TEXTO PAGINA: 23
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 5 de octubre de 2009 403969 Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 1704-2007-LPE/SDIC/DA/ DREPH/INC, de fecha 14 de diciembre de 2007, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología informa que los expedientes técnicos de los sitios arqueológicos registrados en el marco del “Proyecto de evaluación arqueológica con excavaciones “Haquira” – Apurímac”, a cargo de la Lic. Lilyan Rosaly Soto Verde, con R.N.A. N° CS-0039, no presentan observaciones y que los sitios arqueológicos no se encuentran declarados patrimonio cultural de la Nación; Que, mediante Informe Nº 006-2008-LIF/SDSP/DA/ DREPH/INC, de fecha 02 de enero de 2008, la Sub Dirección de Supervisión y Peritaje de la Dirección de Arqueología recomienda se declaren patrimonio cultural de la Nación y se aprueben los expedientes técnicos de los sitios arqueológicos registrados en el marco del precitado proyecto de evaluación arqueológica, cuyo informe fi nal fue aprobado mediante Resolución Directoral Nacional N° 277/ INC, de fecha 20 de febrero de 2008; Que, mediante Acuerdo Nº 0013, de fecha 18 de enero de 2008, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó, entre otros, recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura lo siguiente: • Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos siguientes: í Sitio arqueológico “Cerro Tocone”, con coordenadas UTM (WGS 84: 8431905.8809N / 786850.0326E), ubicado en la Comunidad de Huanacopampa, distrito de Chalhuahuacho, provincia de Cotabambas – Grau, departamento de Apurímac. í Sitio arqueológico “Cerro Minaspunta”, con coordenadas UTM (WGS 84: 8432479.6242N / 783905.6642E), ubicado en la Comunidad de Huanacopampa, distrito de Chalhuahuacho, provincia de Cotabambas – Grau, departamento de Apurímac. • Aprobar los expedientes técnicos (fi cha técnica, memoria descriptiva y plano) del área intangible de los sitios arqueológicos siguientes: í Sitio arqueológico “Cerro Tocone”, con coordenadas UTM (WGS 84: 8431905.8809N / 786850.0326E), de un área total de 2.5012 ha, y un perímetro de 712.23 m, código de Plano N° 01-B, Escala: 1/2,500. Noviembre, 2007. í Sitio arqueológico “Cerro Minaspunta”, con coordenadas UTM (WGS 84: 8432479.6242N / 783905.6642E), de un área de 0.3645 ha y un perímetro de 265.40 m, código de Plano N° 02-B, Escala: 1/2,500. Noviembre, 2007. Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los sitios arqueológicos cuya ubicación se detalla en el siguiente cuadro: Departa- mento Apurímac Provincia Cotabambas – Grau Nombre del sitio arqueo- lógico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Cerro Tocone Chalhuahuacho 787087.3871 8432268.6693 786850.0326 8431905.8809 Cerro Minaspunta Chalhuahuacho 784142.9738 8432842.4119 783905.6642 8432479.6242 Artículo 2º.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de los sitios arqueológicos Cerro Tocone y Cerro Minaspunta, ubicado en el distrito de Chalhuahuacho, provincia de Cotabambas – Grau, departamento de Apurímac, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes: Nombre del Sitio Arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área(m2) Área(ha) Perímetro (m) Cerro Tocone 01-A 01-B 25,012.3009 2.5012 712.23 Cerro Minaspunta 02-A 02-B 3,645.10 0.3645 265.40 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación de los sitios arqueológicos mencionados en el artículo 1º y de los planos señalados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueológicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 405264-6 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1365/INC Lima, 15 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un organismo público descentralizado del sector educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe 007-2008-SDIC-DA-DREPH/ INC, de fecha 03 de enero del 2008, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología recomienda elevar a la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, para su evaluación y opinión, el expediente técnico del sitio arqueológico “Cerro Huayco”, ubicado en el distrito de Torata, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, para su declaratoria como patrimonio cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 0007, de fecha 18 de enero de 2008, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura lo siguiente: • Declarar patrimonio cultural de la Nación al monumento arqueológico prehispánico Cerro Huayco, ubicado en el distrito de Torata, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua. • Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del mencionado monumento arqueológico prehispánico. Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos;