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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de octubre de 2009 404813 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de Ministro de Comercio Exterior y Turismo a Chile para asistir al evento EXPO PERÚ y encargan su Despacho a la Ministra de la Producción RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 271-2009-PCM Lima, 20 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en forma conjunta con la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, ha organizado el evento EXPO PERÚ, en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 27 al 30 de octubre de 2009, durante el cual se realizará un Foro Empresarial, una Rueda de Negocios, exhibición de productos bandera y de exportación, entrevistas con la prensa especializada en turismo, comercio e inversiones, así como reuniones de trabajo con autoridades públicas y privadas chilenas y principales operadores de turismo, entre otras actividades; Que, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, señor MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE, asistirá a dicho evento promocional, por lo que es necesario otorgar la autorización de viaje correspondiente y encargar el Despacho Ministerial, en tanto dure su ausencia; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 27 al 30 de octubre de 2009, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán efectuados con cargo al Pliego Presupuestal 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos : US$ 800,00 Artículo 3º.- Encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo a la señora Mercedes Aráoz Fernández, Ministra de la Producción, a partir del 27 de octubre de 2009 y en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 412216-2 AGRICULTURA Rectifican R.D. Nº 154-2009-AG- SENASA-DIAIA en lo referente a plaguicida químico de uso agrícola RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 165-2009-AG-SENASA-DIAIA La Molina, 14 de octubre del 2009. VISTA: La Carta N°029-2009-AGROSEGURO presentada por la empresa AGROSEGURO S.R.L., mediante la cual solicita la rectifi cación de la Resolución Directoral Nº 154-2009-AG- SENASA-DIAIA, y; CONSIDERANDO: Que, el 22 de agosto de 2009 se publicó en el diario El Peruano la Resolución Directoral N° 154-2009-AG- SENASA-DIAIA, que contiene entre otros, la relación de plaguicidas químicos de uso agrícola registrado en el mes de julio de 2009, dentro de los cuales se encuentra el plaguicida TEKURA 250 EC; Que, el Artículo 201° de la Ley del Procedimiento Administrativo General señala que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, mediante la Carta N° 029-2009-AGROSEGURO la empresa AGROSEGURO S.R.L. solicita la rectifi cación de la Resolución Directoral N° 154-2009-AG-SENASA-DIAIA, dado que por error se indica como uno de los nombres comerciales de plaguicidas químicos al producto TEKURA 250 EC (Propiconazole), debiendo decir, YUDO 250 EC (Propiconazole); Que, en razón de ello, se ha llegado a verifi car que la referida Resolución Directoral contiene una inexactitud referente a uno de los nombres de plaguicidas químicos; por lo que tratándose de un error material, corresponde rectifi car la Resolución Directoral N° 154-2009-AG- SENASA-DIAIA, de acuerdo con lo establecido por la norma antes citada; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Procedimiento Administrativo General N° 27444, y con el visto bueno de la subdirección de Insumos Agrícolas; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Rectifi car la Resolución Directoral N° 154-2009-AG-SENASA-DIAIA en el extremo referido a uno de los nombres de plaguicidas químicos, debiendo decir YUDO 250 EC (Propiconazole) y no TEKURA 250 EC (Propiconazole). Artículo 2º .- Notifi car la presente resolución, con arreglo a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN UGAZ APAESTEGUI Director General ( e) Dirección General de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria 411289-1 Lista de plaguicidas químicos de uso agrícola y de productos biológicos formulados registrados en el mes de agosto de 2009 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 166-2009-AG-SENASA-DIAIA La Molina, 14 de octubre de 2009