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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de octubre de 2009 404080 CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científi ca entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para la Implementación del Proyecto “Fortalecimiento de la Calidad Educacional en las Áreas Prioritarias de la Formación Técnico Profesional Peruana”, fue suscrito el 28 de abril de 2009, en la ciudad de Río Branco, República Federativa del Brasil; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científi ca entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para la Implementación del Proyecto “Fortalecimiento de la Calidad Educacional en las Áreas Prioritarias de la Formación Técnico Profesional Peruana”, suscrito el 28 de abril de 2009, en la ciudad de Río Branco, República Federativa del Brasil. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de octubre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 407092-4 Ratifican la Modificación del nombre de la Organización Latinoamericana de Energía (OLADE) por el de Organización Latinoamericana y Caribeña de Energía (OLACDE), acordada por la XXXVI Reunión de Ministros de OLADE DECRETO SUPREMO Nº 068-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Modifi cación del nombre de la Organización Latinoamericana de Energía (OLADE) por el de Organización Latinoamericana y Caribeña de Energía (OLACDE) fue acordada por la XXXVI Reunión de Ministros de OLADE, el 28 de octubre de 2005; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la Modifi cación del nombre de la Organización Latinoamericana de Energía (OLADE) por el de Organización Latinoamericana y Caribeña de Energía (OLACDE), acordada por la XXXVI Reunión de Ministros de OLADE, el 28 de octubre de 2005. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de octubre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 407092-5 Ratifican el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la República de Colombia sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones” suscrito en la ciudad de Lima DECRETO SUPREMO Nº 069-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la República de Colombia sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones” suscrito el 11 de diciembre de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la República de Colombia sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones” suscrito el 11 de diciembre de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de octubre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 407092-6 Ratifican la Enmienda al Acuerdo de Cooperación entre Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación - (COSUDE) y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) relativo al “Programa de Capacitación Laboral” (CAPLAB) Fase 5, suscrita en la ciudad de Lima DECRETO SUPREMO Nº 070-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA