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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 5 de octubre de 2009 403952 Aprueban cambio de titular de licencia de operación a favor de la empresa PERUPEZ S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 752-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 21 de septiembre del 2009 Visto, los escritos de registro Nº 00047918 de fechas 15 de junio y 30 de julio del 2009, presentados por la empresa PERUPEZ S.A.C. CONSIDERANDO: Que, los artículos 43º incisos b) y d) y 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la autorización de instalación de los establecimientos industriales pesqueros y para la operación de plantas de procesamiento de productos pesqueros se requiere de la autorización y licencia correspondiente, los que constituyen derechos que el Ministerio de la Producción otorga a nivel nacional; Que, el artículo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que durante la vigencia de la licencia para la operación de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesión del establecimiento industrial pesquero, conlleva a la transferencia de dicha licencia en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada; Que, por Resolución Directoral Nº 100-91-PE/DGT de fecha 16 de abril de 1991 se otorgó Concesión a la Compañía Inmobiliaria Lima S.A. (CILINSA) para que se dedique a la transformación de productos hidrobiológicos para el consumo humano directo desarrollando la actividad de congelado y su almacenamiento en su establecimiento industrial ubicado en el distrito de Máncora, provincia de Talara, departamento de Piura; Que, por Resolución Ministerial Nº 596-95-PE de fecha 06 de octubre de 1995 se otorgó a INVERSIONES ALESSANDRA S.A., en su condición de arrendataria del establecimiento industrial pesquero de propiedad de la Compañía Inmobiliaria Lima S.A. (CILINSA), transferencia de Autorización y Licencia para que opere una planta de congelado de productos hidrobiológicos ubicada en la Av. Piura Nº 105 KM. 1164 de la Panamericana Norte, distrito de Máncora, provincia de Talara departamento de Piura, con una capacidad de producción fijada en 16 t/día, la misma que debe entenderse como el otorgamiento de autorización para la instalación de un establecimiento industrial pesquero y de licencia para su operación, en adecuación a la Ley General de Pesca – Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento; Que, en el listado de establecimientos Industriales Pesqueros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 041- 2002-PRODUCE se encuentra consignada en el numeral 7 del Anexo II “Plantas de Procesamiento de Congelado”, la licencia de operación de una planta de procesamiento de congelado, otorgada por Resolución Ministerial Nº 596-95- PE, ubicada en el establecimiento industrial pesquero cuya titularidad corresponde a INVERSIONES ALESSANDRA S.A.; Que, con Resolución Directoral Nº 247-2006- PRODUCE/DGEPP, modifi cada por Resolución Directoral Nº 393-2007-PRODUCE/DGEPP, se aprobó el cambio del titular de licencia para la operación otorgada a la empresa INVERSIONES ALESSANDRA S.A. por Resolución Ministerial Nº 596-95-PE, a favor de la empresa PERUPEZ S.A.C. hasta el 18 de julio del 2009. Asimismo en el artículo 3º de la Resolución Directoral Nº 247-2006-PRODUCE/ DGEPP establece que vencido el plazo, la titularidad de la licencia para la operación revertirá a favor de la propietaria original COMPAÑÍA INMOBILIARIA LIMA S.A.; Que, mediante los escritos del visto la empresa PERUPEZ S.A.C. solicitó a su favor el cambio de titular de licencia de operación otorgada mediante la Resolución Ministerial Nº 596-95-PE, en virtud del Contrato de Arrendamiento celebrado con la empresa COMPAÑÍA INMOBILIARIA LIMA S.A. de fecha 3 de abril del 2009, estableciéndose el plazo de vigencia de tres años a partir de la vigencia de dicho contrato, es decir por el periodo del 19 de julio del 2009 al 18 de julio del 2012, documento con el cual se acredita la posesión del bien inmueble y de las maquinarias y equipos que forman parte de la planta de enlatado de productos hidrobiológicos; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, con Informe Nº 474-2009- PRODUCE/DGEPP-Dch y con la opinión legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, el cambio del titular de la licencia de operación otorgada por Resolución Ministerial Nº 596- 95-PE, a favor de la empresa PERUPEZ S.A.C. hasta el 18 de julio del 2012, para que se dedique a la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos, a través de la planta de congelado, con una capacidad instalada de 16 t/ día, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Av. Piura Nº 105 KM. 1164 de la Panamericana Norte, distrito de Máncora, provincia de Talara departamento de Piura, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Vencido el plazo a que se contrae el artículo anterior, la titularidad de la licencia de operación revertirá a favor de la propietaria original COMPAÑÍA INMOBILIARIA LIMA S.A. Artículo 3º.- La empresa PERUPEZ S.A.C. deberá operar su planta de congelado de productos hidrobiológicos, observando las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y lo referido a sanidad higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo deberá implementar un sistema de control del proceso que garantice la óptima calidad del producto fi nal, así como ejecutar las medidas de mitigación contenidas en el Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA), califi cado favorablemente por la Dirección de Medio Ambiente (actualmente Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería) a través del Ofi cio Nº 649-95-PE/DIREMA de fecha 24 de agosto de 1995. Artículo 4º.- El incumplimiento de lo señalado en el artículo precedente será causal de caducidad del derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, según corresponda. Artículo 5º.- Mantener a la empresa PERUPEZ S.A.C. como titular de la licencia de operación de la planta de congelado de productos hidrobiológicos, ubicada en el establecimiento industrial pesquero citado en el primer artículo de la presente Resolución, al anexo II de la Resolución Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE. Terminada la vigencia del cambio titular de la licencia a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución Directoral incluir a COMPAÑÍA INMOBILIARIA LIMA S.A. en el anexo II de la Resolución Ministerial Nº 041-2002- PRODUCE Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a la Dirección Regional de la Producción de Piura y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 405392-9