Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2009 (15/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de octubre de 2009

desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Emision y Destino de los Documentos Cancelatorios ­ Tesoro Publico 3.1 En el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 2º de la Ley Nº 29266, el Ministerio de Economia y Finanzas a traves de la Direccion Nacional del Tesoro Publico emitira los Documentos Cancelatorios ­ Tesoro Publico que requiera el Pliego 026 Ministerio de Defensa, hasta por el importe de S/. 106 288 791,00. 3.2 Los referidos Documentos Cancelatorios ­ Tesoro Publico se utilizaran para el pago del Impuesto General a las Ventas que como contribuyente le corresponda abonar al fisco por las operaciones de importacion de bienes y utilizacion de servicios en el MORDAZA y por aquel que le fuera trasladado en las operaciones de adquisicion local de Bienes o Servicios, y del Impuesto a la Renta que como agente de retencion le corresponda abonar al fisco por las rentas pagadas o acreditadas a sujetos no domiciliados. Articulo 4º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos del Credito Suplementario a que hace referencia el articulo 1º del presente dispositivo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de octubre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 409789-2

refrendo del Ministro de Economia y Finanzas, se autoriza cada tramo de la emision de bonos soberanos, que pueden ser colocados en una o varias fechas; Que, asimismo, dicho dispositivo legal dispone que, en el citado decreto supremo se fijan las caracteristicas generales de los aludidos bonos soberanos y se establecen los proyectos de inversion publica a cargo de los Gobiernos Regionales a ser financiados con los recursos que se obtengan con la colocacion del respectivo tramo; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 179-2009EF/75 se aprobaron los "Lineamientos para la Aplicacion del Decreto de Urgencia Nº 040-2009" y los indices de distribucion de los recursos provenientes de la emision y colocacion de bonos soberanos; Que, de la aplicacion de los citados indices de distribucion, corresponde al Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA un financiamiento de hasta S/. 76 648 510,00 (SETENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES), de los cuales a la fecha existe un saldo disponible de hasta S/. 61 953 831,90 (SESENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO Y 90/100 NUEVOS SOLES); Que, el Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA ha presentado a la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, los documentos requeridos para acceder al financiamiento a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y sus modificatorias, hasta por un monto de S/. 25 338 992,72 (VEINTICINCO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 72/100 NUEVOS SOLES) para ejecutar seis (6) proyectos de inversion publica a su cargo; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el vigesimo MORDAZA tramo de la emision interna de bonos soberanos aprobada por el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y sus modificatorias, destinado a financiar los proyectos de inversion publica mencionados en el considerando precedente a cargo del Gobierno Regional del Departamento de Lima; Que, han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y su modificatoria, y el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y sus modificatorias; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizacion del vigesimo MORDAZA tramo de la emision interna de bonos soberanos Autoricese el vigesimo MORDAZA tramo de hasta S/. 25 338 992,72 (VEINTICINCO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 72/100 NUEVOS SOLES) de la emision interna de bonos soberanos aprobada en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y sus modificatorias, que puede ser colocado en una o varias fechas, y que se destina financiar los proyectos de inversion publica a cargo del Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA que se detallan en el Anexo A que forma parte integrante de esta MORDAZA legal, el cual es publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas: www.mef.gob.pe/ESPEC/mercado/ bonos_regionales/, en la fecha de publicacion del presente dispositivo. Articulo 2º.- Caracteristicas generales de la emision interna de bonos Para los fines de la emision del vigesimo MORDAZA tramo que se autoriza en el Articulo 1º de esta MORDAZA legal, los bonos soberanos contaran con las siguientes caracteristicas:
: Hasta S/. 25 338 992,72 : Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico. - Estructurador : Direccion Nacional del Endeudamiento Publico. - Moneda : Nuevos Soles. - Negociabilidad de los Bonos : Libremente negociables. - Modalidad de Colocacion : A traves de subastas. - Monto MORDAZA a emitir - Unidad Responsable

Autorizan Vigesimo MORDAZA Tramo de la emision de Bonos Soberanos en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 040-2009
DECRETO SUPREMO Nº 229-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y sus modificatorias, se aprobo la emision de bonos soberanos hasta por S/. 2 600 000 000,00 (DOS MIL SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), en uno o varios tramos, durante el bienio 2009-2010, que se destinaran a financiar proyecto de inversion publica a cargo de los Gobiernos Regionales; Que, el numeral 1.3 del Articulo 1º del mencionado Decreto de Urgencia establece que por decreto supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y el

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