Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2009 (15/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

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del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 408120-12

Aprueban cambio de titular de permisos de pesca a favor de Tecnologica de Alimentos S.A.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 775-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 29 de septiembre del 2009 Visto los escritos de Registros Nº 00025873-2009 de fecha 08 de MORDAZA, 02 de junio, 03 de junio, 20 de MORDAZA de 2009, presentado por la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asi mismo, no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, asi mismo, el ultimo parrafo del articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, se establece que "en aquellos supuestos en los cuales los actos administrativos sancionadores han sido impugnados en la via administrativa o judicial, procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, encontrandose condicionada la vigencia a su resultado. En el caso de que concluya el procedimiento sancionadormedianteactoadministrativofirmeodeconfirmarse las sanciones de multa mediante sentencias que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero suspendera el permiso de Pesca si en el plazo concedido por la Administracion no se acredita el cumplimiento de las sanciones de multas impuestas, excluyendose a la embarcacion pesquera de los listados a que se refiere el articulo 14º de este Reglamento hasta que se solicite su reincorporacion"; Que, el procedimiento Nº 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, relacionado a la "modificacion de resoluciones autoritativas por cambio de nombre de E/P, matricula (puerto, numero o MORDAZA de servicio)" califica el procedimiento como automatico; Que, mediante el numeral 1 del articulo 31º de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, refiere que "en el procedimiento de aprobacion automatica, la solicitud es considerada aprobada desde el mismo momento de su MORDAZA ante la entidad competente para conocerla, siempre que cumpla con los requisitos y entregue la documentacion completa, exigidos por el MORDAZA de la entidad; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 280-95-PE de fecha 24 de MORDAZA de 1995, se otorga permiso de pesca a plazo determinado, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, a veintidos (22) armadores pesqueros, para operar treinta (30) embarcaciones pesqueras de bandera nacional, entre ellas al armador pesquero PESQUERA SAN MORDAZA S.R.L. cuya embarcacion denominada DON MORDAZA de matricula PS-0858-PM de 350 TM de capacidad de bodega; las cuales se dedicaran a la extraccion de recursos

hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); asi mismo, mediante Resolucion Ministerial Nº 273-97-PE de fecha 29 de MORDAZA de 1997, se autoriza el cambio de nombre del titular del permiso de pesca para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional entre ellas la embarcacion pesquera MORDAZA 3 (Ex-DON JORGE) de matricula PS-0858-PM siendo el MORDAZA titular EPESCA S.A; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 160-96-PE de fecha 13 de marzo de 1996, se otorga permiso de pesca a plazo determinado, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento a trece (13) armadores pesqueros, para operar catorce (14) embarcaciones pesqueras de bandera nacional, en cuya relacion se encuentra el armador pesquero MORDAZA DEL NORTE S.A. con la embarcacion denominada SAN MORDAZA 2 de matricula CE-6577-PM de 200 TM de capacidad de bodega; las cuales se dedicaran a la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); asi mismo, mediante Resolucion Directoral Nº 204-2001-PE/DNEPP de fecha 05 de septiembre del 2001, se aprueba el cambio de titular del permiso de pesca, entre otras, de la embarcacion pesquera SAN MORDAZA 2 de matricula CE-6577-PM con 232.24 m3 de capacidad de bodega y como MORDAZA titular se encuentra GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A.; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 665-97-PE de fecha 30 de octubre de 1997, en el articulo 2º se establece otorgar permiso de pesca a plazo determinado, a cinco (05) armadores, para operar seis (06) embarcaciones pesqueras de bandera nacional, en cuya relacion se encuentran como armadores pesqueros, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA PANCICH ORDONES, de la embarcacion denominada MORDAZA MORDAZA de matricula CE13274-PM de 156.13 m3 de capacidad de bodega; la cual se dedicara a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para destinarlos al consumo humano indirecto utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras. Asi mismo, mediante Resolucion Directoral Nº 106-2009-PRODUCE/ DGEPP de fecha 17 de febrero del 2009, se establece en el articulo 1º aceptar el desistimiento formulado por la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., respecto a la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula CE13274-PM. Asi mismo, en el articulo 5º establece modificar las resoluciones autoritativas a traves de las cuales se otorgo los permisos de pesca de ocho (08) embarcaciones pesqueras entre ellas MORDAZA MORDAZA de matricula CE13274-PM con nombre actual de la embarcacion TASA 12; Que, la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE de fecha 28 de marzo de 2007, publica los listados de las embarcaciones pesqueras de mayor escala, en cuyo Anexo I se muestran las embarcaciones pesqueras de mayor escala autorizadas a realizar actividades extractivas en el ambito litoral; relacion en la que se encuentra la embarcacion pesquera denominada MORDAZA 3 de matricula PS-0858-PM con 431.59 m3 de capacidad de bodega cuyo armador es EPESCA S.A., la embarcacion pesquera SAN MORDAZA 2 de matricula CE-6577-PM con 232.24 m3 cuyo armador es GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A. y la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA (ahora TASA 12) de matricula CE-13274-PM con 156.13 m3 cuyo armador es MORDAZA MORDAZA MORDAZA CESAR; Que, con escrito del visto de fecha 08 de MORDAZA de 2009, la empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., solicito el cambio de titular de las embarcaciones pesqueras MORDAZA 3 (Hoy TASA 423), SAN MORDAZA 2 (Hoy TASA 26) y TASA 12; Que, mediante Oficio Nº 0388-2009-PRODUCE/OGA/ OEC de fecha 16 de MORDAZA de 2009, la Oficina de Ejecucion Coactiva comunica que las embarcaciones pesqueras MORDAZA 3 (Hoy TASA 423) de matricula PS-0858-PM y SAN MORDAZA 2 (Hoy TASA 26) de matricula CE6577-PM y no registra deudas cuya ejecucion se esten tramitando a la fecha en la Oficina de Ejecucion Coactiva. Sin embargo la embarcacion pesquera TASA 12 de matricula CE-13274-PM registra deuda cuya tramitacion se efectua en la Oficina de Ejecucion Coactiva; Que, con Informe Nº 394-2009-PRODUCE/DGEPP, la Direccion de Consumo Humano Indirecto, concluye que

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