Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2009 (07/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

404078
FUENTE DE FINANCIAMIENTO

NORMAS LEGALES
1 : Recursos Ordinarios

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de octubre de 2009

Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas.
5 966 406,00

GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos No Financieros ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.3. Bienes y Servicios PROYECTO FUENTE DE FINANCIAMIENTO

106145 : Mantenimiento de la Av. MORDAZA Chalaca 1 : Recursos Ordinarios

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de octubre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 407092-2

1 291 136,00 106146 : Mejoramiento de la Av. MORDAZA Faucett 1 : Recursos Ordinarios

GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos No Financieros TOTAL MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

PRODUCE
1 113 000,00 --------------------11 270 542,00 ============

Autorizan a Tecnologica de Alimentos S.A. la ampliacion de permiso de pesca, para la extraccion de jurel y caballa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 746-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 17 de setiembre del 2009. Visto los Escritos con Registro Nº 00054734 y Adjunto 04 de fecha 7 de agosto de 2007 y del 13 del agosto del 2009, respectivamente, presentados por la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A.; CONSIDERANDO:

PLIEGO 150101 : Municipalidad Metropolitana de MORDAZA FUNCION 15 : Transporte PROGRAMA FUNCIONAL 036 : Transporte MORDAZA SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0074 : Vias Urbanas PROYECTO 106190 : Interconexion Via Expresa MORDAZA MORDAZA Grau con el Corredor de la Av. MORDAZA MORDAZA FUENTE DE FINANCIAMIENTO

1 : Recursos Ordinarios

GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos No Financieros TOTAL MUNICIPALIDAD METROP. DE MORDAZA (Gobierno Local) TOTAL INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS TOTAL EGRESOS

97 100 000,00 --------------------97 100 000,00 ============ 119 277 663,00 ============ 238 710 331,00 ============

Articulo 2º.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliego involucrados, instruyen a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitaciones al uso de los recursos La Transferencia de Partidas a que hace referencia el presente Decreto Supremo no podra ser destinada, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Que, conforme a los articulos 43º y 44º del Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, para la operacion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, las personas naturales y/o juridicas requeriran del permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho especifico que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras y a nivel nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2007PRODUCE del 12 de MORDAZA del 2007, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, en el que se establecen las disposiciones de regulacion y ordenamiento pesquero especifico de los recursos jurel y caballa; Que, la MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria del Reglamento de Ordenamiento Pesquero a que se refiere el considerando precedente, dispuso que el Ministerio de la Produccion exceptuara de la autorizacion de incremento de flota y otorgara permiso de pesca de jurel y caballa para el consumo humano directo a las embarcaciones de cerco con permiso de pesca para el consumo humano indirecto que contando con sistema de preservacion a bordo con agua refrigerada MORDAZA R.S.W. y que acogiendose a los convenios celebrados al MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE demuestren haber realizado esfuerzo pesquero de jurel y caballa para el consumo humano directo, de acuerdo a los terminos del Reglamento de la Ley General de Pesca; asimismo, establecio que para efectos de consideracion del esfuerzo pesquero, este seria computado a partir de la vigencia del Decreto Supremo Nº 001-2002PRODUCE. El plazo para solicitar el permiso de pesca seria de 120 dias calendario contados desde la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 0112007-PRODUCE; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 0072003-PRODUCE/DINAMA de fecha 14 MORDAZA de 2003, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 177-2002PE/DNEPP a favor de TECNOLOGICA DE ALIMENTOS

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