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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de octubre de 2009 403665 Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y por el señor Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 405147-8 Autorizan viaje de personal militar del Ejército a Argentina y Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 413-2009-DE/EP Lima, 1 de octubre de 2009 Visto, la hoja de recomendación Nº 060/U-3.c.6.b, del 19 de agosto de 2009, de la Dirección General de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, con el documento del visto el Comando del Ejército designó a dos (02) cadetes de la Escuela Militar de Chorrillos, para que participen como invitados en el programa de intercambio de Cadetes del Ejército 2009 en el Colegio Militar de la Nación Argentina; Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio, para que participen en el programa de intercambio de Cadetes del Ejército, en el Colegio Militar de la Nación Argentina, en el periodo comprendido entre el 05 al 11 de octubre de 2009, por cuanto las experiencias a adquirirse, redundarán en el fortalecimiento de los vínculos de intercambio profesional, amistad y camaradería con dicha Nación, dentro del ámbito de competencia del Ejército de Perú; Que, los gastos de pasajes aéreos (ida y vuelta) y la tarifa única de uso de aeropuerto, serán sufragados con el presupuesto del Ministerio de Defensa, Ejército de Perú, Año Fiscal - 2009 y los gastos de alimentación y hospedaje serán asumidos por la República de Argentina; Que, el viaje antes citado se encuentra considerado en el plan anual de viajes priorizado del Sector Defensa AF-2009, Rubro 5.- Medidas de Confi anza Mutua, Ítem Nº 32, documento que fue aprobado mediante Resolución Suprema Nº 028-2009 DE/SG, del 19 de enero de 2009 y modifi catoria; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 - Ley de presupuesto del sector público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004 - DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; y, Estando a lo recomendado por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y a lo acordado por el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio, al Cadete IV año Fredy Emerson DIONISIO HEREDIA y Cadete IV año Marco Antonio VILLAGARAY MOSTAJO, para que participen como invitados en el programa de intercambio de Cadetes del Ejército 2009 en el Colegio Militar de la Nación Argentina, en el periodo comprendido entre el 05 al 11 de octubre de 2009. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército de Perú, efectuará los pagos que corresponde de acuerdo al siguiente concepto: PASAJES AÉREOS Lima - Buenos Aires - Lima US $ 849.25 x 02 personas (clase económica) TARÍFA ÚNICA DE USO DE AEROPUERTO: US $ 31.00 x 02 personas Artículo 3º.- El Personal Militar autorizado deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 4º.- El señor Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término del viaje, sin exceder el periodo total establecido. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y por el señor Ministro de Defensa. Artículo 7º.- El viaje se encuentra considerado en el Plan Anual de Viaje Priorizado del Sector Defensa AF- 2009, Rubro 5.- Medidas de Confi anza Mutua, Ítem Nº 32, documento que fue aprobado mediante Resolución Suprema Nº 028-2009 DE/SG, del 19 de enero de 2009. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 405147-9 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 414-2009-DE/EP Lima, 1 de octubre de 2009 Visto, la hoja de recomendación Nº 062/U-3.c.6.b, del 02 de setiembre de 2009, de la Dirección General de Educación y Doctrina el Ejército. CONSIDERANDO: Que, con el documento del visto el Comando del Ejército aprueba la participación del Tte EP Williams Roger BALCAZAR ZARATE, del Alumno III EP Henry HONORIO LIRION y del Alumno III EP Elvis MAS CALAMPA, como invitados en el programa de intercambio de alumnos 2009 y visiten la Escuela de Sub Ofi ciales del Ejército de Chile, en la ciudad de Santiago de Chile – Chile, en el periodo comprendido del 04 al 10 de octubre de 2009; Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio, para que participen en el programa de intercambio de alumnos y visiten la Escuela de Sub Ofi ciales del Ejército de Chile, por cuanto las experiencias a adquirirse, redundarán en el fortalecimiento de los vínculos de intercambio profesional, amistad y camaradería con dicha nación, dentro del ámbito de competencia del Ejército de Perú; Que, los gastos de pasajes aéreos (ida y vuelta) y la tarifa única de uso de aeropuerto, serán sufragados con el presupuesto del Ministerio de Defensa, Ejército de Perú, Año Fiscal – 2009 y los gastos de alimentación y hospedaje serán asumidos por la República de Chile;