento del terreno de 12,792.10 m2, ubicado en la Av. Lurigancho Nº 1124 Mz. M Lote 04 de la Lotización Semirústica de la Urbanización Zarate, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, de conformidad con la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, Artículos 51º y 52º, para la procedencia de una pretensión administrativa es necesario establecer la capacidad procesal del administrado para comparecer ante la administración, así como el interés legítimo de éste para obrar y que este sea actual y cierto; y, si esto es así, de conformidad con el Artículo 75º de la Ley acotada, corresponden a la administración verifi car si los documentos y/o recaudos que el administrado presenta, cumplen con los requisitos exigidos por la entidad y en aplicación del Principio de Presunción de Veracidad, plasmado en el Artículo 42º de la Ley acotada, suponer que estos proceden con verdad en sus atribuciones, sin perjuicio de las probanzas que pueda ejercer la administración para el logro del objetivo del servicio pretendido, debiendo causar convicción a la autoridad administrativa para su procedencia; Que, obra copia de la Ficha Nº 1195947 que continúa en la Partida Nº 43114298 del Registro de Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, la misma que en su asiento señala, a la Sra. Dora Elena Alvarado Pitman y Otros como propietarios del terreno materia de trámite, acreditándose de esta manera la legitimidad para obrar en el presente procedimiento; Que, de acuerdo a lo expuesto en el informe Nº 514- 2008-MDSJL-GDU/AL de fecha 21 de octubre del 2009, de la Asesoría Legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano y; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, conforme a las disposiciones de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, Decreto Supremo Nº 024 - Decreto que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación, Ordenanza Nº 1081-MML, Ordenanza Nº 341- MML, Ordenanza Nº 836-MML y de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Artículo Primero.- ADECUAR a la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, de acuerdo a la solicitud presentada por la Sra. Dora Elena Alvarado Pitman en calidad de representante de los copropietarios, del terreno de 12,792.10 m2, ubicado en la Av. Lurigancho Nº 1124 Mz. M Lote 04 de la Lotización Semirústica de la Urbanización Zarate, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, mediante Anexo Nº 01 del Expediente Administrativo con Registro Nº 57578-A1-2008 de fecha 02 de octubre del 2008, de conformidad con la Sétima Disposición Final de la Ley Nº 29090. Artículo Segundo.- APROBAR el Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización como Lote Único para uso de Industria Liviana I2, del terreno de 12,792.10 m2, ubicado en la Av. Lurigancho Nº 1124 Mz. M Lote 04 de la Lotización Semirústica de la Urbanización Zarate, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. De conformidad con el Plano de Lotización y el Plano de Ubicación y Localización, signados para efectos de Registros como Plano Nº 026-2009-HU-SGHU-GDU/MDSJL y Nº 027-2009-HU-SGHU-GDU/MDSJL, respectivamente; solicitada por la Sra. Dora Elena Alvarado Pitman en calidad de representante de los copropietarios. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Sra. Dora Elena Alvarado Pitman y Otros a culminar en el plazo de treinta y seis (36) meses las Obras de Habilitación Urbana de conformidad con los planos signados con el Nº 026- 2009-HU-SGHU-GDU/MDSJL y Nº 027-2009-HU-SGHU- GDU/MDSJL, debiendo sujetarse los trabajos a los planos fi rmados y sellados por los entes ofi ciales, teniendo en cuenta lo siguiente: DISEÑO URBANO.- El Cuadro de Áreas que se aprueba es el siguiente: ÁREA TOTAL DEL TERRENO 12,792.10 m2 ÁREA ÚTIL DE LOTE 11,190.36 m2 ÁREA AFECTA A VÍAS 1,601.74 m2 PAVIMENTOS.- Las características de las obras de Pavimentación serán las siguientes: Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m. de espesor, compactados, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material grueso con diámetro máximo de 1 1/2”, fi nos y ligantes, en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superfi cie de base con asfalto líquido RC-250. ACERAS.- Serán de concreto de calidad de f’c = 175 kg/cm2 de 0.15 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad debidamente nivelado y compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20 m. y el acabado con la mezcla de cemento - arena fi na, en proporción de 1:2 de un (1) centímetro de espesor y bruñas cada 1.00 m. Con juntas de 3/4” cada 5 mI. SARDINELES.- En ambos lados de las calzadas, confi nando y protegiendo sus bordes y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad de f’c = 175 kg/cm2 y de dimensiones 0.15 m. x 0.30 m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirán sardineles de concreto de calidad y acabado fi nal igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas de dimensiones de 0.15 m. x 0.30 m. RAMPAS EN BERMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD En los lugares señalados en el Plano de Lotización, se construirán rampas en las bermas que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica NTE- U.190 “Adecuación Urbanística para las personas con Discapacidad”, aprobada por Resolución Ministerial N° 069- 2001-MTC/15.04 de fecha 7.2.2001 y lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edifi caciones; las obras serán sometidas a los controles establecidos por cuenta de los interesados.