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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de octubre de 2009 404473 Artículo 4º.- Disponer la publicación de los Lineamientos y el Cronograma a que se refi eren los artículos precedentes en el Portal Electrónico del Ministerio de Educación (www. minedu.gob.pe) en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 409707-1 ENERGIA Y MINAS Declaran como Zona Geográfica Determinada para la instalación de un Complejo Petroquímico de Desarrollo Descentralizado a la Zona denominada “Lomas de Ilo”, ubicada en el departamento de Moquegua RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 443-2009-MEM/DM Lima, 14 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29163, Ley de promoción para el desarrollo de la Industria Petroquímica, declara de interés nacional y necesidad pública el fomento, la promoción y el desarrollo de la Industria Petroquímica dentro del marco de un desarrollo integral y equilibrado del país y mediante el apoyo a la iniciativa privada para el desarrollo y puesta en marcha de la infraestructura técnica, administrativa, operacional y de recursos humanos, a través de Complejos Petroquímicos Descentralizados; Que, de acuerdo a la defi nición establecida en la Ley Nº 29163, Ley de promoción para el desarrollo de la Industria Petroquímica, el Complejo Petroquímico es un conjunto de plantas petroquímicas instaladas en una zona geográfi ca determinada, en la cual se obtienen sinergias productivas y logísticas que le confi eren ventajas comparativas, y donde se instala la infraestructura y los servicios que responden a las necesidades de la Industria Petroquímica; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 8º de la Ley Nº 29163, Ley de promoción para el desarrollo de la Industria Petroquímica, los incentivos y benefi cios aplicables a la Industria Petroquímica Básica e Intermedia sólo son aplicables cuando dichas industrias se establezcan en un Complejo Petroquímico Descentralizado; Que, son funciones del Ministerio de Energía y Minas y del Ministerio de la Producción, entre otras, promover la creación de Complejos Petroquímicos de desarrollo descentralizado que permitan el adecuado desenvolvimiento y desarrollo de proyectos para la industria Petroquímica; siendo competente el Ministerio de Energía y Minas en coordinación con el Ministerio de la Producción cuando existan proyectos que involucren en un solo Complejo Petroquímico a la Petroquímica Básica, Petroquímica Intermedia y Petroquímica Final, o a la Petroquímica Básica y Petroquímica Intermedia, o a la Petroquímica Básica y Petroquímica Final; Que, por su parte el artículo 5° del Reglamento de la Ley N° 29163, Ley de Promoción para el desarrollo de la Industria Petroquímica, aprobado por Decreto Supremo N° 066-2008- EM, establece que las entidades y organismos vinculados con la promoción de las actividades de la industria Petroquímica deberán establecer la zona o zonas geográfi cas determinadas dentro del país para la instalación de un Complejo o Complejos Petroquímicos Descentralizados para el desarrollo de la Industria Petroquímica. Asimismo, dicho artículo refi ere que para efectos de aplicar los incentivos y benefi cios de la Ley, la autoridad competente para declarar la zona geográfi ca determinada para la instalación del Complejo será el MINEM, y cuando se presenten los supuestos establecidos en el último párrafo del artículo 7º, será necesario contar con la opinión favorable de PRODUCE; Que, mediante Ofi cio Nº 310-2009-EM/DM, de fecha 08 de julio de 2009, el Ministerio de Energía y Minas solicitó al Gobierno Regional de Moquegua se sirva a brindar la información requerida para poder declarar dentro de la Región de Moquegua alguna Zona Geográfi ca Determinada para la instalación de un Complejo Petroquímico Descentralizado; Que, mediante Ofi cio Nº 1276-2009-P/GR.MOQ, de fecha 06 de agosto de 2009, el Gobierno Regional de Moquegua informó al Ministerio de Energía y Minas, que el Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua cuenta con una área de terreno apropiado (1,500 has.) en la zona de las Lomas de Ilo, el cual estaría destinando para la ubicación de un Complejo Petroquímico Descentralizado. Este proyecto, mediante las coordinaciones que se efectuaron, precisó que la ubicación de la zona es en el Distrito de Algarrobal, Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua, identifi cándolas con las coordenadas UTM correspondientes; Que, en ese sentido, con Ofi cio N° 337-2009-EM/ DM, de fecha 25 de setiembre de 2009, el Ministerio de Energía y Minas solicitó al Ministerio de la Producción emitir opinión respecto a la declaración como Zona Geográfi ca Determinada de la zona denominada “Lomas de Ilo” ubicada en la Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua. Que, por lo expuesto y considerando que el objeto de la Ley Nº 29163, Ley de promoción para el desarrollo de la Industria Petroquímica, es propiciar el desarrollo descentralizado de la Industria Petroquímica, resulta de interés declarar como Zona Geográfi ca Determinada para la instalación del Complejo Petroquímico Descentralizado, la Zona denominada “Lomas de Ilo” ubicada en la Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua, debido a las condiciones favorables presentadas para el desarrollo de dicha actividad según se indica en el documento “Localización de Polo Petroquímico en el Perú” encargado por el Ministerio de Energía y Minas, el cual fue elaborado por las compañías CONVEX y Westrans Logistics, ambas empresas canadienses, e Inspectra S.A., empresa nacional, el cual concluye que dentro de las posibles zonas para ser consideradas como Polo Petroquímico se encuentra la Provincia de Ilo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29163, Ley de promoción para el desarrollo de la Industria Petroquímica; y, el artículo 5º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 066-2008-EM y con la opinión favorable del Ministerio de la Producción remitida a través del Ofi cio Nº 311-2009-PRODUCE/DVMYPE-I; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar como Zona Geográfi ca Determinada para la instalación de un Complejo Petroquímico de Desarrollo Descentralizado a la Zona denominada “Lomas de Ilo” ubicada en el Distrito de Algarrobal, Provincia de Ilo del Departamento de Moquegua según las coordenadas UTM y ubicación establecida en los mapas que como Anexos forma parte de la presente Resolución. COORDENADAS UTM - PSAD56 Vértice Este Norte E 267906.203 8034870.500 25 268090.716 8034782.442 24 268283.787 8034648.695 23 268455.235 8034502.744 22 268586.171 8034362.463 21 268937.181 8033865.800 20 269399.637 8032801.366 19 270418.490 8034494.590 18 272606.950 8036262.850 17 270432.490 8037908.640 16 269791.380 8037823.830 H 269651.819 8038528.852 G 267393.854 8037039.593 F 266142.565 8034812.085 B 266575.442 8034541.015 C 267605.108 8036373.995 D 268452.646 8035843.260 Artículo 2º.- Declarar de interés nacional los proyectos petroquímicos que se instalen en la zona geográfi ca determinada a que se refi ere el Artículo 1º de la presente Resolución, para efectos de solicitar a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales la reserva y posterior adquisición de terrenos del Estado para la instalación de dichos proyectos, en caso correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas