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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de octubre de 2009 403675 Otorgan concesión temporal a empresa para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Chancay RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 424-2009-MEM/DM Lima, 23 de setiembre de 2009 VISTO: El Expediente Nº 21175809, sobre otorgamiento de concesión temporal de generación para desarrollar estudios de la futura Central Hidroeléctrica Chancay, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, presentado por EMPRESA ADMINISTRADORA CHUNGAR S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 03007193 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, EMPRESA ADMINISTRADORA CHUNGAR S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 1886239 de fecha 20 de mayo de 2009, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Hidroeléctrica Chancay, para una potencia instalada estimada de 108 MW, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93- EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollarán en los distritos de San Miguel de Acos, Veintisiete de Noviembre, Atavillos Bajo, Atavillos Alto y Pacaraos, provincia de Huaral, departamento de Lima, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el titular de la concesión temporal asume la obligación de realizar estudios de factibilidad, de acuerdo con un cronograma de estudios; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 266-2009-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a favor de EMPRESA ADMINISTRADORA CHUNGAR S.A.C., que se identifi cará con el código Nº 21175809, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Chancay, con una potencia instalada estimada de 108 MW, los cuales se realizarán en los distritos de San Miguel de Acos, Veintisiete de Noviembre, Atavillos Bajo, Atavillos Alto y Pacaraos, provincia de Huaral, departamento de Lima, por un plazo de nueve (09) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VÉRTICE ESTE NORTE 1 317 478 8 758 373 2 317 246 8 757 308 3 310 948 8 754 757 VÉRTICE ESTE NORTE 4 306 265 8 754 415 5 303 186 8 754 570 6 301 971 8 753 607 7 301 106 8 752 646 8 300 298 8 753 086 9 300 435 8 753 387 10 301 737 8 754 038 11 303 953 8 757 323 12 302 931 8 758 275 13 303 301 8 759 010 14 303 506 8 759 004 15 303 502 8 758 567 16 304 877 8 757 315 17 314 018 8 757 706 18 316 973 8 758 125 19 317 086 8 758 516 Artículo 3º.- El concesionario está obligado a realizar los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto a la ejecución de los estudios y al cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 402192-1 JUSTICIA Conceden la gracia de conmutación de la pena a internos sentenciados de diversos Establecimientos Penitenciarios de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 230-2009-JUS Lima, 1 de octubre de 2009 Vista las solicitudes presentadas por internos de diversos Establecimientos Penitenciarios del país, con recomendación favorable de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena; CONSIDERANDO: Que, por las condiciones de progresión en el tratamiento penitenciario de los internos solicitantes, corroboradas con los informes emitidos por los profesionales competentes, con los certifi cados de estudios y/o trabajo respectivos y con los requisitos establecidos en el artículo 24º de la Resolución Ministerial Nº 193-2007-JUS, resulta pertinente otorgar la gracia de conmutación de la pena;