Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (07/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de octubre de 2009 404081 CONSIDERANDO: Que, la Enmienda al Acuerdo de Cooperación entre Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación - (COSUDE) y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) relativo al “Programa de Capacitación Laboral” (CAPLAB) Fase 5, del 1 de abril de 2006 al 30 de abril de 2009, fue suscrita el 23 de julio de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley N 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la Enmienda al Acuerdo de Cooperación entre Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación - (COSUDE) y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) relativo al “Programa de Capacitación Laboral” (CAPLAB) Fase 5, del 1 de abril de 2006 al 30 de abril de 2009, suscrita el 23 de julio de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de octubre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 407092-7 Ratifican el “Documento de Proyecto GCP/INT/020/GER Bioenergía y Seguridad Alimentaria” suscrito en la ciudad de Lima DECRETO SUPREMO Nº 071-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Documento de Proyecto GCP/INT/020/ GER Bioenergía y Seguridad Alimentaria” fue suscrito el 5 de enero de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Documento de Proyecto GCP/INT/020/GER Bioenergía y Seguridad Alimentaria”, suscrito el 5 de enero de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de octubre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 407092-8 Designan responsable de brindar información del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1399/RE Lima, 5 de octubre de 2009 VISTA: La Resolución Ministerial N° 1300-2009-RE, que da término a la designación de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Rosa Esther Silva y Silva, como responsable de brindar la información del Ministerio de Relaciones Exteriores que demanden las personas, en aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con fecha 21 de septiembre de 2009; CONSIDERANDO: Que, los artículos 3º y 8º de la Ley Nº 27806 y el artículo 1º de la Ley Nº 27927, establecen la obligación del Estado de adoptar medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública, así como entregar la información que demanden las personas en aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, debiendo designar a los funcionarios responsables de entregar la información solicitada; Que, de acuerdo al artículo 11° inciso a) de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y al artículo 1° de la Ley N° 27927, que la modifi ca, toda solicitud de información debe ser dirigida al funcionario designado por cada entidad de la Administración Pública para que realice esta labor; Que en tal sentido, resulta necesaria la designación de un nuevo funcionario responsable de entregar la información requerida al Ministerio de Relaciones Exteriores, en aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; De conformidad con los artículos 7º y 13º inciso b) de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N° 29318; los artículos 21º inciso l) y 62º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130- 2003-RE; la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, su modificatoria la Ley Nº 27927, y el artículo 5º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 072- 2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Marcos Enrique Carbo Berger, Asesor de la Dirección General de Coordinación, como responsable de brindar la información del Ministerio de Relaciones Exteriores, que demanden las personas