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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (05/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 5 de octubre de 2009 403954 Autorizan a embarcaciones arrastreras para participar en la “Operación Merluza XV” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 753-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 21 de septiembre del 2009 Visto el Informe Nº 526-2009-PRODUCE/DGEPP-Dch del 21 de setiembre de 2009 de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero y el Ofi cio Nº DE- 100-242-2009-PRODUCE/IMP de fecha 21 de setiembre de 2009 del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, sobre la ejecución de la “Operación Merluza XV”; CONSIDERANDO: Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 874- 2008-PRODUCE del 30 de diciembre del 2008, se estableció el Régimen Provisional de Pesca del recurso merluza correspondiente al año 2009, en el marco del cual se autorizó la actividad extractiva del citado recurso desde el 1 de enero al 31 de diciembre del 2009 en el área marítima comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 06º 00’ Latitud Sur; además se fi jó la cuota total de pesca del recurso merluza en 45,000 toneladas métricas; Que, en el artículo 6º de la referida Resolución Ministerial, se dispuso mantener la suspensión de la actividad extractiva del recurso merluza establecida por la Resolución Ministerial Nº 775-2008-PRODUCE, hasta que el Instituto del Mar – IMARPE recomiende lo contrario; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 338-2009- PRODUCE publicado el 19 de agosto del 2009 se autorizó al IMARPE la ejecución de la Operación Merluza XV en el área comprendida entre el extremo norte de dominio marítimo peruano y el paralelo 06º00’S, del 22 al 24 de setiembre del 2009, con la participación de cinco (5) embarcaciones arrastreras titulares y dos (2) suplentes, con permiso de pesca vigente para la extracción del recurso merluza que se encuentran bajo el Régimen Provisional de Pesca autorizado por la Resolución Ministerial Nº 874-2008-PRODUCE y la Resolución Ministerial N° 196-2009-PRODUCE; para cuyo efecto, el IMARPE remitirá a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción, la relación de embarcaciones pesqueras participantes, para que mediante Resolución Directoral se autorice la actividad de dichas embarcaciones; Que el IMARPE mediante el Ofi cio Nº DE-100-242- 2009-PRODUCE/IMP del 21 de setiembre de 2009, remitió la relación de cuatro (04) embarcaciones pesqueras arrastreras y una (01) suplente, que participarán en la Operación Merluza XV que cuentan con permiso de pesca vigente y en estado operativo; las mismas que operarán de acuerdo a los sectores que les han sido asignadas; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE y el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, aprobado por Decreto Supremo Nº 016- 2003-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a las embarcaciones arrastreras de mediana escala y costeras, con permiso de pesca vigente, bajo el Régimen Provisional de Pesca autorizado por la Resolución Ministerial Nº 874-2008-PRODUCE, que se detallan en el Anexo I de la presente resolución, para participar en la “Operación Merluza XV” conforme a los sectores que se indican en dicha relación. Artículo 2º.- Publicar en el Anexo II de la presente Resolución la embarcación arrastrera de mediana escala, con permiso de pesca vigente, bajo el Régimen Provisional de Pesca autorizado por la Resolución Ministerial Nº 874- 2008-PRODUCE, seleccionada para participar en la “Operación Merluza XV”, en calidad de suplente. Artículo 3º.- El IMARPE dispondrá la sustitución de las embarcaciones pesqueras titulares por la suplente en caso ocurriera problemas técnicos. Artículo 4º.- Transcríbase a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción y las Direcciones Regionales de Producción de Tumbes, Piura y Lambayeque, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velarán por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SANCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero ANEXO I RELACION DE EMBARCACIONES QUE PARTICIPARAN EN LA OPERACIÓN MERLUZA XV (22-24 de Setiembre 2009) SECTOR GRADO EMBARCACION MATRICULA ARMADOR O EMPRESA PESQUERA A1 03º25’ - 03º45’ LS INCA 2 PT-1725-CM PESQUERA TERRANOVA S.A. A2 03º45’ - 04º00’ LS SANTA MONICA II PT-12866-PM INDUSTRIAL PESQUERA SANTA MONICA S.A. B 04º00’ - 05º00’ LS SANTA MONICA II PT-12866-PM INDUSTRIAL PESQUERA SANTA MONICA S.A. C1 05º00’ - 05º30’ LS ANICO I PT-6282-CM ARCOPA S.A. C2 05º30’ - 06º00’ LS ONDINA PT-3843-PM CONSORC. CORPESCA DEXIM S.R.Ltda. Relación enviada con el Ofi cio N° DE-100-242-2009-PRODUCE/IMP ANEXO II EMBARCACION PESQUERA QUE PARTICIPARA EN LA OPERACIÓN MERLUZA XV, EN CALIDAD DE SUPLENTE (22-24 de setiembre 2009) EMBARCACION MATRICULA ARMADOR O EMPRESA PESQUERA CAMELOT CO-13021-PM PESQUERA TERRANOVA S.A. Relación enviada con el Ofi cio N° DE-100-242-2009-PRODUCE/IMP 405392-10 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión en la localidad de Tingo María, departamento de Huánuco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 438-2009-MTC/03 Lima, 25 de setiembre de 2009 VISTO, el Expediente Nº 2008-036435 presentado por la señora ROSA ANGELICA RAMIREZ TEMOCHE DE CONDEZO, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Rupa Rupa, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se