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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (04/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de octubre de 2009 403851 de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 2º de la Resolución Directoral Nacional Nº 126/INC, de fecha 04 de mayo de 1998, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2º.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del monumento arqueológico prehispánico Caraponguillo, ubicado en el distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes: Nombre del Sitio Arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Caraponguillo PP-039-INC_ DREPH/DA/ SDIC-2009 PSAD56 236,115.28 23.611528 2,285.10 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de los planos señalados en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico prehispánico declarado patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 405264-23 Declaran patrimonio cultural de la Nación a monumento arqueológico prehispánico ubicado en el departamento de Moquegua RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1396/INC Lima, 21 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 5008-2008-MCBM/SDSP/ DA/DREPH/INC, de fecha 19 de diciembre de 2008, la Sub Dirección de Supervisión y Peritaje de la Dirección de Arqueología recomienda que el informe fi nal del “Proyecto de evaluación arqueológica Cancha de Yacango”, cargo del Lic. Nelson Ramos Rosales, con R.N.A. N° CR-0643, pase a la Comisión Nacional Técnica de Arqueología para su pronunciamiento; Que, mediante Acuerdo Nº 1019, de fecha 22 de diciembre de 2008, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó, entre otros, recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declare patrimonio cultural de la Nación al monumento arqueológico prehispánico Yacango, ubicado en el distrito de Torata, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cado por la Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación al monumento arqueológico prehispánico cuya ubicación se detalla en el siguiente cuadro: Departamento Moquegua Provincia Mariscal Nieto Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 19 UTM Este UTM Norte Yacango Torata 301600 8109000 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Regional de Cultura de Moquegua la elaboración del expediente técnico del monumento arqueológico prehispánico mencionado en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico prehispánico declarado patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 405265-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan participación de integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en la primera reunión del grupo de trabajo para la creación de la “Carta de los Derechos Humanos de los Estados-Partes del MERCOSUR y Países Asociados”, a realizarse en Brasil RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 308-2009-CE-PJ Lima, 21 de setiembre de 2009 VISTO: El Facsímil de la Circular AIN 118/09 suscrito por la señora doctora Susan Kleebank, Jefa de Asuntos Internacionales del Supremo Tribunal Federal de Brasil; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, la señora doctora Susan Kleebank, Jefa de Asuntos Internacionales del Supremo Tribunal